Control territorial y de autonomía en el marco de exigibilidad del respeto sobre la explotación minera de los sitios sagrados en los pueblos indígenas

RESOLUCIÓN Nº 001-02-2014

Control territorial y  de autonomía   en el marco de exigibilidad del respeto sobre la explotación minera de los sitios sagrados como lagunas, ríos, quebradas, humedales, bosques, reservas forestales y otros espacios de  Uma Kiwe  del resguardo indígena de huellas caloto cauca.

 Febrero 10 de 2014

El Cabildo Indígena de Huellas Caloto según atribuciones  jurisdiccionales de acuerdo  a los usos y costumbres que le confiere,  la ley de origen,  las normas contempladas en la ley 89 de 1890, ley 21 de 1991, los artículos 246 y 330 de la constitución política de Colombia, de los tratados y  convenios internacionales (convenio 169 de la OIT, declaración universal de los derechos de pueblos indígenas, además de otros que hacen parte del bloque de constitucionalidad).

Comunicación propia para el fortalecimiento territorial, organizativo y comunitario

Asamblea_AMCIC_1En la vereda la Peña,  territorio ancestral del Pueblo Totoroez en el departamento del Cauca, los días 30 de abril y 1 de mayo se reunieron los colectivos y procesos de comunicación, que integran la red de emisoras indigenas y comunitarias del Cauca, Red AMCIC. El propósito de este encuentro, fue revisar y proyectar el que hacer de la comunicación desde los colectivos y procesos que ejercen la dinámica comunicativa, a partir de acciones encaminadas al fortalecimiento territorial,  organizativo y comunitario a través de la visibilizacion de los  planes de vida y la defensa del territorio.