La Autoridad del Resguardo Indígena de la Aguada – San Antonio, en uso de las facultades ancestrales conferidas por el derecho mayor, la ley de origen y el derecho propio, y las atribuciones legales reconocidas por la constitución política de Colombia de 1991 en su artículo 246 y demás jurisprudencia.
Se permite emitir el siguiente comunicado a la opinión pública:
Comunicado Chiva






