La minga: más allá del hecho político
La minga: más allá del hecho político

Por: Daniel Campo Palacios

Es claro que la relación entre el Estado colombiano y los pueblos indígenas es cada vez más simbiótica y lo que se plantea de fondo, aunque no siempre sea evidente o reconocible, es la negociación de los términos de la integración de los pueblos indígenas al proyecto de nación y, de forma decisiva, dependerán de las mingas (de cualquier índole) y la vitalidad del movimiento indígena, los aspectos sobre los cuales se termine de definir las condiciones de su ciudadanía.

Al momento de escribir este artículo han transcurrido once días de la “Minga de resistencia por el territorio, la dignidad y el cumplimiento de los acuerdos”, liderada por el Consejo Regional Indígena del Cauca –CRIC– y desarrollada principalmente en la vereda Monterilla, resguardo indígena Nasa de Las Mercedes, municipio de Caldono. Se han firmado actas de acuerdos sobre los dieciséis temas planteados como exigencias al gobierno de Juan Manuel Santos, se han expedido tres decretos, entre ellos el Decreto Ley 1811 del 7 de noviembre de 2017 que crea la instancia para la formulación de la política pública indígena del Cauca, y están en camino de expedirse dos más, incluido el decreto de autoridad ambiental. En muchos aspectos, se ha considerado una victoria estratégica para el movimiento indígena, no solo en materia de cumplimiento y compromisos adquiridos por el Gobierno Nacional, sino también por el fortalecimiento de la unidad de las autoridades que recoge el CRIC y las zonas en que se organiza. Ya la mayoría de los casi quince mil comuneros que se concentraron en Monterilla se ha desplazado de regreso a sus territorios de origen, recogiendo cambuches y remesa, quedando en el lugar únicamente los delegados para crear el plan de acción en el que se incluirán todos los acuerdos regionales en un marco lógico diseñado por el Departamento Nacional de Planeación, con presupuestos, metas, indicadores y objetivos; es decir, el diseño de la política pública exigida en la movilización.

Aparte de este rápido balance y de todas las manifestaciones de apoyo o repudio a la minga, de los análisis de los expertos, de la evaluación de las vías de hecho y de la pugna sobre las exigencias de esta movilización, nos gustaría formular dos o tres preguntas acerca del alcance político de la Minga y sus consecuencias para el movimiento indígena. Las preguntas, debemos anticipar, no pretendemos responderlas renglón seguido, sino, por el contrario, buscan incitar al debate y a la reflexión.

En primer lugar, la idea de la minga como el acto colectivo por excelencia, que congrega en movimiento la diversidad para alcanzar un objetivo común definido, ha calado en un discurso político particular que la promueve en un conjunto disímil de situaciones y acciones reivindicativas. Así, la minga ya no se limita al trabajo colectivo de la tierra como se entendió en algún momento, sino que también se expresa en mingas de pensamiento, mingas de control territorial, mingas de producción y, por supuesto, mingas de resistencia. Desde la década pasada, hemos vivido movilizaciones como minga de resistencia casi cada año y con distintos alcances, pero lo que demuestran todas ellas –por lo menos- es su vigencia como herramienta política. Teniendo esto en cuenta, consideremos lo expuesto por el CRIC en el documento de exigencias al Gobierno Nacional, donde se posiciona a la minga de resistencia como la “acción comunitaria de los pueblos indígenas del Cauca en derecho”, es decir, no solo como una actividad legítima sustentada en prácticas colectivas ancestrales y actuales, sino también como derecho, como parte integral del ejercicio del Estado social de derecho consignado en la Constitución Política. Este planteamiento nos puede llevar a preguntar: ¿cómo y en qué momento se concilia el discurso del derecho con las prácticas legítimas de resistencia que, en buena medida, preceden, superan y transgreden los contornos de dicho discurso? A este respecto, es patente la tensión histórica en los proyectos políticos del movimiento indígena del Cauca entre legitimidad y legalidad y los campos de acción que representan. Al detenernos en los planteamientos y las exigencias, podríamos hacernos una idea del juego que involucra esta tensión.

Antes de continuar, es importante tener en cuenta que el carácter de esta movilización fue definido por el CRIC como reivindicativo de los acuerdos incumplidos. Aunque hay mil y un acuerdos que se quedaron en actas, se establecieron puntos estratégicos de exigencia, dando prevalencia a la actualización del Decreto 982 de 1999 (ya materializada en el citado Decreto 1811 de 2017), que creaba la comisión para el desarrollo integral de la política pública indígena del Cauca, posicionando la declaración de la emergencia cultural, económica y ambiental por parte de los pueblos indígenas del departamento. Abordada esta aclaración, debemos hacer un examen en conjunto de las demandas de la Minga. De los dieciséis puntos de exigencia planteados, quince están relacionados directa o indirectamente con asignación y canalización de presupuesto (el punto restante habla de garantías de justicia sobre asesinatos de líderes sociales). Asimismo, nueve tienen que ver con la creación o modificación de normas. Esta configuración del pliego significó un esfuerzo importante por parte de la consejería del CRIC y los voceros encargados de dinamizar las exposiciones ante la comunidad, pues en muchos momentos de las discusiones se perdía de vista el enfoque realmente reivindicativo y político de la minga y se entraba peligrosamente en simplificaciones, reduciendo los argumentos de la movilización a decretos y dinero. Fruto de esto es también la neutralizante división entre los aspectos técnicos y los aspectos políticos de la minga como dos procesos distinguibles y separados, percepción que plantea una nueva pregunta: ¿cuál es la relación entre los postulados políticos que convocan a la minga y los planteamientos concretos alrededor de los cuales se desarrollan las negociaciones?

Con la vía Panamericana bloqueada y fuertes choques con la fuerza pública -que no dudó en disparar munición letal contra los manifestantes en más de una ocasión-, se adelantaron las negociaciones con los delegados del Gobierno Nacional. Los debates en las distintas mesas giraron, buena parte del tiempo, alrededor de citas de normas, tecnicismos, tipologías, marcos fiscales, interpretaciones de sentencias. Las, al principio, muy nutridas comisiones, fueron reduciéndose a medida que pasaban los días y el lenguaje de la negociación se iba haciendo asequible solo para unos pocos. Existió a lo largo de la Minga una distancia difícil de franquear entre la sustentación que los líderes y voceros hacen sobre los motivos de la Minga y las razones por las que muchos mingueros bajaron a la carretera a protestar. No obstante, la cohesión del movimiento indígena del Cauca, más allá de sus estructuras, genera las condiciones para que este tipo de espacios no sean únicamente acciones “en derecho”, sino también los escenarios propicios de formación política de las generaciones que comienzan a tomarse la palabra.

Estas pocas observaciones plantean, al menos por ahora, un desafío interesante al movimiento indígena, con las victorias y las reivindicaciones que se lograron a través de la minga de resistencia. Es importante formular las discusiones más allá del hecho político de la Minga como mensaje a la sociedad nacional y reflexionar sobre sus propios términos. Es evidente que la creación y ejecución de la política pública indígena del Cauca será un paso decisivo para el despliegue de los sistemas que sustentan el gobierno propio de los distintos pueblos que conforman el CRIC. Al mismo tiempo, es claro que la relación entre el Estado colombiano y los pueblos indígenas es cada vez más simbiótica y lo que se plantea de fondo, aunque no siempre sea evidente o reconocible, es la negociación de los términos de la integración de los pueblos indígenas al proyecto de nación y, de forma decisiva, dependerán de las mingas (de cualquier índole) y la vitalidad del movimiento indígena, los aspectos sobre los cuales se termine de definir las condiciones de su ciudadanía.

Tomado de: palabrasalmargen

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