COMUNICADO A LA OPINIÓN PUBLICA

27 de Julio del 2023

Respecto al asesinato del líder indígena FREDY ALEXANDER BOMBA CAMPO, Ex gobernador del resguardo indígena de Pioyá, Ex consejero de la zona Nor oriente “Sa´th Tama Kiwe” (Departamento del Cauca)

El Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC, autoridad tradicional que representa a 139 autoridades y sus territorios hoy CRIC Nacional, conforme a los principios Unidad, Tierra, Cultura y Autonomía y bajo los 10 puntos de la plataforma de lucha orientan y fortalecen el proceso político organizativo y sociocultural del CRIC conforme a sus usos y costumbres.

La Constitución Política de 1991, en los artículos 1, 7, 246, ,330 y 332 reconocen la condición multiétnica y pluricultural del Estado y establece como principio fundamental el reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana.

La declaración de las Naciones Unidades sobre los derechos de los pueblos Indígenas establece en su artículo 13 que «los pueblos Indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural»

El Convenio N° 169 de la OIT de 1989 en su artículo 25 sobre pueblos indígenas y tribales aprobado y ratificado por Colombia mediante la ley 21 de 1991, establece la responsabilidad del Gobierno para que “promuevan la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales de esos pueblos, respetando su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones.”

Que el CRIC y las autoridades indígenas presentando a sus pueblos en 1999 declaró la emergencia social, cultural y económica de nuestros territorios del cual surgió el decreto 982 de 1999 y posteriormente se emitió el decreto 1811 con el fin de crear mecanismos especiales para el cumplimiento, desarrollo y seguimiento de los compromisos adquiridos del Gobierno nacional con el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), se actualiza la Comisión Mixta para el Desarrollo Integral de la Política Pública Indígena para el CRIC creada por el Decreto 982 de 1999, que tiene compromisos de ejecución de metas para ayudar a resolver la crisis humanitaria, social, cultural y económica de nuestros territorios.

Que la Corte Constitucional de acuerdo con la sentencia T-025 del 2004 profirió el Auto 004 para desarrollar lo contenido en la sentencia en relación a “la Protección de los derechos fundamentales de las personas y los pueblos indígenas desplazados por el conflicto armado o en riesgo de desplazamiento forzado”; el auto según manifiesta que: “ En primer lugar, el conflicto armado per se, por la manera como golpea a los pueblos indígenas del país, afecta en forma grave los derechos fundamentales de las personas que los conforman, especialmente sus derechos a la vida (art. 11, C.P.), a la integridad personal y a verse libres de tratos crueles, inhumanos y degradantes (art.12, C.P.), a la dignidad personal (art. 1, C.P.) y a la seguridad personal. Esta afectación es tan grave que, por lo menos en relación con algunas de las etnias cuya situación se ha descrito en la presente providencia, se debe evaluar, por parte de las autoridades judiciales competentes, la posible comisión de violaciones serias del Derecho Internacional Humanitario que conlleven consecuencias penales para sus perpetradores.”

La Corte Constitucional ha declarado al pueblo Nasa al igual que a 8 pueblos más del departamento del Cauca en peligro de extinción. Situación que continúa sucediendo ante las constantes amenazas de los diferentes actores armados que irrumpen en la paz y tranquilidad del territorio y con amedrentamientos a través de presiones mediáticas y sistemáticas, representadas en amenazas directas, presiones, amedrentamiento a la comunidad, panfletos y demás actos públicos y privados que el Estado Colombiano no a podido a la fecha controlar.

Estos actores armados, hacen señalamientos a líderes de nuestras comunidades, perpetúan asesinatos y demás actos intimidatorios que aumentan y hacen crítica la situación social y cultural de nuestros pueblos. Para el año 2022 el registro general en el Departamento del Cauca llevaba 24 líderes asesinados, 13 masacres y en lo que va corrido de este año han sido asesinados 10 líderes indígenas.

El gran territorio de Sa´th Tama Kiwe, ha emitido múltiples mensajes y llamados para exigir que se den garantías para la protección de la vida ante los hechos que vienen sufriendo constantemente, el 26 y el 29 de abril, reunidos en Caldono (Cauca) se profirió un mandato de 28 puntos, con el fin de poder ser escuchados por el gobierno nacional frente a la salvaguarda de estas comunidades que resisten pacíficamente ante la presión de los actores armados, el reclutamiento forzado, enfrentamientos armados en zonas con civiles, los asesinatos selectivos y la des territorialización los espacios de vida.

La presencia del gobierno nacional en el mes de mayo del 2023 que activa la emergencia humanitaria realizada en Caldono, y posteriormente se realiza la reunión de la Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas (CIPRAT), a la fecha no ha generado resultados que permitan resolver la crisis humanitaria de manera real en nuestros territorios y evitar más asesinatos, reclutamientos y afectaciones por enfrentamientos armados entre otros que días a día fracturan más nuestro tejido social y cultural y ponen en riesgo nuestra pervivencia como pueblos.

El día de ayer una vez mas los pueblos indígenas del Cauca adscritos al CRIC, han sido afectados física, colectiva y culturalmente y se han cumplido amenazas hechas por grupos armados que cooptan nuestros territorios. El mayor, líder indígena y ex autoridad FREDY ALEXANDER CAMPO BOMBA, quien se encontraba amenazado, Ex gobernador del resguardo indígena de Pioyá, Ex consejero de la zona Nor oriente “Sa´th Tama Kiwe” (Municipio de Caldono en el departamento del Cauca) y que se desempeñaba a la fecha de los hechos como presidente municipal del Movimiento Alternativo Indígena Y Social – MAIS, alrededor de las 5: 50 de la tarde del miércoles 26 de julio del 2023, cuando departía con familiares en la finca Nuevo México ubicado en el territorio Nasa Kiwe Thek Ksxa´w en el municipio de Santander de Quilichao, fue asesinado por hombres armados que ingresaron esta casa y dispararon contra los asistentes dando muerte a FREDY ALEXANDER CAMPO BOMBA frente a sus hijos.

El Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC hoy CRIC-Nacional, hace un llamado urgente al Estado Colombiano, y el gobierno nacional en cabeza del señor presidente de la republica doctor Gustavo Petro ratifique la declaración de emergencia humanitaria y se desplace al Cauca para asumirla en coordinación y respeto con las comunidades indígenas afectadas, como también a las instituciones y organismos de derechos humanos, nacionales e internacionales, comunidad internacional en general, y la honorable Corte Constitucional para que se adopten y concreten mecanismos efectivos de protección que puedan resolver la crisis humanitaria que está viviendo nuestro departamento y concretamente nuestros territorios indígenas. Que se dé la viabilidad que tanto necesitan nuestras comunidades para continuar cuidando la madre tierra, defender a nuestras comunidades y líderes indígenas, lejos de las presiones de los actores armados, el narcotráfico, la minería ilegal y demás economías subterráneas que lo único que hacen es acabar con nuestra identidad y unidad como pueblos.

Continuamos en resistencia, a la espera del cumplimiento de los acuerdos del Estado que en últimas son lo que pueden aportar a construir un camino diferente para Colombia. Instamos a que realicen las acciones concretas que salvaguarden la vida en nuestros territorios, que paren los asesinatos, las masacres, el reclutamiento forzado, y la presión hacia nuestros territorios y que a nuestras comunidades rurales se pueda dar esperanza, al igual que a nuestros jóvenes que son el futuro de nuestro país.

Cuenten con nosotros para la paz, no para la guerra

CONSEJERÍA MAYOR DEL CRIC NACIONAL.

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