COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

Las Autoridades Tradicionales de los Territorios Ancestrales de Tumburao, La Gaitana, Quichaya, Pitayó, Kisgó, NuYa Palo, Ambaló, Paniquitá, Polindara, Jebalá, San Antonio, Raíces de Oriente y La María, pertenecientes a los pueblos indígenas Misak, Nasa, Polindara, Ampiuile y Kishu, agrupados en el Consejo Territorial de Autoridades Indígenas del Oriente Caucano COTAINDOC como estructura política bajo los principios de organización, territorio, cultura y autonomía, amparados en el Derecho Propio, Ley de Origen, Derecho Mayor, y en defensa del Territorio, la Vida, y el Gobierno Propio,

MANIFESTAMOS

  1. El Resguardo Indígena Guambiano La María, ubicado en el Municipio de Piendamó – Tunía, fue constituido como resguardo por el INCORA (Hoy ANT) mediante la Resolución 028 de 1997 en 144 hectáreas, que, hasta la actualidad, habitan y usufructúan las familias con sus usos y costumbres como Pueblo Misak.
  2. Que desde el año 2019, el Resguardo Indígena Guambiano La María, presenta una situación interna por cuenta de las desarmonías causadas por el señor Enrique Yalanda, frente a lo cual, el Consejo de Taitas y Mamas, decide revocar su mandato y retomar el ejercicio de Gobierno Propio mediante la estructura de Autoridad Ancestral del Resguardo Indígena Guambiano La María del Municipio de Piendamó Cauca, inscrita en el Registro de Cabildos y/o Autoridades Indígenas a cargo de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías del Ministerio del Interior, mediante la Resolución 159 del 04 de enero de 2022.
  3. Frente a la desarmonía, se agotaron más de 17 espacios de diálogo con la intermediación del Ministerio del Interior, Gobernación del Cauca, Iglesia Católica, Defensoría del Pueblo, secretaria de gobierno municipal de Piendamo entre otras instituciones, sin embargo, a ninguno de estos espacios se presentó el señor Enrique Yalanda. Al no avanzar el diálogo, Ministerio del Interior a través de la Dirección de Asuntos Indígenas, trazó una ruta para definir la situación legal del registro de la autoridad, la cual incluyó la visita de campo al área legalmente constituida como Resguardo por el INCORA (Hoy ANT) bajo Resolución No. 028 de 1997, y la verificación de los listados censales, y de la población que realmente habita al interior del Resguardo.
  4. Fruto de esta ruta, en septiembre de 2024, el Ministerio del Interior remite a la Alcaldía de Piendamó – Tunía, el informe de las visitas de campo, en las que concluye que existen razones sustanciales para que el ente territorial (Alcaldía) otorgue la posesión a la Autoridad María Delia Calambas (quien entregó su cargo al actual Tata: Anselmo Yalanda), para que se continúen con los tramites institucionales del registro.
  5. A pesar de que la Alcaldía de Piendamó – Tunía en cabeza de Jhon Freiman Urbano Urrutia, conoce del informe técnico emitido por el Ministerio del Interior, y conoce de las decisiones adoptadas en el marco de la Jurisdicción Especial Indígena como lo es el Consejo de Taitas y Mamas, al igual que las decisiones de la Asamblea como Máxima Autoridad, la Administración ha desconocido en múltiples ocasiones a la Autoridad Legitima y Legal del Resguardo Guambiano La María, dando prevalencia a intereses políticos electorales, y con evasivas, negándose a otorgar el acta de posesión.
  6. A parte del desconocimiento de la Autoridad legítima y las omisiones por parte de la Alcaldía, es aún más preocupante que la administración municipal sabiendo el origen de los conflictos y desarmonías, se firme una certificación de posesión a favor del señor Luis Enrique Yalanda, lo cual agudiza el conflicto, e interfiere en los asuntos internos del resguardo, pues dichos documentos han sido utilizados deliberadamente para adjudicarse la legalidad como Gobernador del Resguardo.
  7. Ejemplo de lo anterior, es que en la actualidad se presenta la afectación de más de 140 familias que han sido excluidas injustificadamente de programas sociales y de transferencias monetarias como Renta Ciudadana, argumentando el DPS que, desde la Alcaldía Municipal, se cargaron los documentos de posesión del señor Luis Enrique Yalanda, y que es él quien toma las decisiones de priorizar o no a las familias, sin tener en cuenta toda la situación de conflictividad que ya se ha argumentado.
  8. La no expedición de este tramite administrativo a una autoridad que es legítima, que cumple los requisitos normativos y de la Constitución Política, está lesionando gravemente los derechos colectivos e individuales de la comunidad legitima y legal del pueblo Misak de La María Piendamó.

En consecuencia, de lo anterior,

RATIFICAMOS:

  1. Que la única Autoridad Ancestral del Resguardo Indígena Guambiano La María Piendamo, es la legítima y legalmente reconocida por el Consejo de Taitas y Mamas, elegida por la comunidad que realmente habita el resguardo, y actualmente encabezan Tata Anselmo Yalanda, Tata Humberto Paja, Tata Manuel Jesús Velasco y Tata Samuel Tombé, para el periodo 1 de agosto de 2024 al 1 de agosto de 2025. Estructura reconocida e inscrita mediante la Resolución No. 159 de 2022 emitida por la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías, y que, de acuerdo con el informe de visitas técnicas entregado a la Alcaldía de Piendamó en septiembre de 2024, es la que debe posesionar el ente territorial.
  2. Que el resguardo Guambiano La María Piendamo, legítima y legalmente constituido, forma parte de la estructura de del Consejo Territorial de autoridades indígenas del oriente
  3. caucano – COTAINDOC, que venimos trabajando el proceso político, organizativo, social, territorial y cultural, los cuales somos filiales al Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC.
  4. Que el Mandato No. 002 de 2019 emanado por el Tribunal Indígena del COTAINDOC, por medio del cual, las autoridades y pueblos del COTAINDOC, se reúnen para analizar y legislar en el fortalecimiento de la justicia propia y lograr el restablecimiento del equilibrio, la armonía y la convivencia espiritual, familiar comunitario del Resguardo Indígena Guambiano La María, Piendamó.
  5. Que respaldamos las acciones y posicionamientos de las autoridades legítimas y legales del territorio del Resguardo Guambiano de La María Piendamó, perteneciente al COTAINDOC-CRIC

EXIGIMOS

  1. Al Gobierno Nacional, (Ministerio del Interior – Dirección de asuntos Étnicos, Departamento de Prosperidad Social) Departamental (Gobernación del Cauca) y Municipal (Alcaldía de Piendamó) dar cumplimiento a las rutas y acuerdos pactados para con el gobierno legítimo del Resguardo Guambiano La María Piendamó y no permitir que otras personas y organizaciones usurpen su nombre, su plan de vida a beneficio caprichoso, individual sin enfoque estructural y desestabilizar las organizaciones de beneficio colectivo.
  2. A la Alcaldía Municipal de Piendamó Cauca, en cabeza de John Freiman Urbano Urrutia, no continuar dilatando sus funciones administrativas, relacionadas con la certificación de la posesión de las Autoridades legitimas y legales del Resguardo Guambiano La María Piendamó, y no continuar desconociendo a las Autoridades en cualquier clase de procedimiento o trámite administrativo.
  3. Al Departamento de Prosperidad Social DPS y Alcaldía Municipal de Piendamó, adelantar los trámites administrativos necesarios, para subsanar la afectación de más de 140 familias quienes han sido excluidas de Renta Ciudadana violentando sus derechos individuales y colectivos, y proceder inmediatamente a su reactivación.
  4. Instar a los órganos de control y demás que tomen acciones sobre estas situaciones que están afectando la armonía territorial y regional sin beneficio colectivo de las comunidades.

CONSEJO TERRITORIAL DE AUTORIDADES INDÍGENAS DEL ORIENTE CAUCANO COTAINDOC

Diciembre 27 de 2024

 

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