“II Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo”

 “por la Unificación de los Pueblos y Recuperación de su Identidad Cultural Histórica”

“Año de la Defensa del Agua y la Vida”

“Año de la Integración Nacional y Reconocimiento de nuestra Diversidad” 

COORDINADORA REGIONAL DE COMUNIDADES QUECHUA AYMARA AFECTADAS POR LA MINERÍA Y PETRÓLEO, CORECOQA, acorde a los tratados y convenios internacionales  es la expresión política que defiende el autogobierno, la vida, nuestro territorio, nuestras cabeceras de cuencas, los glaciares, el agua; el respeto a la madre tierra, la vida en armonía, al allin kausay el suma jakaña.

De conformidad a las conclusiones del II Congreso Regional de Comunidades Quechua Aymara, realizado el 23 y 24 de Octubre en el milenario pueblo de Moho Región Puno. Propone ante el pleno del “II ENCUENTRO DE LOS CUATRO SUYUS-II TAWANTINSUYU HATUN TINKUY 2012” realizado el 3 y 4 Noviembre en Tinta Cusco.

Los pueblos del Perú profundo, somos una civilización milenaria herederos de los conocimientos de nuestros antepasados, que han constituido un aporte a la humanidad como la ganadería (crianza de alpacas, llamas, vicuña y guanaco…), la agricultura (maíz, papa, quinua, kañihua, frutas…), un modelo de desarrollo basado fundamentalmente en la agricultura, la ganadería, la artesanía, y el comercio, el turismo. Nuestros antepasados lucharon y se sacrificaron, llegando incluso a la muerte, para conservar y heredarnos hermosos valles y paisajes; hoy, nos corresponde a nosotros luchar para conservarlos para las futuras generaciones.

Los pobladores originarios de los ayllus (comunidades) del Tawantinsuyu (Perú), nuestra lucha es de carácter histórico, defendemos nuestra soberanía nacional, defendemos nuestro territorio, que nos pertenece desde hace miles de años, defendemos la vida, el agua, el sol, la tierra, el respeto al ser humano, el respecto a la madre tierra, a la madre naturaleza, la vida en armonía con el medio ambiente.

El retorno a nuestras raíces nos conducirá a un desarrollo armónico, hacia el allin kausay, hacia el suma jakaña; la construcción de dicha sociedad, debe ser una obra nuestra, no hay que esperar que otros hagan algo por nosotros, a los pueblos andino amazónico como depositarios del conocimiento ancestral, nos toca jugar un rol importante, el anunciado Pachacutic, INKARRI será obra nuestra, para ello debemos buscar la unidad de la nación Tawantinsuyana, la unidad de los pobladores originarios del Abya Yala. Sólo la unidad nos permitirá retornar al autogobierno después de 500 años de opresión, por parte de los invasores españoles y sus descendientes los criollos, ello implica retomar el poder, para tener en nuestras manos el futuro, y reconstruir nuestro Tawantinsuyo; ello significa liberar a nuestra nación Tawantinsuyana de la opresión del Estado Neocolonial Criollo.

La crisis de la civilización occidental y del sistema capitalista, y como alternativa para defender los intereses y salvar a la humanidad y la vida en nuestro planeta, los pueblos indígenas y originarios del Perú proponen que se respete el principio democrático de la soberanía popular, bajo el principio de reconocer el derecho de propiedad del Pueblo sobre los recursos naturales

El nuevo modelo capitalista “Economía Verde” REDD, todo el peso caerá sobre nuestras espaldas, por ello el modelo de desarrollo tawantinsuyano, que es la síntesis de los modelos de desarrollo de las culturas que  florecieron a lo largo del Tawantinsuyo, un desarrollo basado en la convivencia pacífica, el respeto a la madre tierra a la madre naturaleza, la vida en armonía con la naturaleza, la reciprocidad (ayni); nuestros conocimientos ancestrales, son la clave para la sobrevivencia, para enfrentar los problemas originados por el capitalismo. Por cuanto es necesaria la adopción de un nuevo paradigma civilizatorio sustentado en el diálogo y la armonía con la Madre Tierra.

El lanzamiento del ex presidente sobre la injuriosa amenaza del Perro del Hortelano No come ni deja de comer, sobre los 17 millones hectáreas ociosas en manos de las comunidades campesinas del Perú, que dio inicio a concesionar a las empresas extractivas.

El Derecho al territorio en las comunidades alto andinas se está perdiendo los derechos cada vez más, las concesiones mineras desde INGEMET, es sin aplicar las leyes nacionales de consulta, sin respetar el derecho de vivir a un ambiente sano, casos que se repiten y ocurren en nuestro país, es el caso que las mineras pagaron en 0.10 céntimos el metro cuadrado en Juproj San Marcos Huaraz, a 0.40 céntimos el m2 en Chalhua huacho Cotabambas Apurimac, y en otras zonas entregaron de manera gratuita, tan solo a cambio de un puesto de trabajo, o en otros lugares los alquilaron.

A lo largo de estos últimos 10 años en las comunidades campesinas del Perú se está perdiendo el derecho a la tenencia de tierra y el derecho a la propiedad al sub suelo.

Mediante las concesiones otorgadas a las empresas mineras, petroleras, gasíferas se perdió el derecho a los recursos naturales del sub suelo, ese derecho lo tiene las transnacionales y las multinacionales, mas no los originarios descendientes del tawantinsuyu.

La Constitución política del estado Peruano, desconoce el derecho a la propiedad de los recursos naturales del sub suelo, ese derecho de decisión la tienen los ministros, los congresistas, el presidente, ellos son los soberanos quienes toman la decisión de entregarlos a las transnacionales,

Para muestra está el caso del recurso hídrico el derecho al agua las comunidades perdimos esa soberanía de ser propietarios de los manantiales, ojos de agua, glaciares, nevados, lagunas, ríos que están ubicadas en territorio de las comunidades, mediante la Ley de Recursos Hídricos se las entregan al inversionista que va construir la hidroeléctrica o la represa, es el dueño que administra.

Mientras en la Constitución política del estado Ecuatoriano, Chileno, EE. UU, Canadá, y otros países de Europa reconocen a quienes ocupan el espacio geográfico territorial es también dueño del sub suelo, por ello como un derecho ancestral desde antes de la invasión española hasta ahora las comunidades originarias somos dueños del suelo y sub suelo incluido el espacio aéreo.

No es admisible que las corporaciones financieras internacionales, en complicidad con nuestros gobernantes, a sangre y fuego financien la explotación de nuestros recursos minerales, hidrocarburos, recursos hidroenergéticos y biológicos; en condiciones lesivas al interés nacional, y lesivas al medio ambiente que es patrimonio de nuestra nación y de toda la humanidad

En el Marco de los Derechos de los Pueblos Indígenas y en el pleno ejercicio de la Carta de la Declaración de los Derechos Humanos de la ONU, En aplicación a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio 169 de la OIT,

Rechazamos, condenamos y denunciamos ante la comunidad nacional e internacional, ante los movimientos indígenas y movimientos sociales del mundo, sobre la matanza de líderes, frente al saqueo de nuestros recursos naturales, que están respaldadas por el poder político, y a través de ella tienen el respaldo de las fuerzas armadas y fuerzas policiales.

Desarrollar la Reforma Total de la Constitución a partir de los pueblos originarios, mediante el mecanismo de la aplicación democracia directa del Referéndum de carácter vinculante y organizando el Congreso Constituyente de los Pueblos del Perú, de carácter deliberativo y propositivo.

Los lideres, autoridades,  delegados Quechua Aymara Afectadas por la minería y petróleo, de Moho, Lampa, Melgar, los Lideres de la Panaka Real del Qosqo, dirigentes de CONAIP, las autoridades de los gobiernos locales de Tinta Cusco, de Chuschi Ayacucho, dirigentes de la Federación Provincial de Campesinos de Canchis Cusco, Dirigentes del Frente de Defensa Ambiental de Cajamarca, asistentes al “II ENCUENTRO DE LOS CUATRO SUYUS-II TAWANTINSUYU HATUN TINKUY 2012”, en memoria de nuestro padre y líder José Gabriel Condorcanqui Tupac Amaru.

 Solemnemente por unanimidad acuerda respaldar y hacer cumplir la iniciativa legislativa del II Congreso Regional de Comunidades Quechua Aymara Sobre el Proyecto de Ley de Reforma Constitucional de los Artículos 88, 89, 66 y hacemos un llamado a los líderes y autoridades comunales de la Región Cusco y Puno, llamamos a los dirigentes de las organizaciones de la macro región sur, a los líderes y autoridades de las organizaciones de nuestra nación Tawantinsuyana a dar inicio de respaldo al:

PROYECTO DE LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE GARANTIZA LA PROPIEDAD DE LAS COMUNIDADES DEL TAHUANTINSUYO Y LA AMAZONÍA

El soberano pueblo del Perú, en Referéndum Nacional,

CONSIDERANDO:

1.- Que a nadie puede privarse de su propiedad,

2.- Que el territorio del Estado peruano es inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre,

3.- Que el Estado garantiza el derecho de propiedad comunal sobre la tierra.

4.- Que las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas, teniendo su origen histórico en el orden económico y social del Tahuantinsuyo y de las nacionalidades históricas de la Amazonía.

5.- Que las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas; y son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo.

6.- Que la propiedad de las Comunidades Campesinas y Nativas o Comunidades del Tahuantinsuyo y la Amazonía sobre sus tierras es imprescriptible,

7.- Que el Estado respeta la identidad cultural de las Comunidades Campesinas y

Nativas o Comunidades del Tahuantinsuyo y la Amazonía.

8.- Que el derecho de propiedad es inviolable; el Estado lo garantiza, y a nadie puede privarse de su propiedad.

ACUERDA:

Art. 1°.- Modifíquese el texto del artículo 88 de las Constitución Política del Perú que dice:

“Artículo 88°.- El Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario. Garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra, en forma privada o comunal o en cualquiera otra forma asociativa. La ley puede fijar los límites y la extensión de la tierra según las peculiaridades de cada zona.

Las tierras abandonadas, según previsión legal, pasan al dominio del Estado para su adjudicación en venta.”

El cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 88°.- El Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario y bio industrial  de las Comunidades Campesinas y Nativas, también denominadas Comunidades del Tahuantinsuyo y la Amazonía. Garantiza el derecho de propiedad comunal sobre la tierra (el suelo y subsuelo).

 

 

Art. 2°.- Modifíquese el texto del artículo 89 de las Constitución Política del Perú que dice:

 

“Artículo 89°.- Las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas.

Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior.

El Estado respeta la identidad cultural de las Comunidades Campesinas y

Nativas.”

El cual queda redactado de la siguiente manera:

 

Artículo 89°.- Las Comunidades Campesinas y las Nativas, también denominadas Comunidades del Tahuantinsuyo y la Amazonía, tienen existencia legal y son personas jurídicas.

Son integralmente autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras,(suelo y sub suelo) así como en lo económico y administrativo. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, comprende la propiedad del suelo, del subsuelo y del espacio aéreo, correspondientes; así como de los recursos naturales renovables y no renovables que en él se encuentren.

No existe causal de expropiación o de despojo de las tierras comunales.

El Estado respeta la identidad cultural de las Comunidades Campesinas y Nativas.”

Art. 3°.- Modifíquese modifica el texto del artículo 89 de las Constitución Política del Perú que dice:

“Artículo 66°.- Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento.

Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.”

El cual queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 66°.- Los recursos naturales, renovables y no renovables, que se encuentran en el territorio nacional son patrimonio de los nacionales, ya sean ciudadanos naturales, personas jurídicas nacionales, Comunidades del Tahuantinsuyo y la Amazonía o empresas del Estado.

La explotación de los recursos naturales está reservada a los nacionales y no se puede concesionar a extranjeros.”

Art. 4°.- Deróguese el artículo 954 del Código Civil y toda norma que se oponga a la presente Reforma Constitucional.

Art. 5°.- En un plazo de cien días se adecuarán todas las normas legales y las actividades empresariales; quedando nulas todas las operaciones que, culminado el plazo, se realicen al margen de lo dispuesto por la presente Ley.

Art. 6°.- Son nulas todas las transferencias a dominio del Estado y adjudicaciones en venta realizadas de tierras comunales declaradas “tierras abandonadas”, debiendo restituirlas a sus legítimos e históricos propietarios.

Tinta Cusco 04 Noviembre de 2012

Base de la CONACAMI Perú

EN DEFENSA DE LA VIDA, AGUA, TIERRA, AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y DERECHO DE LOS PUEBLOS

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