Decisión de la Corte Constitucional deja sin efectos el decreto 0102 de 2010, expedido por la Gobernación del Cauca.

Con fecha 24 de febrero de 2011, la Corte Constitucional amparó la consulta previa y una educación que respete y desarrolle la identidad y la cultura como derechos fundamentales de la comunidad indígena Páez de la Gaitana. De igual forma revocó el fallo proferido, en segunda instancia, por el Tribunal Contencioso Administrativo de Popayán, dejando sin efectos, en lo que se refiere a la Institución educativa Promoción Social de Guanacas y sus sedes, el decreto 0102 del 12 de abril de 2010, expedido por la gobernación del departamento del Cauca,.

Con la Sentencia T 116 de 2011, resultó claro que el gobernador del Cauca, al emitir el decreto 0102, desconoció el derecho fundamental que tienen las comunidades indígenas de acceder a una educación que respete y desarrolle su identidad cultural y vulneró los derechos fundamentales de la comunidad indígena a la Consulta Previa, Libre e Informada, considerando que dicho acto administrativo fue una decisión unilateral y un episodio de discriminación lingüística, religiosa y cultural.

Al respecto, el alto tribunal advierte “…que se presentó una vulneración del derecho fundamental a la consulta previa de la comunidad indígena Páez de la Gaitana por parte del Departamento del Cauca. En efecto, la exclusión de la Institución Educativa Promoción Social de Guanacas y sus respectivas sedes del decreto 0591 de 2009 es indudablemente, una medida administrativa que afecta directamente a la comunidad indígena Páez de la Gaitana y, en este sentido, no debió haber sido adoptada unilateralmente por el demandado a través del decreto 0102 de 2010 sin antes surtir el proceso de consulta con la misma…”  “lo anterior sin duda alguna repercute directamente en el goce del derecho a una educación que respete y desarrolle la identidad cultural en cabeza de la comunidad indígena Páez de la Gaitana y sus miembros…”  “Para la sala resulta contrario al principio de la buena fe hacer creer al CRIC que el proceso de consulta previa había concluido exitosamente al llegarse a un acuerdo sobre los establecimientos educativos oficiales con los que se aplicaría la política etnoeducativa y después, de forma unilateral, transgredir los compromisos adquiridos…”.

El fallo de la Corte ratifica las denuncias hechas por las comunidades, mediante las cuales, las autoridades indígenas responsabilizaron a la Secretaría de Educación departamental de los múltiples problemas generados por el mencionado acto administrativo, que como es de conocimiento público produjo situaciones de alteración de la convivencia ciudadana, demostrado, entre otros, con los hechos sucedidos en el resguardo indígena de San Andrés de Pisimbalá.

Recordó, además, la Corte en esta sentencia, las críticas hechas por el Relator de las Naciones Unidas para pueblos indígenas en el sentido que las políticas educativas aplicadas por los gobiernos sobre los pueblos indígenas usaban la escuela como instrumento privilegiado para promover la asimilación de los pueblos indígenas al modelo cultural de la mayoría o de la sociedad dominante, considerando esto como una violación de su identidad cultural y como una de las principales formas de discriminación lingüística, religiosa y cultural existente.

La Corte Constitucional, precisó la inaplicabilidad del decreto 0102 de 2010 y ordenó al Gobernador del departamento iniciar de forma inmediata, las gestiones para llevar a cabo un proceso de consulta sobre la manera en que operarán los distintos componentes de la política etnoeducativa, indicando que deberán participar, entre otros, el CRIC, el cabildo indígena, la comunidad Páez de la Gaitana y la comunidad de la institución educativa; advirtiendo y fijando obligaciones al gobernador del departamento para garantizar los derechos fundamentales vulnerados a las comunidades indígenas, mediante un proceso de consulta que desemboque en un acuerdo dentro de un plazo razonable.

CONSEJERÍA MAYOR

CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA –CRIC-

Popayán, mayo 31 de 2011

Desde Tierradentro. La educación propia desde el territorio

El consejo de educación Nasa Çxhaçxha y el programa de educación bilingüe intercultural PEBI-CRIC en articulación para la formación y aprendizaje de las comunidades indígenas del Cauca.

Para el pueblo Nasa del municipio de Páez, oriente del Cauca, Zona Tierradentro.  La emergencia nacional y territorial, no ha sido excepción para detener los proyectos educativos propios trazados en los planes de vida de cada territorio. Aunque es de mencionar que la emergencia territorial y sanitaria por la pandemia del coronavirus y su propagación en muchas regiones del país nos ha llevado a cambiar muchas de las estrategias y planes agendados para la vigencia 2020. En este caso, el consejo de educación de la Asociación de Autoridades Ancestrales territoriales Nasa Çxhaçxha fue uno de los componentes que tuvo que reorganizar parte de la planeación prevista para esta vigencia, teniendo en cuenta que el proceso de educación para los pueblos indígenas del Cauca en la actualidad está, en caminos de transición “de la academia hacia la transformación de la educación de carácter comunitaria”. Lo que implica trabajar en minga para una formación de las niñas, niños y jóvenes acorde a los planes de vida de cada territorio ancestral.

Después de más de tres meces de la emergencia por la pandemia del coronavirus y de otros factores dentro de nuestros territorios, y en función de darle continuidad a lo planeado inicialmente desde los componentes político, pedagógico y administrativo, se retoma la propuesta de la implementación del Sistema Educativo Indígena Propio SEIP en el marco del decreto 1811, el cual responde a unos recursos en materia administrativa, que debía ser legalizado y ejecutado a principios de la vigencia 2020, pero teniendo en cuenta el contexto de la emergencia sanitaria se retrasaron varias de las proyecciones administrativas, sin embargo, a mediados del mes de junio, desde Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC a través del Programa de Educación Bilingüe Intercultural PEBI, se logró avanzar parte de los compromisos, el cual requirió a los territorios indígenas (resguardo) definir un coordinador político local en cada resguardo, teniendo en cuenta los consejos educativos locales,  y en otros casos, apoyos pedagógicos. Para la sistematización y acompañamiento político a los diversos compromisos de los proyectos educativos comunitarios. De acuerdo a lo anterior durante los días 7, 8 y 9 de julio se llevó a cabo una reunión en la cabecera municipal de Páez, para socializar la metodología de operatividad del decreto 1811 y así de definir rutas dinámicas de actividades que permitan incluir las propuestas e iniciativas de las comunidades. En primera instancia, es una estrategia que nos llevará a contextualizar al equipo de apoyo de cada uno de los territorios quienes se articulan con los dinamizadores contratados por el decreto 2500 del 2012.

Para este trabajo, la tarea es la articulación de los dos decretos (2500 Y 1811) para obtener como resultado de los acompañamientos; la fundamentación jurídica de la norma del Sistema de Educación Indígena Propio SEIP en el marco de la ley de origen y derecho mayor, lo cual implica recoger elementos en cada comunidad y con los mayores de cada territorio. La otra tarea es la fundamentación pedagógica como pueblo Nasa de Tierradentro, puesto que se debe hacer un diagnóstico de categorización de las pedagogías propias por pueblo, y en nuestro caso corresponde hacer el ejercicio en nuestra zona para fortalecer la propuesta educativa como pueblos indígenas y posteriormente dar a conocer al ministerio de educación nacional.

Nos habla el coordinador Político del consejo de educación Nasa Çxhaçxha

Por: Comunicaciones Nasa Çxhaçxha “2020”