TÉRMINOS DE REFERENCIA No.02A
INVITACIÓN PROCESO DE SELECCIÓN INTERVENTOR: Contratista para la Interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera de la construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar corregimiento de Tunía Municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021
PROYECTO: “Fortalecer la agrocadena del Café mediante el apoyo a la comercialización de cafés de excelente calidad a nivel internacional provenientes de los territorios indígenas adscritos al Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC)” para los 14 resguardos indígenas (Munchique los Tigres, Guarapamba, San Lorenzo Caldono, San Francisco, Alto del Rey, Aguada San Antonio, Canoas, Pueblo Nuevo, Páez Corinto, Honduras, Agua Negra, Laguna Siberia, Tacueyó, y Las Mercedes, comunidades indígenas cafeteras del territorio CRIC) del Departamento del Cauca.
CENTRO DE COSTOS: C – 130
VALOR ESTIMADO PRESUPUESTADO: Doscientos nueve millones setecientos diez mil ciento noventa y nueve pesos MCTE. ($209.710.199).
NÚMERO DE CONTRATISTAS A SELECCIONAR Uno (1)
PROGRAMA QUE EJECUTA: Programa Económico Ambiental-PEA-CRIC
LUGAR DE EJECUCION: Vereda Vivas Balcázar corregimiento de Tenía Municipio de Piendamó Cauca
DOMICILIO CONTRACTUAL. Calle 1 Nro. 4 – 50, Sede Principal CRIC
TIPO DE CONTRATO: Interventoría
DURACION: Nueve (9) meses a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución y firma del acta de inicio
VALOR ESTIMADO MENSUAL: N/A
REQUIERE AVAL: N/A
1.- DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD: El ejercicio de planeación y organización busca garantizar que la escogencia de los dinamizadores, la celebración, ejecución y liquidación de los acuerdos comunitarios y contratos no sea producto de la improvisación; en consecuencia y en virtud de este ejercicio autónomo, todo proyecto que ejecute el CRIC. Estará precedido de estudios encaminados a determinar su viabilidad técnica, administrativa, financiera y jurídica.
El artículo 65 de la Constitución Política, dispone que: “La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras”.
Que, la Agencia de Desarrollo Rural es una entidad de naturaleza especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional, cuyo objeto es ejecutar las políticas de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial formuladas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la estructuración, cofinanciación y ejecución de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con enfoque territorial – PIDAR, bajo la tipología de proyectos estratégicos nacionales, de iniciativa territorial o asociativa.
El procedimiento de contratación de bienes y/o servicios requeridos para la ejecución de los PIDAR, se rige por las reglas de derecho privado y la normativa específica establecida en sus reglamentos y procedimientos. No obstante, se señala de manera categórica, que en atención a los recursos que aporta la Agencia de desarrollo Rural, se deberá advertir sobre el cumplimiento los principios de la Función Pública y de la Gestión fiscal, establecidos en el artículo 209 y 267 de la Constitución Política de Colombia.
El artículo 209 de la Carta, señala que: “La función administrativa está al servicio de los intereses
generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (…)”; Que de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ley 2364 de 2015, el objeto de la Agencia de Desarrollo Rural es: “(…) Ejecutar la política de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la estructuración, cofinanciación y ejecución de planes y proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural nacionales y de iniciativa territorial o asociativa, así como fortalecer la gestión del desarrollo agropecuario y rural y contribuir a mejorar las condiciones de vida de los pobladores rurales y la competitividad del país”.
Los presentes términos de referencia se establecen teniendo en cuenta, el procedimiento para la ejecución de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural PIDAR a través de la modalidad directa, dispuesto por la Agencia de Desarrollo Rural –ADR, identificado con código: PR-IMP-004 V5, cuyo objetivo es: “Establecer la ruta para la ejecución directa de los proyectos a cargo de las organizaciones beneficiarias definidas en el “Reglamento para estructuración, aprobación y ejecución de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial” –en adelante PIDAR- que cofinancia la Agencia de Desarrollo Rural, en el marco de las competencias establecidas en el Decreto Ley 2364 de 2015 y demás normas concordantes”.
El proyecto se enmarca en la estrategia nacional en atención a los compromisos adquiridos en la “REUNIÓN ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL EN CABEZA DE LA MINISTRA DEL INTERIOR, EL ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ, LA DIRECTORA DE PLANEACIÓN NACIONAL, EL DIRECTOR DE GESTIÓN DEL RIESGO, Y DELEGADOS DE LA MINGA SOCIAL POR LA DEFENSA DE LA VIDA, EL TERRITORIO, LA DEMOCRACIA, LA JUSTICIA Y LA PAZ”, celebrada el 6 de abril de 2019,
según encabezado de la página 1 del acta número 011, mediante la cual el gobierno nacional acordó la inclusión de recursos al plan de inversiones para la ejecución de proyectos productivos e infraestructura rural, en beneficio de las comunidades indígenas pertenecientes al Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC.
Cumpliendo con las funciones asignadas y con observancia de los procedimientos de evaluación, estructuración y cofinanciación de proyectos productivos, la Agencia de Desarrollo Rural (ARD) aprobó el proyecto productivo denominado “Fortalecer la agrocadena del Café mediante el apoyo a la comercialización de cafés de excelente calidad a nivel internacional provenientes de los territorios indígenas adscritos al Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC)”, con radicado número 20216100098161 de fecha 27 de octubre de 2021, concepto Final de Calificación y evaluación de fecha 4 de noviembre de 2021, considerada viable; calificación soportada en la información y documentación aportada, en los cuales consta el cumplimiento de los requisitos habilitantes de los beneficiarios y los requerimientos para el acceso a la cofinanciación.
De acuerdo a lo anterior, la Agencia de Desarrollo rural expidió , la resolución No. 477 del 30 de noviembre de 2021, mediante la cual se aprobó la cofinanciación del Proyecto Integral de Desarrollo Agropecuario y Rural con enfoque territorial de iniciativa territorial que beneficia a catorce (14) resguardos indígenas como beneficiarios directos y 400 beneficiarios indirectos que corresponde a los pequeños productores pertenecientes a estos territorios adscritos al Consejo Regional Indígena del Cauca – CRIC.
Posteriormente y conforme al procedimiento de ejecución PIDAR por modalidad directa, la organización beneficiaria suscribió el Contrato de Encargo Fiduciario Irrevocable de Administración y pagos No. 7212021 ADR – Consejo Regional Indígena del Cauca – CRIC con LA SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. FIDUAGRARIA S.A, para la ejecución financiera del PIDAR.
Es importante señalar que la interventoría para la construcción del presente proceso va de la mano y es
trasversal con el desarrollo de los proyectos PIDAR, esto con el fin de optimizar trabajo sobre la selección del posible contratista, herramientas aplicables a la evaluación, calificación, y aprobación previa al inicio de la obra; es el instrumento que nos da la viabilidad técnica operativa en la observación de la etapa precontractual.
Para las autoridades territoriales como mandato de las comunidades, el cumplimiento de este objetivo se hace en el marco de la priorización de los proyectos tipo, señalados por la herramienta PIDAR, en el cual, su objetivo principal es la ejecución o intervención de los proyectos con enfoque territorial.
Conforme al procedimiento de ejecución por modalidad directa de los PIDAR, toda decisión relacionada con la implementación de los proyectos se somete, se surte, se tramita, se revisa y se aprueba conjuntamente por el Comité Técnico de Gestión Local (CTGL) del proyecto.
Dicho CTGL es conformado con voz y voto por la Organización Beneficiaria del proyecto, es decir el
C.R.I.C Consejo Regional Indígena del Cauca, y, la Unidad Técnica Territorial No. 9 de la Agencia de Desarrollo Rural, en condición de supervisor del proyecto.
1.1. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD
Actualmente, los productores de café beneficiarios del proyecto que se encuentran en los diferentes territorios, no pueden obtener mejores precios por la venta de café, debido a varios factores tales como:
a) no contar con la capacidad de acopio del producto y b) no contar con acompañamiento técnico y socio empresarial permanente para mantener los estándares de calidad, c) no tener un mecanismo propio de financiamiento orientado al acopio del producto y a soportar los costos operacionales de la actividad de exportación del Café
En razón a ello este proceso de invitación, se orientará a través de la alianza organizacional y empresarial entre el Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC y la Central Cooperativa Indígena del Cauca CENCOIC, toda vez que el fin último de este proceso es poder llegar a beneficiar a los cabildos indígenas que hacen parte del CRIC y que desarrollan su actividad comercial de venta y exportación, a través de la CENCOIC, la cual tiene licencia de exportación y que por lo demás al ser una cooperativa indígena que atiende el enfoque diferencial de los resguardos indígenas que se encuentran desarrollando la actividad a través de ellos, también, ofrece garantías y diferencial de precios favorables para las comunidades indígenas cafeteras del territorio CRIC.
La oportunidad de negocio identificada tiene que ver con el hecho de que existe una potencialidad importante de fortalecer la producción de cafés de alta calidad en los territorios indígenas, dadas las condiciones de suelo y microclimas que poseemos, debido a la experiencia que han venido adquiriendo las comunidades indígenas en el manejo y procesamiento del producto.
Lo anterior, es fundamental como una alianza comercial entre EL CRIC y estructuras económicas propias como la Central Cooperativa Indígena del Cauca (CENCOIC), entidad responsable del acompañamiento técnico y socio empresarial a los productores y del acopio de los mejores cafés a nivel de territorio. Muchos territorios indígenas a nivel de resguardos o territorios ancestrales ya tienen una trayectoria importante en la producción de cafés de buena calidad y algunas instancias realizan el acopio orientado a la exportación del producto a través de CENCOIC y la Asociación Juan Tama, organizaciones que tienen licencia de agroexportación y presencia en el mercado internacional.
El propósito con la cconstrucción de un centro de acopio regional, con una capacidad máxima de acopio de 1.400.000 kg en los picos de cosecha y una proyección de crecimiento y copamiento a cinco años, el cual recogerá los mejores cafés de nuestros territorios, donde se adelantará un proceso de estandarización del producto conservación de calidad, humedad y limpieza del producto que se desea exportar, disposición
de espacios necesarios y suficientes para clasificación y separación de los volúmenes de café que se van a exportar de acuerdo a los sellos y certificaciones manejados y proyección mínima a cinco años del crecimiento en la exportación de nuestros cafés especiales, según los requerimientos de calidad establecidos por los diferentes compradores en el mercado exterior y las actividades de empaque y marca regional de CENCOIC, es generar capacidades financieras y técnicas para el acopio y la comercialización de los cafés de alta calidad, potenciar la cadena agrícola de este producto, mediante el fortalecimiento de los mecanismos de pre financiamiento para el acopio y procesamiento de nuestros cafés, orientado a la exportación de café verde, de manera directa a través de estructuras económicas propias, que permita dinamizar la economía en los territorios indígenas del Cauca, generando un mejoramiento de la calidad de vida de nuestras comunidades.
Para el diseño del presente proyecto, se conformó una base de información de producción y comercialización del grano, de acuerdo a la realidad de los territorios indígenas y la experiencia en el sector cafetero de CENCOIC, aliado estratégico para la ejecución del proyecto, de la siguiente manera: Producción promedio de 100 @ por año/1 Ha, para un área sembrada promedio por productor de 1,5 Ha (150 @ por productor al año), lo cual para 400 beneficiarios corresponde una producción total de 60.000 @. Las 60.000 @ * 400 Productores de producción anual total corresponden a 750.000 kg de Café Pergamino Seco (c.p.s), que serán acopiados (Ver tabla siguiente).
Oferta de Café Pergamino Seco (cps) de alta calidad proveniente de territorios indígenas en 1 año
No de Productores Promedio de área en producción por productor Promedio de producción por Ha por productor Total de @ de producción por productor Total de @ acopiadas en 1 año Total de kg de
c.p.s. en 1 año
400 1,5 Ha 100 @ 150@ 60.000 750.000
La proyección de la Bodega para el acopio y selección de la calidad de café, se complementa con un trabajo de articulación en lo siguiente:
• Fortalecimiento técnico orientado al control y análisis de calidad del Café recibido en el Centro de acopio. El equipo técnico operativoacompaña acorde a las programaciones orientadas por los analistas de calidad, en reuniones grupales desarrolladas en laboratorio de calidad como en los territorios ancestrales. Dando capacitación en relación a los indicadores físicos, factor de rendimiento calidad del café y registro de catación, todo articulado al modelo técnico y socio empresarial que desarrolla la cooperativa en el acompañamiento a los productores, en el cual se busca que se vaya ampliando a nuevos territorios indígenas con producción cafetera, ampliando su capacidad exportadora.
• Caracterización de la actividad cafetera que se realiza en las fincas para la conformación de un Sistema de información. Proceso de Identificación de las actividades que a nivel de los diferentes eslabones de la cadena de café se vienen desarrollando en los territorios indígenas adscritos al Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), lo cual permitirá contar con información estadística confiable para la proyección de las actividades de acopio, procesamiento y exportación del Café. Se buscará registrar en cada territorio: áreas de cultivo, sistemas productivos, variedades sembradas, acciones de postcosecha y beneficio, distinción de calidades del grano, procesos de trasformación, mecanismos de comercialización, asociaciones o formas organizativas existentes de productores de Café. Información pertinente a los objetivos del proyecto, en términos de sostenibilidad, competitividad y articulación de las actividades de Café, orientadas al fortalecimiento de la agrocadena. (Mejorar el manejo técnico de 400 unidades productivas agrícolas en café, unidades agropecuarias con transferencia de tecnología en el manejo y elaboración de biopreparados orgánicos para el sostenimiento de la producción agrícola, Suscripción de acuerdos comerciales entre los productores asociados y la CENCOIC aliado comercial).
• Fortalecer los mecanismos técnicos y socio empresariales orientados al análisis y
control de calidad de los cafés especiales o de alta calidad y garantizar los estándares de calidad y trazabilidad del producto a nivel internacional. Para la Implementación del plan de trabajo se desarrollan actividades grupales con productores asociados (14 resguardos indígenas (Munchique los Tigres, Guarapamba, San Lorenzo Caldono, San Francisco, Alto del rey, Aguada San Antonio, Canoas, Pueblo Nuevo, Páez Corinto, Honduras, Agua Negra, Laguna Siberia, Tacueyó, Mercedes) del departamento del Cauca.), donde se le brinda acompañamiento técnico con relación a la entrega del café al aliado comercial; da asesoría y capacitación a la organización de cada uno de los Grupos de productores por territorio, en su gestión interna, funcionamiento de la junta por grupo; Gestión sostenible de los recursos naturales, en el marco de la producción agroecológica del café; Desarrollo de las capacidades humanas integrales mediante la generación y mejora de las habilidades, destrezas, talentos, valores y principios de los productores agropecuarios, en el marco de la Economía solidaria.
Por lo expuesto en líneas anteriores se requiere la contratación de una persona natural o jurídica, empresa u organización, para realizar interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera para la construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar corregimiento de Tunía, municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021; en consecuencia, el Consejo regional Indígena del Cauca – CRIC INVITA a las personas naturales o jurídicas, interesadas en presentar propuestas para suscribir el respectivo contrato de interventoría.
2.- OBJETO: Realizar la Interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera para la CONSTRUCCIÓN CENTRO DE ACOPIO PARA CAFE en la vereda Vivas Balcázar corregimiento de Tunía Municipio de Piendamó Cauca, para la implementación y ejecución del PIDAR 477-2021- proyecto denominado “Fortalecer la agrocadena del Café mediante el apoyo a la comercialización de cafés de excelente calidad a nivel internacional provenientes de los territorios indígenas adscritos al Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC)” para los 14 resguardos indígenas (Munchique los Tigres, Guarapamba, San Lorenzo Caldono, San Francisco, Alto del rey, Aguada San Antonio, Canoas, Pueblo Nuevo, Páez Corinto, Honduras, Agua Negra, Laguna Siberia, Tacueyó, Mercedes, comunidades indígenas cafeteras del territorio CRIC) del departamento del Cauca, Según la ficha técnica anexa a este documento.
2.1 ALCANSE DEL OBJETO DE LA INTERVENTORIA
El alcance del objeto de este proyecto consiste en llevar a cabo interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera para la CONSTRUCCIÓN CENTRO DE ACOPIO PARA CAFE en la vereda Vivas Balcázar, corregimiento de Tunía, municipio de Piendamó, en el departamento de Cauca, Colombia.
El alcance abarca todas las actividades necesarias para la verificación de la implementación y ejecución de la construcción de la bodega, desde la planificación y diseño, hasta la adquisición de materiales, la construcción propiamente dicha, y la puesta en funcionamiento de la infraestructura.
El objetivo final de este proyecto es proporcionar un espacio adecuado y funcional para el almacenamiento y procesamiento del café de los territorios indígenas, promoviendo así la comercialización de cafés de excelente calidad a nivel internacional. Esto contribuirá a fortalecer la agro cadena del café y generar oportunidades de desarrollo económico para las comunidades indígenas del departamento de Cauca, en línea con los objetivos establecidos en el PIDAR 477-2021.
Alcance Técnico de la Interventoría:
Interventoría continua de la ejecución de la CONSTRUCCIÓN CENTRO DE ACOPIO PARA CAFE para garantizar que se sigan los planos y las especificaciones técnicas.
Realización de inspecciones periódicas para verificar la calidad de los materiales utilizados y el trabajo realizado por los contratistas.
Alcance Administrativo de la Interventoría:
Coordinación de los aspectos administrativos del proyecto, como la programación de actividades y el seguimiento de plazos.
Verificación y aprobación de los pagos a contratistas y proveedores en función de los avances del proyecto
.
Gestión de la documentación relacionada con el proyecto, incluyendo contratos, informes de progreso y registros financieros.
Alcance Jurídico de la Interventoría:
Revisión y asesoramiento legal en cuanto a los aspectos legales y regulatorios relacionados con el proyecto.
Verificación de que se obtengan y mantengan los permisos y licencias necesarios.
Resolución de conflictos legales que puedan surgir durante la construcción y asegurarse de que se cumplan los contratos y acuerdos establecidos.
Alcance Financiero de la Interventoría:
Supervisión del presupuesto del proyecto y el control de los costos, asegurando que se ajusten a los límites establecidos.
Evaluación de los riesgos financieros asociados con la construcción y la implementación de medidas para mitigarlos.
Generación de informes financieros periódicos para el contratante, financiadores y la dirección del proyecto.
2.2 DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL OBJETO DE LA INTERVENTORIA: La descripción técnica del objeto consiste en la interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera de CONSTRUCCIÓN CENTRO DE ACOPIO PARA CAFE en la vereda Vivas Balcázar, corregimiento de Tunía, municipio de Piendamó, en el departamento de Cauca, Colombia. A continuación, se detallan las características técnicas principales de la obra:
• Localización y terreno:
La bodega se ubicará en la vereda Vivas Balcázar, corregimiento de Tunía, en un terreno apropiado para la construcción según el estudio de suelos.
El diseño arquitectónico de la bodega será acorde con los requisitos funcionales y estéticos necesarios para su correcto funcionamiento e integración en el entorno.
Se contemplarán los espacios necesarios para el almacenamiento, procesamiento y embalaje del café, así como las áreas administrativas y de servicios complementarios.
• Estructura:
La estructura de la bodega está diseñada conforme los requisitos de los títulos A,B,C,D,E Y F del reglamento colombiano de construcción Sismo Resistente NSR -10, a los cuales el proponente seleccionado deberá acogerse y su construcción deberá realizarse con materiales de calidad certificada, garantizando su estabilidad y durabilidad.
Se deberán utilizar materiales adecuados para soportar las cargas de almacenamiento según las especificaciones técnicas y deberán ajustarse a las condiciones climáticas locales.
• Instalaciones:
Se deberán implementar sistemas de electricidad y alumbrado, abastecimiento de agua potable y saneamiento, de acuerdo con las normativas vigentes y los requerimientos del proyecto.
A la vez se requiere sistemas de ventilación e iluminación adecuados para mantener las condiciones óptimas de almacenamiento del café, tomando como referente la norma NTC 5181 “buenas prácticas de manufactura para la industria del café”, las cuales son necesarias para asegurar las condiciones ambientales en la bodega. Creando métodos de arrume de los sacos de café, y determinar la opción más apropiada para el control del factor crítico (humedad relativa) para contribuir a la calidad del producto final.
• Acabados y revestimientos:
Se aplicarán acabados y revestimientos adecuados en las áreas internas y externas de la bodega, considerando criterios de higiene, seguridad y estética. Acorde a la norma NTC 5181 “buenas prácticas de manufactura para la industria del café”, las cuales son necesarias para asegurar las condiciones ambientales en la bodega. Creando métodos de arrume de los sacos de café, y determinar la opción más apropiada para el control del factor crítico (humedad relativa) para contribuir a la calidad del producto final.
Se tendrán en cuenta materiales y técnicas que faciliten la limpieza y mantenimiento de las instalaciones.
• Accesibilidad y seguridad:
Al iniciar con el proceso de construcción de la obra se requiere que el proponente seleccionado incluya sistemas de seguridad, como cercas perimetrales, sistemas de vigilancia y control de acceso, para proteger las instalaciones y los productos almacenados, a la vez se debe contar con las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad de personas y vehículos a la bodega, considerando rampas, puertas, señalización, entre otros.
3. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACION – FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Para la celebración del contrato de interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera para la Construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar, corregimiento de Tunía municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021, la Consejería Regional Indígena del Cauca CRIC, en su calidad de Autoridad Tradicional, se rige por el Derecho Mayor, la Ley de Origen, El Derecho propio, el Convenio 169 de La OIT ratificado por Colombia mediante Ley 21 de 1991, La Declaración de Naciones Unidas de septiembre de 2007, Ley 89 de 1890, el Decreto 1088 de 1993, el Decreto 252 de 2020, la Resolución 010 de 2020, Resolución 003 del 4 de enero de 2022, el Art 246 de La Constitución Política de Colombia, La Jurisdicción Especial Indígena y La Autonomía Territorial. Cualquier discrepancia originada en el desarrollo de la ejecución del interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera, para, la interpretación y la liquidación se acudirá a las autoridades indígenas competentes por los factores territorial y personal, para que decida en ejercicio de la jurisdicción especial indígena.
IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR: El contrato a celebrar corresponde a un contrato de interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera para la para la Construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar, corregimiento de Tunía municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021, donde adicional a lo planteado en líneas anteriores el régimen jurídico aplicable a la modalidad de selección del contrato de construcción a suscribir estará sometido a la legislación y jurisdicción colombiana, y al procedimiento para la ejecución de los PIDAR y demás normas que la complementen, modifiquen o reglamenten y por las normas civiles y comerciales colombianas que regulen el objeto del contrato.
MODALIDAD DE SELECCIÓN: Se realizará por invitación pública para la selección el proponente quien se contratará, toda vez que se requiere seleccionar la persona natural o jurídica idónea con capacidad técnica, administrativa y financiera para celebrar un contrato de interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera para la para la Construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar, corregimiento de Tunía municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021
El proceso de selección del contratista se desarrollará en concordancia con los procedimientos para la ejecución de los PIDAR establecidos por la ADR, por lo tanto, el proceso de evaluación, calificación y selección se realizará a través del Comité técnico de gestión local CTGL conformado por la representante legal del CRIC o su delegado y el Directo (a) de la UTT.9 y /o su delegado.
NOTA N° 1: De acuerdo a los lineamientos de la ADR, mediante este proceso de selección no se podrán presentar como proponentes y contratar a personas que sean miembros del órgano directivo de la organización beneficiaria, ni del aliado comercial, ni contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente con miembros o personal vinculado a la ADR.
NOTA N°2: PROPONENTE ÚNICO En caso de contar con una sola propuesta a la fecha y hora establecida para el cierre del proceso y que cumpla con todas las exigencias establecidas en los Términos de Referencia; se podrá adjudicar el proceso a dicho oferente.
4. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
PLAZO: El plazo para la Construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar, corregimiento de Tunía municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021, es de NUEVE
(9) MESES, contados a partir del cumplimento de los requisitos de ejecución contractual.
LUGAR DE EJECUCIÓN: La interventoría se le realizara a la obra que se ejecutará en el predio con matrícula inmobiliaria No 120- 32138 cuyos linderos se encuentran en la escritura pública Nº 2529 del 28 de diciembre de 2018, otorgada ante notaría pública del círculo único de Santander de Quilichao Cauca; con una extensión de 3.24 hectáreas que son propiedad de los 14 resguardos indígenas socios de la cooperativa CENCOIC, y beneficiarios en el proyecto PIDAR 477-2021 suscrito entre la ADR y EL CRIC, ubicado en la finca el Porfin vereda Vivas Balcázar, corregimiento de Tunía Municipio de Piendamó Cauca. La proyección es para hacer un centro de acopio e investigación de café de la cooperativa CENCOIC, de esta forma tener en cuenta los objetivos y fines con la obra a ejecutar, que en este contrato denominado “contrato de obra”
Mapa de localización
5. VALOR ESTIMADO Y FORMA DE PAGO
5.1. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor del contrato será hasta por el valor total, de la propuesta económica seleccionada, aprobada y plasmada en el contrato que se realice con el proponente que resulte adjudicatario.
El presupuesto máximo establecido en el Plan Operativo de Inversiones (POI) del proyecto, para esta contratación, corresponde hasta por la suma de doscientos nueve millones setecientos diez mil ciento noventa y nueve pesos M/CTE ($209.710.199) moneda colombiana.
Todos los impuestos, retenciones y gastos de transporte y demás que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, incluidas la constitución de la garantía única de cumplimiento, buen manejo y correcta inversión del anticipo, salarios y prestaciones sociales, y calidad del servicio de interventoría, son de cargo exclusivo del CONTRATISTA. Por lo tanto, el precio que se propongan deberá considerar tales conceptos.
5.2. FORMA DE PAGO
Los pagos al contratista se realizarán mediante consignación a una cuenta bancaria que debe figurar a nombre del beneficiario del documento de cobro previa aprobación de los documentos requeridos.
Los pagos se efectuarán de la siguiente forma:
5.2.1. PRIMER DESEMBOLSO: Un primer desembolso correspondiente al Anticipo, equivalente al 30% del valor total del contrato, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento del respectivo contrato, para lo cual el Contratista deberá surtir el proceso de legalización del respectivo contrato y efectuar la debida solicitud de acuerdo al trámite implementado por el CRIC y la FIDUCIARIA, para el efecto. En todo caso, la totalidad del monto entregado a título de anticipo, deberá estar totalmente amortizado en las actas parciales y acta final.
5.2.2. DESEMBOLSOS RESTANTES: EL CRIC, Pagará el saldo restante del valor del contrato mediante actas de recibo parciales ejecutadas, previo informe suscrito por el supervisor del contrato que viabilice el pago y el contratista, previa certificación de cumplimiento a satisfacción por parte de quien ejerza la supervisión por parte del CRIC.
Los pagos se realizarán de la siguiente manera:
• Primera acta. Para el pago de la primera acta parcial el CONTRATISTA debe haber ejecutado como mínimo el 30% del valor del contrato, se transferirá el 30%, del valor del contrato, con todos sus soportes y documentos que soporten la ejecución realizada.
• Segunda acta. Para el pago de la segunda acta parcial EL CONTRATISTA debe haber ejecutado como mínimo el 60% del valor total del contrato, se transferirá el 30%, del valor del contrato, con todos sus soportes y documentos que soporten la ejecución realizada.
• Acta final y de liquidación. Para el pago de la última acta se debe haber ejecutado el 100% del valor total del contrato, una vez se suscriba el Acta de Recibo Definitivo del Contrato y será del 10% del valor del contrato.
Para el pago se requiere;
• Acta de terminación, entrega y recibo final
• Actualización de las garantías exigidas debidamente ampliada y aprobada, para el acta de liquidación final.
• Informe del contratista
• Bitácora de obra.
• Memorias de cantidades de obra.
• Registro fotográfico (antes, durante, después) impresas a color y medio digital.
• Soporte de ejecución de ítem ambiental.
• Pago de seguridad social integral del contratista y de su equipo de trabajo.
• Si el pago del personal se realiza por nomina, anexar: Soportes de pago de seguridad social, afiliación, salud, pensiones, riesgos profesionales, pago de aportes parafiscales, Sena, ICBF, caja de compensación familiar y nóminas.
• Si el personal es subcontratado anexar: Copia del contrato con sus respectivos pagos de seguridad social integral (salud, pensión) de los meses laborados.
• Paz y salvo del personal utilizado.
• Factura.
• Certificación de cumplimiento del contrato
• Certificación de pago de aportes parafiscales, para la liquidación final.
• Informe de la interventoría, con visto bueno del supervisor.
• Acta de liquidación firmada.
• Cedula del representante legal
• RUT
• Certificación bancaria
Para todos los pagos se requiere de la acreditación que el contratista se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, de conformidad con las Leyes 789/2002 y 828/2003, en concordancia con el artículo 23 de la Ley 1150/2007
Nota 1: Los pagos están supeditados a los procesos administrativos establecidos por la fiduciaria para aprobación de los mismos.
No obstante, el esquema de pago estará sujeto a las siguientes condiciones mínimas:
a) Presentación del Acta de Cobro aprobada por el supervisor.
b) Presentación al CTGL del formato de solicitud de pago suscrita por el supervisor por el CRIC.
c) Copia del contrato suscrito con el contratista de la interventoría.
d) Presentación de la factura y /o cuenta de cobro, según corresponda con las obligaciones tributarias, RUT, certificación bancaria del contratista, certificación de pago Seguridad Social.
Nota 2: El Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC hará las retenciones y descuentos tributarios de ley.
a. Las retenciones en la fuente a que hubiera lugar y todo impuesto, tasa o contribución directa o indirecta, Nacional, Departamental, Municipal o el tributo indígena que se cause por razón de la celebración, ejecución y pago de este contrato serán a cargo exclusivo del contratista.
b. Para que la fiducia FIDUAGRARIA realice los pagos se requerirá que el contratista presente: 1. Factura electrónica, según corresponda con las obligaciones tributarias, RUT, 2. certificación bancaria del contratista, 3. certificación de pago Seguridad Social. 4. Los demás documentos que sean requeridos por la fiduciaria.
c. El CONTRATISTA deberá dar cumplimento a toda la normatividad en materia tributaria que aplica para este tipo de contratación, deberán ser enviadas la cuenta de cobro o factura según el régimen tributario que aplique al correo del CRIC al correo: [email protected] el cual, una vez recibido, remitirá con toda la documentación soporte requerida para el pago a la FIDUAGRARIA previa aprobación del CTGL.
d. Todos los impuestos, retenciones y gastos de transporte y demás que se causen por razón de la legalización y ejecución de los contratos, incluidas la constitución de la garantía única de cumplimiento en caso de que se le requiera, son de cargo exclusivo del CONTRATISTA según el contrato. Por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos.
La recepción de las facturas y documentos equivalentes se hará hasta el 25 del mes respectivo; cuando éste no sea día laborable, el plazo se extiende hasta el primer día hábil siguiente, por lo tanto, dichos documentos deben ser entregados en el CRIC por lo menos, con un día de antelación y deberán radicarse en la oficina del Programa Económico Ambiental -PEA-CRIC ubicado en la calle 1 No. 4-50 de la ciudad de Popayán del departamento del Cauca.
Una vez recibida a satisfacción la factura o cuenta de cobro correspondiente, las actas debidamente
aprobadas, el CRIC adelantará los trámites para proceder al pago de las mismas a través de transferencia electrónica o consignación, previa presentación de la orden de pago debidamente diligenciada y soportada, y certificación de la supervisión de haber recibido el trabajo a satisfacción.
Si el adjudicatario no se encuentra a paz y salvo con el CRIC, con la suscripción del contrato, autoriza para que, en el momento de un pago, automáticamente y sin previo aviso realice el correspondiente cruce de cuentas, para compensar los valores que tenga en mora por cualquier concepto.
Autorización para retención de pagos y renuncia a emplazamiento
El contratista autoriza al CRIC para retener total o parcialmente de cualquiera de los pagos pendientes a su favor, la suma que considere necesaria para protegerse de pérdidas debidas a la no devolución al CRIC de materiales, herramientas o equipos que le hubieren podido suministrar, para el pago de sanciones, de reclamos, pleitos, acciones legales o perjuicios imputables al contratista. Cuando el motivo que originó la retención sea subsanado por el contratista (de ser el caso), el CRIC hará la devolución de los pagos retenidos.
Para efectos de la constitución en mora por retraso en el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el contratista renuncia expresamente a los requerimientos de ley. No obstante, lo anterior, el CRIC comunicará al contratista todo evento que a su juicio pueda determinar incumplimiento para que, si es del caso, aquel pueda manifestar las razones que lo causaron y se llegue a los acuerdos que sean procedentes. Si transcurridos cinco (5) días hábiles desde la fecha de la comunicación del CRIC, el contratista no ha acreditado circunstancias que justifiquen el retraso, o si las razones no son de recibo para el CRIC, ésta procederá a hacer las retenciones correspondientes.
Se aplicaran los descuentos que operan autorizados por el décimo quinto congreso celebrado en el territorio ancestral del Resguardo indígena de Rio Blanco del 25 al 30 de junio del año 2017, y de las conclusiones generales mandatadas, en especial la que corresponde a Economía propia en su numeral 12 que dice: “Creación de una resolución de las autoridades indígenas para enfrentarnos al régimen tributario comercial o externo”, autoriza para que se haga el aporte comunitario del 2% del valor total del contrato, con cargo al fortalecimiento administrativo de la organización regional con el fin de consolidar el proceso territorial, político organizativo del CRIC, de acuerdo a la resolución emitida por el CRIC que estructura y reglamenta los números 3,7,11 y 14 de las conclusiones finales aprobadas en el tema de GOBIERNO PROPIO.
Información reservada: La información contenida en estos términos de referencia es propiedad del CRIC y tiene carácter confidencial. En consecuencia, al hacer uso de éstos, el proponente no adquiere propiedad sobre la información y únicamente podrá hacer uso de ella para efectos de la elaboración de su propuesta. En el evento en que se llegare a causar perjuicios al CRIC con ocasión de la violación de la mencionada obligación de reserva, el proponente deberá indemnizar al CRIC por tal concepto.
Los proponentes deberán indicar expresamente en la carta de presentación de la propuesta, qué información de la consignada en su propuesta tiene el carácter de reservada, con el fin de que el CRIC se abstenga de entregar la misma, cuando cualquier persona natural o jurídica ejerciendo el derecho de petición, solicite copia o información de las propuestas. El CRIC presume que la información financiera, económica y el contenido técnico de la propuesta tienen carácter de reserva, por tanto, esta información no será entregada a terceros o a los demás proponentes que participen en el proceso de evaluación.
6. CAUSALES QUE GENERARÍAN RECHAZO DE LAS OFERTAS O LA DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO
6.1. CAUSALES DE RECHAZO. Serán rechazadas y eliminadas las propuestas en cualquiera de los siguientes casos:
1. La presentación de varias propuestas por parte del mismo proponente por sí o por interpuesta persona, o la participación de una misma persona en más de una propuesta.
2. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la Ley.
3. Cuando la oferta se presente en forma extemporánea o en un lugar distinto al señalado en la invitación. El hecho de que un proponente se encuentre dentro de las instalaciones del lugar de entrega, no lo habilita para que se le reciba la propuesta después de la hora citada.
4. Cuando se descubra o compruebe falta de veracidad en la documentación presentada para esta invitación.
5. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contenga datos tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error al contratante.
6. Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenida correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes.
7. Cuando el objeto principal de la persona jurídica no guarde relación directa con el objeto contractual.
8. Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva.
9. Cuando se presente la propuesta en forma subsidiaria al cumplimiento de cualquier condición o modalidad.
10. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución y/o liquidación de sociedades.
11. Cuando el proponente habiendo sido requerido por el contratante para aportar documentos o información conforme a lo establecido en la invitación, no los allegue conforme a sus exigencias y/o dentro del término fijado para el efecto, en la respectiva comunicación o en la presente invitación.
12. Cuando los ítems ofertados no correspondan exactamente a la descripción técnica exigida en la presente invitación, o cuando la propuesta económica supere el monto establecido en el presupuesto oficial del proceso.
13. Cuando el proponente no cumpla con alguno de los requisitos habilitantes contenidos en la presente invitación.
14. Cuando la propuesta se modifique por el proponente de manera unilateral o ante una solicitud de aclaración de LA CRIC
15. Cuando uno o varios precios presentados en la propuesta presenten desequilibrios no justificados en relación con los precios normales del mercado.
16. Cuando mediante acuerdos u otras conductas realizadas por el proponente se atente o pongan en riesgo los derechos de LA CRIC o de otros proponentes.
17. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influenciar o presionar a los dinamizadores de LA CRIC encargados del estudio y evaluación de las propuestas, o de la aceptación de la oferta.
18. Cuando el proponente no acepte la sujeción a la ley colombiana o cuando la propuesta estipule la obligatoriedad de que las diferencias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato sean sometidas a la decisión de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Contractuales – MASC en el marco de la Jurisdicción especial Indígena.
19. Cuando hayan cambiado sustancialmente las condiciones del proponente desde la presentación de su propuesta por cualquier causa que, a juicio de LA CRIC, limite seriamente la capacidad técnica, operacional o financiera del proponente.
20. Cuando el proponente no haya respondido oportunamente cualquier requerimiento de información de LA CRIC o lo haga modificando la propuesta.
21. Cuando los estados financieros solicitados para evaluación no cumplan lo previsto en la ley.
22. Cuando el revisor fiscal o el contador público responsables de suscribir los documentos financieros exigidos no estén debidamente registrados ante las autoridades competentes y habilitados por éstas.
23. Cuando, detectados errores u omisiones de forma en los documentos financieros y solicitadas las aclaraciones del caso, el proponente no las haga o las que presente se consideren insatisfactorias o inconsistentes por parte de LA CRIC.
24. Cuando detectadas desviaciones no sustanciales en la propuesta, el proponente requerido para hacer las aclaraciones que LA CRIC consideran necesarias, no las haga o las que haga resulten
por fuera del tiempo fijado para ello o insatisfactorias para el propósito buscado.
25. Cuando el oferente no presente el formulario “Carta de presentación de la oferta” o habiéndola presentado no cumple con las exigencias requeridas.
26. Cuando el oferente no presente la totalidad de los formatos anexos o habiéndola presentado no cumple con las exigencias requeridas.
27. Cuando la propuesta no resulte elegible por no obtener un puntaje mínimo del ochenta y cinco
(85) puntos de los establecido para la evaluación de la misma de acuerdo con los factores de ponderación.
28. No estar inscrito en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio.
29. No cumplir con los índices financieros exigidos.
30. No presentar la totalidad de los formularios de precios (No se aceptan propuestas parciales).
31. La presentación parcial de cada uno de los formatos anexos.
6.2. CAUSALES DE DECLARATORIA DE DESIERTO. Será declarado desierto el proceso de selección en cualquiera de los siguientes casos:
1. Cuando habiendo realizado el cierre de la invitación, no se presente ningún oferente
2. Cuando ninguno de los oferentes cumpla a cabalidad con los términos de la presente invitación.
7. CRONOGRAMA DEL PROCESO, VALIDÉZ MÍNIMA DE LA OFERTA
ACTIVIDAD FECHA Y
HORA LUGAR DE PUBLICACION
APERTURA DE LA CONVOCATORIA 25 de julio
de 2024
Hora: 8:00 AM Página web: https://www.adr.gov.co.
Página web del CRIC: www.cric-colombia.org/portal/
NOTA: Favor relacionar en el asunto, a la invitación a la cual aspira. Contratista para realizar la Interventoría técnica, administrativa, juridica jurídica y financiera de la construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar corregimiento de Tunía Municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021.
PLAZO MÁXIMO PARA RECIBIR OBSERVACIONES Hasta el 26 de julio de 2024,
Desde las 08:00 AM,
Hasta 4:00
pm Las observaciones deberán enviarse en debida forma y dentro de los tiempos establecidos al siguiente correo:
RESPUESTA A OBSERVACIONES Fecha: Desde el 26
hasta el 29 de julio de 2024 Las respuestas serán enviadas a los correos que los futuros proponentes referencien. En caso de requerir alguna aclaración técnica del proceso esta se realizará desde el 26 hasta el 29 de julio de 2024 y deberán ser enviadas a los siguientes correos:
RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE CONVOCATORIA
El 31 de julio de 2024 en el horario comprendido entre las 8:00
AM y las 4:00 PM A nombre de: JHOE NILSON SAUCA GURRUTE
Celular: 313604775
Teléfono: 8240343
A nombre de: Programa económico ambiental – CRIC Celular: 3113320043
Teléfono: 8240343
Entrega medio físico con el siguiente asunto:
Contratista para realizar la Interventoría técnica, administrativa, juridica jurídica y financiera de la construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar corregimiento de Tunía Municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021.
Copia física en sobre cerrado a la siguiente dirección: Calle 1 No. 4-50 barrio Vasques Cobo
A nombre de: Programa económico ambiental – CRIC Celular: 3113320043
Teléfono: 8240343
EVALUACION DE PROPUESTAS Y SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Desde el 31 de julio al 8 de agosto de 2024 5 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de la convocatoria, se notificará al proveedor seleccionado vía correo electrónico mediante oficio firmado por el coordinador del programa económico ambiental a través del correo oficial del mismo.
Una vez notificado, el tiempo de elaboración y firma del contrato son
15 días posteriores a la verificación y aprobación de todos los documentos requeridos.
FECHA DE PUBLICACIÓN DE RESULTADO DE SELECCIÓN El 13 de agosto de 2024 La ADR, y EL CRIC serán los encargados de hacer la publicación del acta de evaluación y selección a través de la página
7.1 ENTREGA DE LA PROPUESTA
7.1.1. LUGAR DE RECIBO DE LAS OFERTAS
Las propuestas deberán entregarse el día 31 de julio, último día del cierre de la convocatoria en el horario de 8:00 A.M a 4:00 P.M, en la sede principal del Consejo Regional Indígena del Cauca-CRIC en la calle 1ª No 4-50 Popayán- Cauca, dentro de la fecha y hasta la hora establecida en el Cronograma del presente proceso, donde estarán presentes un funcionario(a) de la UTT 9 y un dinamizador(a) del CRIC, quienes levantaran acta del procedimiento y las propuestas recepcionadas quedan en custodia de la UTT 9
No se aceptarán propuestas que sean entregadas en una oficina diferente a la indicada en el Cronograma, así sea dentro del plazo señalado para la entrega de propuestas.
No se recibirán ofertas extemporáneas enviadas por correo o cualquier medio telemático.
7.1.2. IDENTIFICACION Y ENTREGA DE PROPUESTAS.
Los oferentes deberán presentar su propuesta en dos (2) sobres impresa en original, con una copia en medio digital, debidamente suscrita por el proponente o representante legal para las personas jurídicas.
El sobre #1 debe contener la propuesta técnica y el sobre #2 la propuesta económica.
Las propuestas se presentarán en sobres sellados, debidamente legajadas, rubricadas, foliadas y en idioma español; no deberán contener textos entre líneas, ni tachaduras salvo cuando fuere necesario para corregir errores del proponente, en cuyo caso las correcciones deberán ir refrendadas con la firma del proponente al pie de estas. En caso contrario las correcciones se entenderán como no efectuadas.
Los sobres de la propuesta deberán identificarse de la siguiente manera:
INVITACIÓN PROCESO DE SELECCIÓN INTERVENTOR.
SOBRE # 1 PROPUESTA TECNICA
OBJETO: Interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera de la construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar corregimiento de Tunía Municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021.
PROPONENTE: DIRECCION: TELEFONO: CORREO ELECTRONICO:
INVITACIÓN PROCESO DE SELECCIÓN INTERVENTOR. SOBRE # 2 PROPUESTA ECONOMICA
OBJETO: Interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera de la construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar corregimiento de Tunía Municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021.
PROPONENTE: DIRECCION: TELEFONO: CORREO ELECTRONICO:
NO SE ACEPTARÁN propuestas enviadas por fax, correo electrónico o cualquier otro medio diferente a su entrega física en las instalaciones de la organización CRIC, hasta la fecha y hora señaladas.
Los proponentes deberán elaborar la propuesta por su cuenta y riesgo, y deberán incluir dentro de ella toda la información exigida de conformidad con lo solicitado en la presente invitación.
Para este efecto, los proponentes indicaran en su oferta las especificaciones técnicas requeridas del objeto a contratar, plazos de ejecución y de validez de la oferta, valor, forma de pago, lugar de ejecución, compromisos u obligaciones contractuales y demás aspectos relevantes inherentes a la presente invitación y a la naturaleza del objeto contractual.
En todo caso los ofrecimientos deben respetar, cumplir y sujetarse a todos y cada uno de los puntos, requisitos y condiciones contenidos en la presente invitación, y sus anexos; Condición que de no acreditarse constituye una causal de rechazo de la oferta.
En el presente proceso no se aceptan propuestas alternativas o parciales, La propuesta deberá permanecer vigente por un período sesenta (60) días a partir de la fecha de cierre de la invitación. En caso de no expresar el término de validez de la oferta se entenderá como tal el establecido en este documento y se entiende que la oferta es irrevocable en los términos del artículo 846 del Código de Comercio.
El valor económico de la oferta deberá diligenciarse en el formato dispuesto para el efecto, de acuerdo con el ANEXO 2 -PROPUESTA ECONOMICA de la presente invitación
El proponente deberá tener en cuenta para la elaboración de la oferta económica, que ésta, NO PODRÁ SUPERAR EL VALOR TOTAL del presupuesto oficial estimado – POI asignado para el proceso, so pena de RECHAZO DE LA PROPUESTA.
1. La ausencia del FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA, será causal de rechazo.
2. LA CRIC no considerará ofertas que omitan información o documentos que sean esenciales para la valoración de las mismas, así como aquella que contenga información incierta, confusa, errada o contradictoria, el no cumplimiento de estos requisitos, será causal de rechazo.
El precio ofertado por el proponente deberá mantenerse durante todo el término de ejecución del contrato, aun cuando se incremente el precio de los productos en el mercado. no habrá lugar a desequilibrio contractual si esto ocurriese y por lo tanto no habrá lugar a ajustar precios en el término del objeto contratado.
Correspondencia y Comunicaciones
Toda la correspondencia relacionada con consultas, aclaraciones y observaciones de la presente invitación, deberán ser dirigidas al correo electrónico: [email protected], [email protected] con el título: Interventoría para la Construcción del centro de acopio para café, en la vereda Vivas Balcázar, corregimiento de Tunía municipio de Piendamó Cauca, en desarrollo del PIDAR 477-2021
● El CRIC por su parte dará respuesta a las comunicaciones presentadas mediante aclaraciones las cuales serán enviadas por escrito al correo que indique el posible proponente.
● Se aclara que el único medio oficial de comunicación para toda la información relacionada con el proceso contractual [email protected].
Ampliación del Plazo del Proceso de Contratación
● EL CTGL podrá ampliar el plazo de invitación del proceso de contratación antes de su vencimiento, cuando lo considere conveniente y por el número de días que considere necesarios.
Interpretación, Aclaración y Modificación de los Documentos
● Interpretación: Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió los términos de referencia y todos los documentos que hacen parte del presente proceso, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza y características del contrato de interventoría, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente.
Todos los documentos del proceso de selección se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este término de Condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, EL CRIC no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, inadecuada interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta o propuesta.
● Aclaración: El interesado en participar en este proceso de contratación, podrá solicitar aclaración a los documentos de este proceso mediante comunicación dirigida a EL CRIC al correo [email protected] , [email protected]. Dentro de los dos (2) días hábiles de la publicación de la presente invitación.
El CRIC responderá por escrito al correo que indique el posible proponente y en caso de que la solicitud sea conducente y pertinente para el proceso se adecuarán mediante adenda los Términos de Referencia de acuerdo a las observaciones presentadas, lo cual se aclarará en la misma comunicación y de igual forma se dará a conocer a los demás invitados.
● Modificación: Una vez publicados los términos de referencia y anexos, el CTGL podrá modificar los mismos, mediante adendas que se publicarán en la página de la ADR y el CRIC, los cuales,
serán de obligatoria observancia para la presentación de las ofertas, para el presente caso, por lo cual solo se admitirán observaciones a los términos de referencia dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación.
Cualquier modificación que el proponente quiera introducir a su propuesta deberá ser hecha en la misma forma y por los mismos medios que aquella, antes de la fecha y hora de entrega de las propuestas. Llegadas éstas, no podrán ser modificadas.
PARÁGRAFO: Si las modificaciones dan origen a la ampliación del plazo para el cierre de la invitación y apertura de propuestas, así se dará a conocer en su momento.
7.1.3. PREPARACIÓN DE LA OFERTA
La información que se consigna en este capítulo contiene los elementos básicos para la formulación de la propuesta en cuanto pueda afectar el precio, el plazo de ejecución, las condiciones de los mismos, etc. El proponente debe verificarla completamente y cerciorarse que no alberga dudas respecto a ella. En caso contrario, debe elevar las consultas por escrito que considere pertinentes, en las oportunidades que estos documentos le conceden.
El oferente, en la preparación de la oferta, deberá tener presente que el proceso de contratación, la celebración y la ejecución del contrato a que se refiere esta solicitud de oferta, se rige en todas las etapas por las disposiciones legales aplicables en Colombia, especialmente las del derecho privado.
Igualmente, incluirá con la oferta, toda la información técnica disponible que permita una mejor evaluación de la misma.
El CRIC no considerará ofertas que omitan información o documentos que sean esenciales para la valoración de las mismas, así como aquella que contenga información incierta, confusa, errada o contradictoria.
7.2 PRECIOS DE LA OFERTA
– Se deberán cotizar precios en pesos colombianos, los cuales deben incluir todos los costos que se causen, de acuerdo con las actividades que permiten el cumplimiento del objeto contractual.
– En los precios deberán estar además incluidos los gastos legales del contrato y todos los costos que deba asumir el Contratista por su ejecución, en la forma en que se haya estipulado.
– Los precios de los servicios cotizados en la oferta serán firmes y constituirán la única y adecuada remuneración por los servicios que se compromete a prestar, y se referirán al pago de éstos de acuerdo con las condiciones estipuladas en esta solicitud de oferta.
NOTA: El presupuesto de ejecución que aquí se presenta se encuentra aprobado previamente por la ADR.
VALOR EN LETRAS; Doscientos nueve millones setecientos diez mil ciento noventa y nueve pesos M/CTE. ($ 209.710.199)
En el siguiente cuadro, se detalla el cálculo del valor de la interventoría, de acuerdo al personal a utilizar y las actividades a realizar.
CÁLCULO DETALLADO DEL COSTO DE INTERVENTORIA
Construcción de estructura Bodega de Café-CENCOIC
CÁLCULO DETALLADO DEL VALOR DE INTERVENTORIA
OBJETO
UNIDAD
CANTIDAD
VALOR UNITARIO
Factor Prestacional
Dedicación
%
Meses
Valor Total
%
COSTO TOTAL OBRA CIVIL9,002.995.859.985
COSTO TOTAL:
INTERVENTORIA $ 209.710.199 7,00%
COSTOS DEL PERSONAL:
Director de obra Mes 1 $ 5.000.000 166% 50% 9,00 $ 37.350.000 1,25%
Residente de obra Mes 1 $ 3.000.000 166% 100% 9,00 $ 44.820.000 1,50%
Inspector Mes 1 $ 2.000.000 185% 100% 9,00 $ 33.300.000 1,11%
Secretaria Mes 1 $ 1.800.000 185% 30% 9,00 $ 8.991.000 0,30%
Profesional SGSST Mes 1 $ 2.000.000 185% 50% 9,00 $ 16.650.000 0,56%
GASTOS GENERALES &
OPERATIVOS:
ASESORIAS
Ingeniero Hidrosanitario Global 1 $ 1.200.000 $ 1.200.000 0,04%
Ingeniero Estructural Global 1 $ 7.200.000 $ 7.200.000 0,24%
Ingeniero Eléctrico Global 1 $ 3.600.000 $ 3.600.000 0,12%
Contador Global 1 $ 9.450.000 $ 9.450.000 0,32%
Topógrafo Global 1 $ 3.750.000 $ 3.750.000 0,13%
COSTO Y GASTOS DE
LEGALIZACION:
Retefuente Und 1 2,00% $ 4.194.204 0,14%
Contribución fondo especial
del CRIC Und 1 2,00% $ 4.194.204 0,14%
Pólizas Und 1 1,00% $ 2.097.102 0,07%
GASTOS FINANCIEROS:
4×1000 Und 1 $ 838.841 $ 838.841 0,03%
Otros gastos financieros (cuota manejo, emisión
chequeras, entre otros)
Und
1
$4.000.000
$4.000.000
0,13%
GASTOS GENERALES:
Ensayos de Laboratorio y Diseño de mezclas
Global
1
$7.250.000
$7.250.000
0,24%
Elaboración de informes y entregables, memorias y planos
Global
1
$2.025.000
$2.025.000
0,07%
Transporte Global 1 $ 4.399.848 $ 4.399.848 0,15%
Otros servicios de terceros (Impresiones, fotocopias, etc)
Global
1
$5.400.000
$5.400.000
0,18%
Equipos de comunicaciones Global 1 $ 3.600.000 $ 3.600.000 0,12%
Oficina y servicios públicos Global 1 $ 5.400.000 $ 5.400.000 0,18%
VALOR TOTAL: $ 209.710.199 7,00%
RELACION DE ENSAYOS DE AUTOCONTROL DE CALIDAD
Tipo de ensayo Und Cantidad V/Unitario V/total
Ensayo de tintas en estructura metálica Und 20 $ 60.000 $ 1.200.000
Ensayo de verificación de resistencia de acero Und 4 $ 150.000 $ 600.000
Verificación de suelos expansivos Und 2 $ 250.000 $ 500.000
Ensayo de densidad en campo método cono de arena – Rellenos
Und
5
$ 50.000
$ 250.000
Caracterizacion de los agregados Und 4 $ 150.000 $ 600.000
Diseño de mezclas Und 2 $ 800.000 $ 1.600.000
Ensayo de resistencia del concreto Und 50 $ 50.000 $ 2.500.000
TOTAL $ 7.250.000
7.3 IMPUESTOS, DEDUCCIONES Y GASTOS
El oferente deberá conocer las normas vigentes en Colombia en materia tributaria, por lo tanto, al preparar la oferta deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato tales como el de retención en la fuente, si es del caso, el de Industria y Comercio, así como el valor que ocasione la constitución de garantías, derechos e impuestos a que haya lugar por ley y gastos que demande la legalización del contrato.
El CRIC deducirá de los pagos todos los impuestos y hará las retenciones a que haya lugar, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Los gastos legales en los cuales se incurra para permitir la iniciación y ejecución del contrato, serán por cuenta del CONTRATISTA.
La persona a contratar, en el marco del Décimo Quinto Congreso celebrado en el territorio ancestral del Resguardo indígena de Río Blanco del 25 al 30 de junio del año 2017, y de las conclusiones generales mandatadas, en especial la que corresponde a Economía Propia en su numeral 12. Que dice: “Creación de una resolución de las autoridades indígenas para enfrentarnos al régimen tributario comercial o externo”, el CRIC realizará los descuentos de ley incluido el descuento comunitario del 2% del valor mensual devengado, con cargo al fortalecimiento administrativo de la organización regional con el fin de consolidar el proceso territorial, político organizativo del CRIC, de acuerdo a la resolución emitida por el CRIC que estructura y reglamenta los numerales 3,7,11 y 14 de las
conclusiones finales aprobadas en el tema de GOBIERNO PROPIO; establecidas mediante Resolución No. 01 de 2020, por tanto el seleccionado, deberá aceptar este descuento comunitario el cual quedará incluido en las cláusulas contractuales
PARÁGRAFO 1: Todas las actividades que deban ser realizadas para el cumplimiento del objeto deberán ser contempladas por el CONTRATISTA, en la preparación de su oferta, por lo cual el CRIC, no se hará responsable por costos adicionales a los ofertados, y que hayan sido omitidos por EL CONTRATISTA.
8. REQUISITOS HABILITANTES
REVISIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
El proponente deberá presentar su OFERTA en medio físico y una copia en medio digital (CD o USB), las cuales deben ser iguales, so pena de ser rechazada la propuesta, donde esté debidamente diligenciados los formatos ANEXO al final de la presente invitación, (ANEXO 1,2,3, 4, 5, 6, 7, 8 Y 9), pues contiene la propuesta técnica y económica debidamente estructurada, al igual para verificar los requisitos habilitantes, (jurídicos, la capacidad financiera y la experiencia técnica) que el proponente anexo a su OFERTA deberá presentar los siguientes documentos:
Para persona natural y/o persona jurídica según corresponda.
a) Carta de presentación de la propuesta, firmada en original por el proponente, la oferta se presentará por escrito, en idioma español y a computador. (Anexo 1 – no subsanable)
b) Propuesta económica (Anexo 2 – no subsanable)
c) Formulario de multas e incumplimientos firmado en original por el proponente (información sobre incumplimientos, multas y/o medidas de apremio y/o sanciones) (Anexo 3 – no subsanable)
d) Carta de certificaciones y experiencia específica (Anexo 4- NoSubsanable)
e) Carta de certificaciones y experiencia general (Anexo 5- NoSubsanable)
f) Carta de certificaciones y experiencia del equipo de profesionales de interventoría (Anexo 6- NoSubsanable)
g) Carta de apoyo a la industria nacional (Anexo 7 No Subsanable).
h) Carta de compromiso anticorrupción (Anexo 8 No Subsanable).
i) Documento de conformación del proponente plural – Consorcio o Unión Temporal, (Anexo 9 No subsanable), si aplica.
j) Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía (representante legal). No Subsanable.
k) Certificado vigente de antecedentes judiciales con una expedición no mayor a 30 días al cierre del proceso. (persona natural o representante legal) Cada una de las personas jurídicas o naturales, miembros de un Consorcio o Unión Temporal en forma independiente, deberán anexar esta certificación. Subsanable.
l) Certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedido por La Procuraduría General de la Nación con una expedición no mayos a 30 días al cierre del proceso. (persona natural o representante legal y la sociedad) Cada una de las personas jurídicas o naturales, miembros de un Consorcio o Unión Temporal en forma independiente, deberán anexar esta certificación. Subsanable.
m) Certificado de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República (persona natural o representante legal y la sociedad), con una expedición no mayos a 30 días al cierre del proceso. Cada una de las personas jurídicas o naturales, miembros de un Consorcio o Unión Temporal en forma independiente, deberán anexar esta certificación. Subsanable.
n) Certificado del Sistema Nacional de Medidas Correctivas de la persona natural o Representante Legal no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección. Cada una de las personas jurídicas o naturales, miembros de un Consorcio o Unión Temporal en forma independiente, deberán anexar esta certificación. Subsanable.
o) Certificado de Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) de la persona natural o representante legal no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección. Cada una de las personas jurídicas, miembros de un Consorcio o Unión Temporal en
forma independiente, deberán anexar esta certificación. Subsanable.
p) Soporte de la Afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral, del representante legal y/o persona natural. Subsanable.
q) Para la persona jurídica, certificado de Registro o Matrícula Mercantil vigente o renovada, certificado que debe ser expedido por la Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, donde se verifique que el objeto o actividad económica cumpla con el objeto contractual de la presente invitación. No Subsanable
r) Certificación de paz y salvo de aportes parafiscales y de seguridad social: El proponente deberá anexar la respectiva certificación en la cual se indique que se encuentra cumpliendo y/o a paz y salvo en el pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social EPS, Pensiones y ARL-, así como de los Aportes Parafiscales –SENA, ICBF, Cajas de Compensación Familiar-, y Subsidio Familiar a que haya lugar, de todos los empleados a su cargo. La certificación deberá ser suscrita por el revisor fiscal cuando aplique de acuerdo con los requerimientos de ley o contador y por el representante legal, durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual, en todo caso, no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la presentación de la propuesta .Este documento deberá ser expedido con fecha no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. Cada una de las personas jurídicas, miembros de un Consorcio o Unión Temporal en forma independiente, deberán anexar esta certificación. Subsanable.
s) Registro Único Tributario (RUT) en el cual se pueda verificar la actividad económica principal que estédirectamente relacionada con el objeto contractual de cada una de las personas jurídicas o naturales, miembros de un Consorcio o Unión Temporal en forma independiente, deberán anexar esta certificación. No Subsanable.
t) Para la persona jurídica, certificado de Existencia y Representación Legal vigente o renovada, certificado que debe ser expedido por la Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, donde se verifique que elobjeto o actividad económica cumpla con el objeto contractual de la presente invitación. No Subsanable.
u) Para persona jurídicas, los estados financieros certificados y dictaminados por contador o revisor fiscal, con fecha de corte al 31 de diciembre de2023. No Subsanable.
v) Copia de los estatutos vigentes de la sociedad (si aplica). No Subsanable.
w) Copia de contrato(s) con sus respectivas actas de liquidación o certificado expedida por el contratante en la que conste los aspectos mínimos requeridos para acreditar la experiencia del contrato para la acreditación de la experiencia específica y relacionada. No Subsanable.
x) Autorización previa para celebrar contratos de determinada cuantía (cuando aplique). No Subsanable.
y) Certificación bancaria de cuenta corriente o de ahorros, en el caso de los Consorcio o Unión una vez se consolide el consorcio se deberá aportar la cuenta bancaria. Subsanable.
z) Copia del Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio, expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta y que se encuentre en firme. No Subsanable.
aa) Garantía de Seriedad de la Oferta. El valor asegurado de esta garantía debe ser de por el diez por ciento (10%) del valor oficial estimado en el proceso y será válida siempre y cuando este suscrita y firmada por el tomador e incluya el recibo de pago o certificación de pago expedida directamente por la aseguradora. No Subsanable.
bb) Consorcio o Unión Temporal: Si el proponente presenta su propuesta a título de consorcio o unión temporal, deberá presentar el respectivo documento de conformación, para lo cual se deberá cumplir con lo siguiente:
• Expresar si la participación es a título de consorcio o de unión temporal. Si se trata de unión temporal, sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución.
• Hacer la designación de la persona que tendrá la representación del consorcio o de la unión temporal. El representante deberá contar con facultades amplias y suficientes para formular la
propuesta y obligar a todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, al momento de suscribir el acuerdo de voluntades resultante. Si en el documento de conformación del Consorcio o Unión se le imponen limitaciones al representante para formular la propuesta y éste las excede, la propuesta será rechazada.
• Señalar la duración del consorcio o unión temporal la cual no deberá ser inferior a la del plazo de ejecución y liquidación del acuerdo de voluntades y cinco (5) años más. En el evento en que existan limitaciones estatutarias a la capacidad del representante de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal, deberán aportar autorización del órgano social competente facultándolo a participar bajo alguna de estas dos modalidades de ORGANIZACION BENEFICIARIA, y a través del representante de la misma para presentar propuesta, suscribir y ejecutar el respectivo acuerdo de voluntades.
• Cada uno de los miembros que integran el Consorcio o la Unión Temporal, deberán cumplir en forma independiente con cada uno de los requisitos y condiciones exigidos en los presentes Términos de Referencia, aportando los documentos que acrediten tales circunstancias.
• Igualmente, deberán describir la estructura, Asociación y el aporte de cada una de las empresas que conforman el consorcio o la unión temporal, que destinarán para la ejecución del acuerdo de voluntades derivado del presente proceso.
• Cada proponente, sea que participe en forma individual o constituido como Consorcio o Unión Temporal, deberá presentar solamente una oferta.
IDENTIFICACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
ASPECTOS VERIFICABLES (CUMPLE / NO CUMPLE)
El Comité Técnico de Gestión Local – CTGL, se reserva el derecho de corroborar la autenticidad de los datos suministrados en la propuesta, y el proponente autoriza a todas las entidades, personas o empresas que de una u otra forma se mencionen en los documentos presentados, a suministrar la información que se requiera, a visitar sus instalaciones o a solicitar información de cualquiera de sus empleados, en caso de considerarlo necesario.
FACTORES CALIFICACIÓN
Capacidad jurídica Cumple/No cumple
Capacidad financiera Cumple/No cumple
Capacidad Técnica Cumple/No cumple
Son requisitos habilitantes para participar y verificar: la capacidad jurídica, la capacidad financiera, la capacidad de organización y las condiciones de experiencia. Estos requisitos no otorgan puntaje y el Comité Técnico de Gestión Local – CTGL los verificará como CUMPLE / NO CUMPLE. El Comité Técnico de Gestión Local – CTGL se reserva el derecho de verificar de manera integral, la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas y/o entidades respectivas de donde provenga la información, y el proponente autoriza a todas las entidades, personas o empresas que de una u otra forma se mencionen en los documentos presentados, a suministrar la información que se requiera, así mismo, autoriza al Comité Técnico de Gestión Local – CTGL a realizar visita a sus instalaciones y a solicitar información de cualquiera de sus empleados, en el caso de considerarlo necesario.
En la oferta no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en estos Términos de Referencia, en caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones respectivas contenidas en el.
Los proponentes interesados en la presente convocatoria deberán acreditar los requisitos de verificación que a continuación se describen.
8.1. CAPACIDAD JURÍDICA- (Cumple o No cumple)
Los proponentes deben cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico, documentos que no otorgan puntaje a la oferta, pero su presentación es necesaria para determinar si la oferta es hábil jurídicamente o no.
Durante el termino de evaluación de las ofertas, El Comité Técnico de Gestión Local – CTGL podrá solicitar la aclaración de estos documentos al oferente, que para estos efectos se concederá un término perentorio, si el oferente no atiende la solicitud, la entidad dentro del plazo otorgado para el efecto, se entenderá que hay inconsistencias en la propuesta y se rechazará.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
El proponente debe presentar el Formato 1 – Carta de Presentación de la Oferta del término de referencia de la presente invitación pública firmada por el Proponente (persona natural) o por el representante legal si es persona jurídica, o por el representante del Consorcio o Unión Temporal, o apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el poder debidamente conferido ante notario público o autoridad judicial competente donde se indique expresamente que cuenta con poder para suscribir la propuesta en el monto señalado, términos y el alcance de la representación.
Junto con la carta de presentación, el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta.
En virtud de lo previsto en la Ley 842 de 2003 y con el fin de evitar el ejercicio ilegal de la Ingeniería, la persona natural (proponente individual o integrante de la estructura plural) que pretenda participar en el presente proceso, debe acreditar que posee título como ingeniero, para lo cual debe adjuntar copia de la tarjeta profesional y copia del certificado de vigencia de matrícula profesional expedida por el COPNIA, vigente a la fecha de cierre de este Proceso de selección.
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
Las personas jurídicas deberán acreditar su existencia y representación legal con la copia del Certificado de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, expedido con una vigencia no mayor a treinta (30) días previos a la fecha de presentación de la propuesta.
En el certificado se verificará la siguiente información: a) El objeto de la empresa debe estar directamente relacionado con el objeto del presente proceso de selección. b) La duración de la sociedad no será inferior a cinco (5) años.
En el caso de las personas naturales que ejerzan su profesión liberal y no cuenten con inscripción en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio, siempre y cuando su profesión liberal este directamente relacionada con la presente contratación, para lo que deberá allegar copia de su tarjeta o matricula profesional (según corresponda) y el Certificado de Antecedentes Profesionales vigente (Expedido por el Consejo Profesional competente); además, deberá encontrarse inscrito en el Registro Único Tributario – RUT , con una actividad económica acorde a su profesión y Registro Único de Proponentes – RUP.
EL CTGL también revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas.
En caso de existir sanciones vigentes, se deberá abstenerse de presentar oferta.
DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, los proponentes deben incluir como mínimo la información requerida en el Formato 9 – Conformación de Proponente Plural (Formato 9A – Consorcios) (Formato 9B – Uniones Temporales). Los proponentes podrán incluir información adicional que no contradiga lo dispuesto en los documentos del proceso, en el cual se demuestre el cumplimiento de las disposiciones tales como:
3. Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.
4. Designar para todos los efectos el representante del Consorcio o la Unión Temporal.
5. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o la Unión Temporal y sus respectivas responsabilidades.
6. Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la Unión Temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin la aprobación del CTGL.
7. Señalar la duración del Consorcio o la Unión Temporal, la cual no podrá ser inferior a la duración del contrato y dos (2) años más o un (1) año más a partir de la liquidación.
8. Si los miembros del Consorcio o la Unión Temporal o alguno de ellos, es persona jurídica, debe adjuntar a la propuesta el certificado de existencia y representación legal, atendiendo lo exigido para estos documentos en el presente Término de referenci
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
La cual deberá constituirse por el 10% del valor del presupuesto oficial, su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento en favor del CRIC (Organización beneficiaria), de los siguientes eventos, así:
2. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
3. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
4. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
5. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la póliza deberá tomarse a nombre del consorcio o de la unión temporal o la promesa de sociedad futura, según el caso, con la indicación de cada uno de sus integrantes (no a nombre de sus representantes legales) y deberá expresar claramente que será exigible por su valor total ante el incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte. De igual manera deberá establecer el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes conforme al acta de constitución.
NO ENCONTRARSE BAJO LAS CAUSALES DE INHABILIDAD O INCOMPATIBILIDAD
No encontrarse bajo las causales de inhabilidad o incompatibilidad consagradas en la constitución y demás normas complementarias; para tal fin deberán presentar declaración bajo la gravedad de juramento de no encontrase en tal situación.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de sus integrantes deberá declarar la misma situación.
Cualquier contravención a lo expresado, faculta al Comité Técnico de Gestión Local – CTGL a rechazar la propuesta, sin incurrir en ninguna responsabilidad.
VERIFICACIÓN RESPONSABLES FISCALES Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
No estar inscritos en el Boletín de responsables Fiscales (art. 60 de la Ley 610 del 2000) y demás normas complementarias; para tal fin deberán aportar los proponentes individuales y los integrantes del Consorcio o Unión Temporal la certificación de no ser responsables fiscales de la Contraloría General de la República de acuerdo al último boletín emitido por dicha entidad.
No estar inscritos en el Boletín de Antecedentes Disciplinarios, para tal fin deberán aportan los proponentes individuales y los integrantes del Consorcio o Unión Temporal la certificación de no reportar antecedentes disciplinarios, expedida por la Procuraduría General de la Nación, la cual se encuentre vigente.
El Comité Técnico de Gestión Local – CTGL se reserva el derecho de verificar si el proponente o cualquiera de los integrantes del consorcio o unión temporal, se encuentra(n) reportado (s) en el último boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República o si aparece como inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad «SIRI» de la Entidad.
En caso que el proponente o alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, se encuentre relacionado en el boletín o se encuentre inhabilitado, no podrá contratar con EL CRIC.
VERIFICACIÓN ANTECEDENTES JUDICIALES Y RNMC
No estar inscritos en el Boletín de Antecedentes Judiciales, para tal fin deberán aportar los proponentes individuales y los integrantes del Consorcio o Unión Temporal la certificación de no reportar antecedentes judiciales, expedida por la Policía Nacional de Colombia.
No reportar multas en el Registro Nacional de Medidas Correctivas – RNMC (página Web de la Policía Nacional de Colombia), para tal fin deberán aportan los proponentes individuales y los integrantes del Consorcio o Unión Temporal la certificación de no reportar antecedentes multas en el Registro Nacional de Medidas Correctivas – RNMC, expedida por la Policía Nacional de Colombia.
DECLARACIÓN BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO QUE NO HAN SIDO SANCIONADOS
Declaración bajo la gravedad de juramento que no han sido sancionados o multados mediante acto administrativo ejecutoriado por ninguna entidad oficial, con ocasión de celebración y ejecución de contratos dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre de la selección, o en su defecto informar la multa o sanción, con las entidades respectivas: (indicar el nombre de cada entidad). (En caso de consorcios o uniones temporales este requisito debe ser cumplido por todos y cada uno de los integrantes).
CERTIFICACIÓN EXPEDIDA SOBRE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCAL.
PERSONAS JURÍDICAS
El proponente persona jurídica debe presentar los certificados de Pagos de seguridad social y aportes legales suscrito por el revisor fiscal, de acuerdo con los requerimientos de ley o por el representante legal, bajo la gravedad del juramento, cuando no se requiera revisor fiscal, en el que conste el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, al Servicio Nacional de Aprendizaje y al Fondo Nacional de Formación Profesional para la Industria de Construcción, cuando a ello haya lugar.
La entidad no exigirá las planillas de pago. Bastará el certificado suscrito por el revisor fiscal, en los casos requeridos por la ley, o por el representante legal que así lo acredite.
Esta misma previsión aplica para las personas jurídicas extranjeras con domicilio o sucursal en Colombia, las cuales deben acreditar este requisito respecto del personal vinculado en Colombia.
PERSONAS NATURALES
La proponente persona natural debe acreditar la afiliación a los sistemas de seguridad social en salud y pensiones, aportando los certificados de afiliación respectivos o con el certificado de pago de la correspondiente planilla de acuerdo con el Decreto 1273 del 23 de julio de los 2018.
Los certificados de afiliación se deben presentar con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha del cierre del proceso de contratación. En caso de modificarse la fecha de cierre del proceso, se tendrá como referencia para establecer el plazo de vigencia de los certificados de afiliación la fecha originalmente establecida.
La persona natural que reúna los requisitos para acceder a la pensión de vejez, o se pensione por invalidez o anticipadamente, presentará el certificado que lo acredite y, además, la afiliación al sistema de salud.
Esta misma previsión aplica para las personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia las cuales deberán acreditar este requisito respecto del personal vinculado en Colombia.
PROPONENTES PLURALES
Cada uno de los integrantes del proponente plural debe acreditar por separado los requisitos de que tratan los numerales anteriores.
COPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA.
El proponente (Representante Legal) persona jurídica, consorcio, unión temporal o persona natural deberá aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía, en caso de ser extranjero aportará Cédula de Extranjería o su equivalente expedido por la respectiva entidad competente.
SITUACIÓN MILITAR DEFINIDA
En cumplimiento del artículo 11 del Decreto 2150 de 1995 que modifica el artículo 36 de la Ley 48 de 1993, el CTGL consultara y verificara en la página de la Jefatura de Reclutamiento del Ejército Nacional que el proponente, el representante Legal de la persona jurídica, cada uno de los representantes legales de los integrantes de la figura asociativa y el represente legal del consorcio o unión temporal y del proponente asociativo tengan definida su situación militar.
Esta verificación se hará únicamente a los hombres menores de 50 años, nacionales colombianos y aplicará su participación en el presente proceso, conforme lo dispuesto por las normas señaladas anteriormente.
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP).
El oferente deberá anexar el respectivo Certificado del Registro Único de Proponentes – RUP- expedido por la Cámara de Comercio correspondiente relacionada con las actividades de construcción de obras civiles, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días antes de la fecha de cierre del proceso. Este deberá estar vigente y en firme para dicha fecha.
Se tendrá en cuenta la información que se encuentre registrada en el RUP y que este en firme para la fecha de cierre del proceso, relacionada con la inscripción, actualización o renovación.
Tanto en el evento de presentación de la oferta en forma individual como conjunta (consorcios o uniones temporales), el oferente y cada uno de los integrantes de dicha persona, deben aportar el certificado de inscripción Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio.
Así mismo, quien aspira a participar en el presente proceso y haya relacionado la inscripción por primera vez o haya dejado cesar los efectos de la inscripción, deberá hacerla de acuerdo a lo señalado y se entenderá en firme luego de surtirse los trámites y tiempos allí señalados.
En caso de prórroga del plazo del proceso, el certificado RUP tendrá validez con la primera fecha prevista para la entrega de la propuesta.
REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO
El proponente deberá allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT no mayor a treinta (30) días en el que indique a que régimen pertenece, el cual debe contar con la actividad tributaria relacionada con los servicios a prestar que se presenta en estos términos de referencia.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes debe presentar este documento.
El proponente ya sea persona natural o jurídica que se presenta en forma individual o conjunta en unión temporal o consorcio, al momento de presentarse al proceso deber tener la inscripción en el registro vigente y en firme, es decir, haber hecho la renovación anual exigida por la Ley.
8.2. ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos financieros registrados en el RUP. La evaluación financiera y organizacional de las propuestas se efectuará a partir de la información contenida en el RUP vigente y en firme. En tal sentido, la evaluación de la capacidad financiera se realizará de acuerdo con la información reportada en el Registro, de acuerdo, por lo que se tomará la información financiera del año 2023, que se refleje en el registro del proponente y que esté vigente y en firme.
Los Proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia no están obligados a tener RUP y por tanto la verificación de esta información procederá en los términos definidos en el siguiente numeral.
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
Los Proponentes extranjeros deberán presentar la siguiente información financiera de conformidad con la legislación propia del país de origen. Los valores deben: (i) presentarse en pesos colombianos; (ii) convertirse a la tasa de cambio de la fecha de corte de los mismos, y (iii) estar avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normativa del país de origen.
El estado de situación financiera (balance general) y estado de resultado integral (estado de resultados), con corte a 31 de diciembre de 2023, acompañados por el informe de auditoría (sí aplica de acuerdo con la legislación de origen) con traducción simple al castellano de acuerdo con las normas NIIF.
Copia de la tarjeta profesional del Contador Público o Revisor Fiscal y certificado de antecedentes disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores de quien realiza la conversión.
Si los valores de los estados financieros están expresados originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de América, estos deberán convertirse a pesos en los términos definidos así:
Monedas Extranjeras
Los valores de los documentos aportados en la propuesta deben presentarse en pesos colombianos. Cuando un valor se exprese en moneda extranjera debe convertirse a pesos colombianos teniendo en cuenta lo siguiente:
Si los valores de un contrato están expresados originalmente en dólares de los Estados Unidos de América, los valores se convertirán a pesos colombianos, utilizando el valor correspondiente al promedio entre la
TRM de la fecha de inicio del contrato y la TRM de la fecha de terminación del contrato. Para esto, el proponente deberá indicar la tasa representativa del mercado utilizada para la conversión de cada contrato; y la TRM utilizada será la certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Si los valores del contrato están expresados originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de América, estos deberán convertirse inicialmente a esta moneda, utilizando para ello el valor correspondiente al promedio entre la tasa de cambio de la fecha de inicio del contrato y la tasa de cambio de la fecha de terminación del contrato. Para tales efectos, se puede utilizar la información certificada por el Banco de la República. [Para el cálculo se recomienda acudir al siguiente link: https://www.oanda.com/lang/es/currency/converter/] Hecho esto, se procederá en la forma señalada en el numeral anterior.
Si los valores de los estados financieros están expresados originalmente en dólares de los Estados Unidos de América, el proponente y la entidad tendrán en cuenta la tasa representativa del mercado vigente certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia de la fecha de expedición de los estados financieros.
Si los valores de los estados financieros están expresados originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de América, estos deben convertirse inicialmente a dólares de los Estados Unidos de América utilizando para ello el valor correspondiente a la fecha de expedición de los estados financieros. Para verificar la tasa de cambio entre la moneda y los dólares de los Estados Unidos de América, el proponente podrá utilizar la página web: https://www.oanda.com/lang/es/currency/converter/ Hecho esto se procederá en la forma señalada en el numeral III.
Si el proponente aporta certificaciones en las que no indican el día, sino solamente el mes y el año, se procederá así:
Fecha (mes, año) de suscripción y/o inicio del contrato: se tendrá en cuenta el último día del mes señalado en la certificación.
Fecha (mes, año) de terminación del contrato: se tendrá en cuenta el primer día del mes señalado en la certificación.
8.2.1. CAPACIDAD FINANCIERA – (Cumple o No cumple)
Indicador Fórmula
Liquidez
Nivel de Endeudamiento
Razón de Cobertura de Intereses
Indicador Fórmula
Capital de trabajo
Si el Proponente es Plural cada indicador debe calcularse así:
El Proponente que no tiene pasivos corrientes está habilitado respecto del índice de liquidez.
El Proponente que no tiene gastos de intereses está habilitado respecto de la razón de cobertura de intereses, siempre y cuando la utilidad operacional sea igual o mayor a cero (0).
Para determinar los respectivos indicadores se tomó empresas y/o personas jurídicas del sector, que, de acuerdo a su capacidad jurídica, financiera, organizacional, experiencia, e indicadores aceptables, se realizó un ponderado del promedio para proyectar los índices de liquidez, endeudamiento, razón de cobertura de intereses, capital de trabajo, rentabilidad de patrimonio y el activo.
Para lo anterior se toma como base la información financiera y organizacional del último periodo fiscal, es decir 2023; que se acredita en el registro único de proponentes expedido de la Cámara de Comercio respectiva.
Indicador Índice requerido
Índice de Liquidez ≥45.0
Índice de Endeudamiento ≤0,10
Capital de trabajo ≥ 100% del presupuesto oficial
El no cumplimiento de los índices financieros de acuerdo con las condiciones anteriores, será causal de rechazo de la propuesta.
CAPITAL DE TRABAJO
El proponente deberá contar con un Capital de Trabajo mayor o igual al 100% del Presupuesto Oficial. Si el oferente es una persona natural o jurídica, debe cumplir lo siguiente:
𝐶𝑇 = 𝐴𝐶 − 𝑃𝐶 ≥ 100%𝑃𝑂
Donde,
CT = Capital de trabajo del proponente. AC = Activo corriente
PC = Pasivo corriente
PO = Presupuesto oficial estimado.
Si CT, es mayor o igual al 100% del PO el oferente cumple Si CT, es menor a 100% del PO el oferente no cumple.
Si el oferente es un consorcio o una unión temporal, debe cumplir:
𝐶𝑇 = ∑ 𝐶𝑇𝑖 ≥ 100%𝑃𝑂 Donde,
CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal. CTi = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes. PO = Presupuesto oficial estimado.
Si CT, es mayor o igual al 100% del PO el oferente cumple, SI CT es menor a 100% del PO el oferente no cumple.
Los Consorcios o Uniones Temporales, deberán aportar la información financiera antes solicitada de cada uno de sus integrantes, con las mismas exigencias.
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Los proponentes deben acreditar los siguientes indicadores, con base en la información contenida en el RUP:
Indicador Fórmula Índice Requerido
Rentabilidad sobre Patrimonio (Roe)
  ≥ 𝟎,3
Rentabilidad del Activo (Roa)
  ≥ 𝟎,3
Para determinar los respectivos indicadores se tomó personas jurídicas del sector, que, de acuerdo a su
capacidad jurídica, experiencia, e indicadores aceptables, se realizó un ponderado del promedio para proyectar los índices de liquidez, endeudamiento, razón de cobertura de intereses, capital de trabajo, rentabilidad de patrimonio y el activo.
El promedio aritmético nos permite tener una objetividad que permita la pluralidad de oferentes y el concurso igualitario de los mismos, de tal manera que se garantiza objetividad en los indicadores y competencia entre los interesados del sector.
Para lo anterior se tomó como base la información financiera y organizacional del último periodo fiscal, es decir del año 2023; que se acredita en el registro único de proponentes expedido de la cámara de comercio respectiva
Si el Proponente es plural cada indicador debe calcularse así:
CAPACIDAD FINANCIERA Y TRIBUTARIA
El proponente deberá aportar copia de su Registro Único Tributario generado con vigencia no mayor a 30 días de anterioridad a la presentación de su propuesta, para observar el respectivo régimen, y en caso de proponentes plural, deberá hacerlo cada uno de sus integrantes. Esta información no será subsanable.
Nota: Debe estar actualizado con la actividad CIIU correspondiente, de acuerdo con la normatividad vigente.
Certificación de Paz y salvo de aportes parafiscales y de seguridad social para persona natural, persona jurídica. El Proponente deberá anexar la respectiva certificación en la cual se indique que se encuentra cumpliendo y/o a paz y salvo en el pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social – EPS, Pensiones y ARL-, así como de los Aportes Parafiscales –SENA, ICBF, Cajas de Compensación Familiar-, y Subsidio Familiar a que haya lugar, de todos los empleados a su cargo. La certificación deberá ser suscrita por el revisor fiscal cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley o por el representante legal, durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la presentación de la propuesta. Este documento deberá ser expedido con fecha no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
REQUISITOS PARA ACREDITAR IDONEIDAD
Los proponentes deberán acreditar que son idóneos para ejecutar el Contrato que se pretende celebrar, con la presentación de los siguientes documentos:
Certificado de existencia y representación, con fecha de expedición no mayor a 30 días anteriores a la presentación de la oferta dentro de la presente invitación, con el cual se verificará que en su objeto social le permita desarrollar las actividades que son objeto del Proceso de Contratación, en consecuencia, el objeto estatutario le debe permitir desarrollar dicho objeto, para el caso de uniones temporales o consorcios todos los miembros de dichos oferentes deben cumplir con este requisito, así como La información del representante legal o propietario, Sus facultades para contratar, La duración de la empresa, en caso de ser persona jurídica y cumpla con los códigos allí descritos.
Autorización por parte de la junta directiva si es requerida ampliando las facultades para contratar al representante legal de la persona jurídica, previa al cierre del proceso y adjunta a los documentos de la propuesta.
Para el caso de los consorcios, uniones temporales, se deberá adjuntar documento que acredite su conformación la cual debe ser previa al cierre del proceso.
Para el caso de personas naturales con profesión liberal se deberá presentar el registro único de proponentes RUP y el Registro Único Tributario – RUT con una actividad económica acorde con su profesión.
8.3. REQUISITOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA
CAPACIDAD TÉCNICA – (Cumple o No cumple)
Experiencia Técnica Acreditada
Se deberá acreditar mínimo la ejecución de DOS (2) contratos de interventoría suscrito con entidad pública y/o privada, cuyo objeto esté relacionado con INTERVENTORIAS TECNICAS, ADMINISTRATIVAS, FINANCIERA Y JURÍDICA y cuya sumatoria sea mayor o igual al 100% del presupuesto oficial, expresado en SMMLV. Los contratos deben estar inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP). Lo anterior se acreditará con la información que conste en el RUP de los proponentes, el cual se debe encontrarse en firme. Los contratos solicitados como soporte deben estar inscritos en el RUP y la sumatoria de los contratos deben tener como mínimo los siguientes códigos, que son acordes con la construcción de edificaciones, no residenciales:
CODIGO
DESCRIPCION EXPERIENCIA EXPRESADA EN SALARIOS MÍNIMOS
MENSUALES VALOR MÍNIMO A CERTIFICAR
81101500 Ingeniería Civil y arquitectura 162 SALARIOS MINIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTE
80101600Gerencia de Proyectos
81101700Ingenieríaeléctricay electrónica
95121700Edificiosyestructuras públicos
95122400Edificiosyestructuras industriales
El Proponente cumple el requisito de experiencia general si la sumatoria de los valores totales ejecutados (incluido IVA) de los contratos expresados en SMMLV es mayor o igual al valor mínimo a certificar de 162 SMMLV equivalentes al 100% del valor del contrato
Nota: Los contratos aportados para acreditar la experiencia especifica deben ser diferentes a los aportados en la experiencia general y estos no necesariamente deben estar inscritos en el RUP.
Para acreditar esta experiencia, el oferente deberá presentar como documento soporte la copia del contrato y copia de acta de liquidación o constancia expedida por el contratante en la que certifique los aspectos mínimos requeridos para acreditar la experiencia del contrato, que fue efectivamente ejecutado.
Las certificaciones deberán ser emitidas por la entidad contratante correspondiente, y deberá contener la siguiente información para avalar su idoneidad:
1. Identificación de quien ejecutó el contrato.
2. Objeto y/o alcance del contrato.
3. Detalle de los insumos o bienes suministrados.
4. Cuantía total ejecutada sin incluir el IVA.
5. Fecha de suscripción y/o iniciación y terminación del contrato, expresadas en día, mes y año.
6. En el evento de experiencia certificada en la ejecución de un contrato dentro de un Consorcio, Unión Temporal u otro tipo de ORGANIZACION BENEFICIARIA, corresponderá el porcentaje de participación del Licitante en dicho contrato. En caso de que no lo indique se asumirá que es del 20%..
en donde se relacione entidad contratante, valor del contrato, objeto del contrato, actividades ejecutadas, plazo, fecha de inicio y fecha de terminación o liquidación.
No se tendrá en cuenta experiencia diferente a la solicitada y se aclara que un consorcio o una unión temporal constituyen un proponente. En el caso de consorcios y uniones temporales la experiencia será la sumatoria de la experiencia aportada por todos o alguno de sus integrantes y el incumplimiento total o parcial de alguna de las anteriores exigencias será causal de rechazo de la propuesta considerándose la misma como NO CUMPLE.
Para los contratos que sean aportados por socios de empresas que no cuentan con más de tres (3) años de constituidas, además del RUP, deben adjuntar un documento suscrito por el representante legal y el revisor fiscal o contador público (según corresponda) donde se indique la conformación de la empresa. La entidad tendrá en cuenta la experiencia individual de los accionistas, socios o constituyentes de las sociedades con menos de tres (3) años de constituidas. Pasado este tiempo, la sociedad conservará esta experiencia, tal y como haya quedado registrada en el RUP
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE.
Para ser considerado hábil, el proponente deberá acreditar como experiencia especifica por medio de la presentación de mínimo dos (2) contratos con su respectiva acta de liquidación cuyo objeto se refiera a Interventorías, administrativas, financieras y técnicas sobre la ejecución de construcciones y/o reconstrucciones y/o mejoramiento de Bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados. La suma de los contratos debe tener un valor igual o superior al 200% del presupuesto oficial al establecido para el presente contrato.
En caso de haber sido ejecutado por consorcio o unión temporal, las cantidades ejecutadas se afectarán por la participación del integrante que esté aportando la experiencia.
La anterior experiencia exigida al proponente debe acreditarse mediante la presentación de cualquiera de los siguientes documentos:
1. Copia del acta final o de liquidación
2. Copia de la certificación contractual.
Estos documentos, deben contener como mínimo, la siguiente información: Nombre de la Entidad contratante Objeto del contrato, Valor total del contrato, Plazo de ejecución total Fecha de inicio, Fecha de terminación, Nombre, cargo, teléfono y dirección de quien expide la certificación.
En caso que la oferta sea presentada por un proponente plural (Consorcio o Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura) la experiencia corresponde a la suma de las experiencias que aporten todos y cada uno de los integrantes del oferente plural. Lo anterior significa que cada integrante del oferente plural debe aportar su propia experiencia y no, sólo un integrante del oferente plural.
En caso de que la experiencia acreditada en el presente proceso, haya sido ejecutada en calidad de Consorcio o Unión Temporal, se tomará como experiencia de cada integrante el porcentaje de su participación en el Consorcio y/o Unión Temporal.
Para acreditar esta experiencia, el oferente deberá presentar como documento soporte la copia de contrato junto a la copia de acta de liquidación y/o la certificación del contrato expedida por la entidad contratante en donde se relacione entidad contratante, valor del contrato, objeto del contrato, actividades ejecutadas o ítems representativos, plazo, fecha de inicio y fecha de terminación o liquidación.
El Comité Técnico de Gestión Local – CTGL realizará la verificación de las condiciones de experiencia mediante el RUP en el caso de que los contratos no se encuentren en el RUP, se tendrán en cuenta las copias de los contratos y sus respectivas actas de liquidación del proponente de conformidad con lo señalado en la ley.
NOTA: El incumplimiento de la experiencia específica mínima requerida por el comité técnico de gestión local – CTGL para el presente proceso será causal de RECHAZO DE LA PROPUESTA.
PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO (REQUISITO PARA EJECUCIÓN)
El oferente deberá acreditar, al menos el siguiente personal, sin perjuicio de lo dispuesto en los demás apartes de este documento de términos de referencia:
1. Director de Interventoría: (1) Ingeniero civil con matrícula profesional vigente, con al menos de 20 años de experiencia general, contados a partir de la expedición de la matricula profesional, especialista en el campo de la ingeniería civil, con al menos 10 años a partir de la fecha de grado y experiencia específica certificada por la entidad contratante como Director de obra y/o de contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de obras de Bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados.
2. Residente de Interventoría. (1) Ingeniero civil, con al menos de 20 años de experiencia general, contados a partir de la expedición de la matricula profesional, especialista en el campo de la ingeniería civil, con al menos 15 años a partir de la fecha de grado, y experiencia específica certificada por la entidad contratante como residente de obra y/o de contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de obras y/o diseños en el campo de la ingeniería.
3. Inspector de interventoría. (1) Tecnólogo en construcción de obra civil o Maestro con al menos quince
(15) años de experiencia general, contados a partir de la expedición de la matrícula de técnico constructor, y experiencia especifica en la construcción de bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados con 100% de disponibilidad de tiempo
Cada uno de los integrantes del equipo de trabajo: Ingeniero Director de interventoría, Ingeniero Residente de interventoría, y Tecnólogo en construcción de obra civil o Maestro de Obra, deberán, anexar la VIGENCIA DE LA MATRICULA expedida por el CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA (COPNIA) o
el organismo competente, además de lo anterior, cada uno de los profesionales debe anexar copia de la tarjeta o matricula profesional o documento según corresponda y la respectiva carta de compromiso original, debidamente suscrita en original (no se admiten firmas escaneadas, fotocopiadas, etc.). Se admiten firmas electrónicas, de conformidad con lo previsto en la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012.
NOTA: La dedicación del residente y del inspector no podrán ser inferior al 100% del tiempo de dedicación (en el caso que exprese la dedicación).
FACTORES DE CALIFICACIÓN Y PONDERACIÓN
Los proponentes que obtengan en cada uno de los requisitos habilitantes establecidos en las normas legales pertinentes, y en el presente documento de términos de referencia el criterio de CUMPLE, serán tenidos en cuenta para la asignación de puntaje, de conformidad con los criterios de selección y adjudicación que se establecen a continuación, los cuales determinaran el ORDEN DE ELEGIBILIDAD de las PROPUESTAS.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE MÁXIMO
Experiencia interventoría 25
Formación y Experiencia del Equipo de Trabajo 90
Apoyo a la Industria Nacional 5
PUNTAJE MAXIMO 120
Se otorgará un puntaje máximo de 120 puntos distribuidos así:
EXPERIENCIA INTERVENTORIA (25 PUNTOS):
Bajo el entendido de que nos encontramos en una modalidad de selección en la que sobresalen factores intelectuales y de experiencia, será destacable y de suma importancia dentro de los requisitos habilitantes establecidos por la Administración, la experticia e idoneidad de los proponentes.
8.3.1. EXPERIENCIA GENERAL – 10 puntos
Para obtener el puntaje el proponente deberá acreditar mínimo la ejecución de DOS (2) contratos de interventoría suscrito con entidad pública y/o privada, cuyo objeto esté relacionado con INTERVENTORIAS TECNICAS, ADMINISTRATIVAS, FINANCIERA Y JURÍDICA y cuya sumatoria sea mayor o igual al 100% del presupuesto oficial, expresado en SMMLV. Los contratos deben estar inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP). Lo anterior se acreditará con la información que conste en el RUP de los proponentes, el cual se debe encontrar en firme.
Los contratos aportados deberán estar registrados en el RUP según el “CLASIFICADOR DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS NACIONES UNIDAS”, los contratos aportados deben estar clasificado en por lo menos cinco (5) de los siguientes códigos:
Se recomienda el uso del CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS, de Colombia Compra Eficiente, disponible en la página web: https://www.colombiacompra.gov.co/clasificador-de-bienes-y-servicios
CODIGO
DESCRIPCION EXPERIENCIA EXPRESADA EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES VALOR MÍNIMO A CERTIFICAR
81101500IngenieríaCivily arquitectura
80101600Gerencia de Proyectos
81101700 Ingeniería eléctrica y
electrónica 162 SALARIOS MINIMOS
MENSUALES LEGALES
VIGENTE
95121700Edificiosyestructuras públicos
95122400Edificiosyestructuras industriales
El Proponente cumple el requisito de experiencia general si la sumatoria de los valores totales ejecutados (incluido IVA) de los contratos expresados en SMMLV es mayor o igual al valor mínimo a certificar.
Nota: Los contratos aportados para acreditar la experiencia especifica deben ser diferentes a los aportados en la experiencia general
Para acreditar esta experiencia, el oferente deberá presentar como documento soporte la copia del contrato, acta de liquidación o certificación expedida por el contratante en la que certifique los aspectos mínimos requeridos para acreditar la experiencia del contrato en donde se relacione entidad contratante, valor del contrato, objeto del contrato, actividades ejecutadas, plazo, fecha de inicio y fecha de terminación
o liquidación.
No se tendrá en cuenta experiencia diferente a la solicitada y se aclara que un consorcio o una unión temporal constituyen un proponente. En el caso de consorcios y uniones temporales la experiencia será la sumatoria de la experiencia aportada por todos o alguno de sus integrantes y el incumplimiento total o parcial de alguna de las anteriores exigencias será causal de rechazo de la propuesta considerándose la misma como NO CUMPLE.
Para los contratos que sean aportados por socios de empresas que no cuentan con más de tres (3) años de constituidas, además del RUP, deben adjuntar un documento suscrito por el representante legal y el revisor fiscal o contador público (según corresponda) donde se indique la conformación de la empresa. La entidad tendrá en cuenta la experiencia individual de los accionistas, socios o constituyentes de las sociedades con menos de tres (3) años de constituidas. Pasado este tiempo, la sociedad conservará esta experiencia, tal y como haya quedado registrada en el RUP.
8.3.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE.15 puntos
Para obtener el puntaje máximo el proponente además de la experiencia general deberá acreditar como experiencia especifica por medio de la presentación de máximo dos (2) contratos diferentes a los de la experiencia general, con su respectiva acta de liquidación cuyo objeto se refiera a Interventorías, administrativas; financieras y técnicas sobre la ejecución de construcciones y/o reconstrucciones y/o mejoramiento de Bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados. La suma de los contratos debe tener un valor igual o superior al 200% del presupuesto oficial al establecido para el presente contrato.
En caso de haber sido ejecutado por consorcio o unión temporal, las cantidades ejecutadas se afectarán por la participación del integrante que esté aportando la experiencia.
La anterior experiencia exigida al proponente debe acreditarse mediante la presentación de cualquiera de los siguientes documentos:
3. Copia del acta final o de liquidación
4. Copia de la certificación contractual.
Estos documentos, deben contener como mínimo, la siguiente información: Nombre de la Entidad contratante Objeto del contrato, Valor total del contrato, Plazo de ejecución total Fecha de inicio, Fecha de terminación, Nombre, cargo, teléfono y dirección de quien expide la certificación.
En caso que la oferta sea presentada por un proponente plural (Consorcio o Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura) la experiencia corresponde a la suma de las experiencias que aporten todos y cada uno de los integrantes del oferente plural. Lo anterior significa que cada integrante del oferente plural debe aportar su propia experiencia y no, sólo un integrante del oferente plural.
En caso de que la experiencia acreditada en el presente proceso, haya sido ejecutada en calidad de Consorcio o Unión Temporal, se tomará como experiencia de cada integrante el porcentaje de su participación en el Consorcio y/o Unión Temporal.
Para acreditar esta experiencia, el oferente deberá presentar como documento soporte la copia de contrato junto a la copia de acta de liquidación y/o la certificación del contrato expedida por la entidad contratante en donde se relacione entidad contratante, valor del contrato, objeto del contrato, actividades ejecutadas
o ítems representativos, plazo, fecha de inicio y fecha de terminación o liquidación.
El Comité Técnico de Gestión Local – CTGL realizará la verificación de las condiciones de experiencia mediante el RUP del proponente.
NOTA: El incumplimiento de la experiencia específica mínima requerida por el comité técnico de gestión local – CTGL para el presente proceso será causal de RECHAZO DE LA PROPUESTA.
Los veinticinco (25) puntos de este factor experiencia del proponente se asignarán así:
EXPERIENCIA ACREDITADA PUNTAJE ASIGNADO
Experiencia general 10 puntos
Experiencia especifica 15 puntos
TOTAL 25 puntos
En el caso de experiencia adquirida en consorcio o unión temporal se tendrá en cuenta el respectivo porcentaje de participación del integrante.
FORMACION Y EXPERIENCIA MINIMA DE LOS PROFESIONALES DEL EQUIPO DE TRABAJO: (90 PUNTOS)
DIRECTOR DE INTERVENTORIA
La puntuación a asignar se realizará de acuerdo con la siguiente tabla, asignando para cada profesional:
DIRECTOR DE INTERVENTORIA PUNTAJE
DIRECTOR DE INTERVENTORIA: Dedicación 50%
Se evaluará y asignará el respectivo puntaje al profesional, Ingeniero Civil con más de 20 años de experiencia general contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional con posgrado en el campo de la ingeniería civil, una experiencia general como especialista no menor a diez (10) años contada a partir de la fecha de grado, y que acredite Experiencia especifica como Director de obra y/o de contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de obras de Bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados.
Con la presentación de una (1) certificación emitida por la entidad contratante como como director de obra y/o contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de obras de Bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados, cuyo valor ejecutado sea mayor o igual al 50% del presupuesto oficial, expresado en SMMLV .
10
Con la presentación de dos (2) certificaciones emitidas por la entidad contratante como como director de obra y/o contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de obras de Bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados, cuya sumatoria del valor ejecutado sea mayor o igual al 100% del presupuesto oficial, expresado en SMMLV.
20
Con la presentación de dos (2) certificaciones emitidas por la entidad contratante como como director de obra y/o contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de obras de Bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados. cuya sumatoria del valor ejecutado sea mayor o igual al 200% del presupuesto oficial, expresado en SMMLV
30
En caso de no anexar como mínimo una de las dos certificaciones solicitadas, se tendrá como no habilitado y tendrá cero (0) puntos.
La experiencia para demostrar debe ser sobre contratos ejecutados y liquidados.
En el evento que se exceda el número de certificaciones exigidas, sólo se tendrá en cuenta para la verificación de experiencia, las primeras certificaciones relacionadas con sus documentos de soporte hasta número de certificaciones solicitadas.
RESIDENTE DE INTERVENTORIA
TIEMPO DE EXPERIENCIA PUNTAJE
RESIDENTE DE INTERVENTORIA: Dedicación del 100%
Se evaluará y asignará el respectivo puntaje al profesional, Ingeniero Civil con experiencia mínima de 20 años de experiencia general, contados a partir de la expedición de la matricula profesional, especialista en el campo de la ingeniería civil, con al menos 15 años a partir de la fecha de grado y que acredite Experiencia especifica como director de obra y/o de contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de obras y/o diseños en el campo de la ingeniería.
Con la presentación de una (1) certificación emitida por la entidad contratante como director de obra y/o de contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de obras y/o diseños en el campo de la ingeniería. Cuya sumatoria del valor ejecutado sea mayor o igual al 50% del presupuesto oficial, expresado en
SMMLV
10
Con la presentación de dos (2) certificaciones emitidas por la entidad contratante como director de obra y/o de contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de obras y/o diseños en el campo de la ingeniería. Cuya sumatoria del valor ejecutado sea mayor o igual al 75% del presupuesto
oficial, expresado en SMMLV
20
Con la presentación de tres (3) certificaciones emitidas por la entidad contratante como director de obra y/o de contratista de obra y/o de interventoría técnica, administrativa, financiera, contable y jurídica y/o director de interventoría, en la ejecución de
obras y/o diseños en el campo de la ingeniería. Cuya sumatoria
30
del valor ejecutado sea mayor o igual al 100% del presupuesto
oficial, expresado en SMMLV
En caso de no anexar como mínimo una de las tres certificaciones solicitadas, se tendrá como no habilitado y tendrá cero (0) puntos.
La experiencia a demostrar debe ser sobre contratos ejecutados y liquidados.
En el evento que se exceda el número de certificaciones exigidas, sólo se tendrá en cuenta para la verificación de experiencia, las primeras certificaciones relacionadas con sus documentos de soporte hasta número de certificaciones solicitadas.
INSPECTOR DE INTERVENTORÍA
La puntuación a asignar se realizará de acuerdo con la siguiente tabla:
TIEMPO DE EXPERIENCIA PUNTAJE
INSPECTOR DE INTERVENTORÍA: Dedicación del 100%
Se evaluará y asignará el respectivo puntaje al personal, Deberá ser Tecnólogo en construcción de obra civil o Maestro de Obra de al menos quince (15) años de experiencia general, contados a partir de la expedición de la matricula profesional y que acredite experiencia especifica en la construcción de bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados.
Con la presentación de una (1) certificaciones emitidas por la entidad contratante, como como maestro en construcción de bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados, cuyos valores ejecutados acumulado sean mayor o igual al 30% del presupuesto oficial,
expresado en SMMLV
10
Con la presentación de dos (2) certificaciones emitidas por la entidad contratante, como maestro en construcción de bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados, cuyos valores ejecutados acumulados sean mayor
o igual al 75% del presupuesto oficial, expresado en SMMLV
20
Con la presentación de cinco (5) certificaciones emitidas por la entidad contratante, como como maestro en construcción de bodegas y/o aulas escolares y/o edificaciones públicas y/o acueductos y/o alcantarillados, cuyos valores ejecutados acumulados sean mayor o igual al 100% del presupuesto oficial,
expresado en SMMLV
30
En caso de no anexar como mínimo una de las cinco certificaciones solicitadas, se tendrá como no presentado y tendrá cero (0) puntos.
La experiencia a demostrar debe ser sobre contratos ejecutados y liquidados.
En el evento que se exceda el número de certificaciones exigidas, sólo se tendrá en cuenta para la verificación de experiencia, las primeras certificaciones relacionadas con sus documentos de soporte hasta número de certificaciones solicitadas
NOTAS:
1. Si lo profesionales presentados en la propuesta no allegaren las certificaciones solicitadas, no serán objeto de puntuación.
2. Dichas certificaciones debe cumplir una de las siguientes condiciones: i) ser suscrita por la entidad pública (exceptuando de estas últimas, las personas naturales, consorcios o uniones temporales).
3. Cada uno de los profesionales presentados por el oferente, deberá anexar la siguiente documentación:
Carta de compromiso por la cual el profesional se compromete a realizar las actividades asignadas dentro de la ejecución de La interventoría objeto del contrato, Hoja de Vida, Tarjeta o Matricula Profesional, Certificado de Vigencia de Matricula o Tarjeta, Copia Cédula,
Cada uno debe anexar la vigencia de la matricula expedida por el COPNIA, copia de la tarjeta o matricula profesional según corresponda y las certificaciones exigidas anteriormente. Igualmente deberá adjuntar la correspondiente carta de compromiso, sin la cual no se aceptará el personal ofrecido, obteniendo 0 puntos por este concepto.
Nota: Cada una de las certificaciones deberá acreditar experiencia específica con un plazo mínimo de (3) meses, por cada uno de los profesionales, de lo contrario no serán tenidas en cuenta.
8.4. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL- FORMATO 9 (5 PUNTOS)
CRITERIO PUNTAJE
Si el proponente y los profesionales de interventoría, propuestos el 100% son nacionales 5 puntos
Si el proponente y los profesionales de interventoría, propuestos no son el 100% de origen nacional 2 puntos
Si el proponente no adjunta esta certificación 0 puntos
PUNTAJE MÍNIMO PARA QUE LA OFERTA SEA CONSIDERADA ELEGIBLE
Para que una oferta pueda ser considerada elegible por el Comité Asesor y Evaluador, deberá obtener como mínimo ochenta y cinco (85) PUNTOS.
8.5. ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Se establecerá el orden de elegibilidad de los proponentes, ordenando las propuestas según el puntaje total obtenido por las mismas, de mayor a menor y se asignará el primer puesto en el orden de elegibilidad al mayor puntaje, el segundo al siguiente, y así sucesivamente.
La valoración de las propuestas surtida conforme a lo previsto anteriormente, será objeto del informe de evaluación, del cual se dará traslado a los diferentes proponentes,
conforme a lo previsto en el pliego de condiciones. Se adjudicará el proceso de contratación al oferente que, habiendo presentado una propuesta elegible, obtenga el primer orden de elegibilidad.
CRITERIOS DE VERIFICACIÓN
CAPACIDAD JURÍDICA CUMPLE/NO CUMPLE
CAPACIDAD TÉCNICA CUMPLE/NO CUMPLE
CAPACIDAD FINANCIERA CUMPLE/NO CUMPLE
CRITERIOS DE PONDERACION
CRITERIOS DE PONDERACION PUNTAJE
EXPERIENCIA INTERVENTORÍA 25 PUNTOS
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO 90 PUNTOS
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 5 PUNTOS
TOTAL PUNTAJE 120 PUNTOS
Nota: Los criterios de ponderación no son subsanables
9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Vencido el término de publicación y recibidas las ofertas de acuerdo con lo establecido en los términos de referencia, los integrantes del Comité Técnico de Gestión Local – CTGL del proyecto evaluarán las ofertas presentadas de manera integral, hasta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes y elegirán la propuesta que:
 En caso de empate, la organización adjudicará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas.
 La comunicación de aceptación que se publique, manifestará la admisión expresa e incondicional de la oferta realizada por el proponente favorecido, los datos de contacto de la entidad y el supervisor designado y con ella se entiende informado para todos los efectos.
 La comunicación de aceptación junto con la oferta constituye para todos los efectos la celebración del contrato, con base en el cual se efectuará el respectivo registró presupuestal.
9.1. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTA
Los resultados de la convocatoria serán publicados en la página del Programa Económico Ambiental del CRIC: [email protected] y en la página WEB de la ADR, Agencia de Desarrollo Rural: www.adr.gov.co, una vez el CTGL avale el proceso y la selección.
10. ANÁLISIS DEL RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO
En cumplimiento de la normatividad vigente, aplicable para el tipo de contratación que se hace en la organización indígena regional CRIC, se debe realizar un análisis del riesgo y la forma de mitigarlo1.
Los riesgos mayores requieren de un monitoreo adicional para disminuir su probabilidad de ocurrencia o mitigar su impacto durante el Proceso de Contratación.
Análisis del riesgo
N°CLASEFUENTEETAPATIPO
DESCRIPCIÓN (QUÉ PUEDE PASAR Y
CÓMO PUEDE OCURRIR)
CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DE LA EVENTO PROBABILIDA D IMPACTO VALORACIÓN DEL CATEGORÍA
1 General Interno Planeación Operacional Se presenta cuando la definición de la necesidad y el objeto establecido en el término de referencia, no se ajusta a la modalidad de selección Retrasos en la revisión y ajuste del término de referencia por parte del abogado(a) a cargo del tema y aprobación del mismo por parte del área de Contratación. Probable 4 Menor 2 6 Riesgo Alto
aplicable.
2GeneralExternoSelecciónOperacionalSe  presenta  cuando  en  el
Retraso en el proceso de selección del proponente, que afecta la satisfacción de la necesidad. Raro 1 Menor 2 4 Riesgo Bajo
mercado no existe suficiente
oferta  de  proponentes  que
cumplan con los requisitos para
la ejecución del contrato de
interventoría.
3GeneralContrataciónOperacionalSepresentacuandoel
Retraso en el inicio de la ejecución del contrato de interventoria y afectación en el logro de los objetivos y satisfacción de la necesidad propuesta. Improbable 2 Menor 2 4 Riesgo Bajo
proponente  seleccionado  no
firmaelcontratode
interventoríaenelplazo
establecido y/o se retrasa en la
constituciónypresentación
de las garantías que amparan
el cumplimiento del mismo.
4GeneralExternoEjecuciónOperacionalOcurre cuando se presentan
Afectación de la ejecución del contrato, satisfacción de la necesidad   y posible
incumplimiento de las obligaciones y actividades pactadas en el contrato. Improbable 2 Moderado 3 5 Riesgo Medio
retrasos o incumplimientos en
la realización de las obras a
cargodelcontratistacon
ocasión de la ejecución del
contrato
5GeneralInternoEjecuciónOperacional
Ocurre cuando se presentan demoras por parte del CRIC a través del interventor de las aprobaciones previas del avance de la obra y demás soportes presentados por el contratista. Afecta el cumplimiento de las obligaciones del CRIC a cargo del interventor del contrato, relacionadas con la aprobación de los avances de obra para el pago de las respectivas actas parciales, y /o facturas y demás soportes y genera retraso en el trámite de pago a favor del contratista. Improbable 2 Moderado 3 5 Riesgo Medio
6GeneralInternoContrataciónFinanciero
Se presenta cuando el CRIC no cuenta con los recursos para pagar el valor del contrato en los plazos establecidos.
Genera mora del CRIC en el pago que puede afectar al contratista, hasta el punto de romper la ecuación económica del contrato. Raro 1 Menor 2 Riesgo Bajo
7GeneralExternoEjecuciónRegulatorioSe presenta por la expedición de normas que impongan nuevos tributos, impuestos o cargas parafiscales, que pueden afectar el equilibrio económico del contrato.
Genera una carga adicional a las previstas, que puede afectar a cualquiera o a las dos partes del contrato. Improbable 2 Menor 2 4 Riesgo Bajo
Fuente: Colombia compra eficiente
Forma de mitigarlo
N° ¿A quién se le asigna? Impacto ¿Afecta la
ejecución del Person a responsable por imple mentar el tratamiento
después
del Monitoreo y revisión
Tratamiento/ Conttratamiento
Probabilida ImpactoValoraciónCategoría
role s a ser implementados ¿Cómo se realiza el monitoreo?
Probabilidad
1 Revisión y apoyo al componente jurídico en la
ejecución del PIDAR 477 de 2021
que solicitan la contratación, aclarando los requisitos y la aplicabilidad de cadaun ad e l a s modalidades de selección. Improbable 2Insignificante 13Riesgo BajoNo
Grupo de Contratación
Asesoría al PEA,
revisión y ajuste de los Términos de referencia, que se
requieran para la
ejecución del PIDAR
477 de
2021,
Constante actualización normativa.
Cada vez que se presenta una solicitud de contratación.
2
CO NT RA TIS TA
Se establecen plazos perentorios para el
perfeccionamiento y ejecución del contrato. Raro 1Insignificante 12Riesgo BajoNo
Grupo de Contratación y
Contratista
Verificando el cumplimiento de los plazos establecidos para el perfecciona miento y ejecución del contrato.
Cada vez que se elabora un contrato de interventoria
3
CO NT RA TIS TA
Seguimiento y
verificación del cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato de interventoría Raro 1Insignificante 12Riesgo Bajo No
Superviso r del contrato
A través de la verificación de cumplimiento de las obligaciones del contratista, en los plazos establecidos en el
contrato.
Permanente y
previo a la expedici n del recibo a
satisfacción.
4 UN ID AD Revisión y
aprobación oportuna de la documentación inherente al contrato de interventoría y demás soportes del mismo. Raro 1Insignificante 12Riesgo Bajo No
Supervisor del contrato interventor Se establecen comités
 de seguimiento y supervisión, para la
revisión previa al contrato de interventoría y demás soportes del mismo.
Conforme a los plazos contractuales.
5
UN ID AD Verificación del
valor total del contrato de suministro y/o sus adiciones en valor, de manera previa a la expedición del registro presupuestal. Raro 1Menor2Riesgo Bajo No área Financiera – Grupo
de Presupuesto En el momento de expedir el registro presupuesta l del Contrato de interventoría y/o sus adiciones en valor, verificar que los valores corresponda n a los del registro presupuestal.
Cada vez que se expide registro presupuestal a un contrato de interventoría y/o adición.
6UNIDAD CONTRATISTA
Aplicación inmediata delas disposiciones legales y ajuste de los procesos internos de la CRIC. Raro 1Insignificante 12Riesgo Bajo No CONTRATISTA UNIDAD Permanente consulta y actualización normativa.
Permanente
Fuente: Colombia compra eficiente
11. GARANTIAS EXIGIDAS:
El contratista constituirá, a favor del CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA (CRIC), como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, a saber: (1) Contrato de seguro contenido en una Póliza., así:
BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO: Cubre al CONSEJO REGIONAL
INDÍGENA DEL CAUCA (CRIC), por los perjuicios sufridos con ocasión de: i) La no inversión, ii) El uso indebido y iii) La apropiación indebida que el Contratista garantizado haga de los dineros o bienes que se le hayan entregado en calidad de anticipo para la ejecución del contrato, y que deberá constituirse por el equivalente al ciento por ciento (100%) por concepto del anticipo, con una vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más. En caso de no haberse convenido por las partes término para la liquidación del contrato, la garantía deberá mantenerse vigente por el término legal previsto para ese efecto.
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SURGIDAS DEL CONTRATO: Este amparo cubre al
CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA (CRIC) de los perjuicios derivados de: i) el incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista; ii) el cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista; iii) los daños imputables al contratista por entregas parciales de la obra, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y iv) el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria. La garantía de cumplimiento del contrato tendrá una vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más. En caso de no haberse convenido por las partes término para la liquidación del contrato, la garantía deberá mantenerse vigente por el término legal previsto para ese efecto. Por una cuantía equivalente al 20% del valor del contrato.
PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES, E INDEMNIZACIONES LABORALES: Cubrirá al
CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA (CRIC), por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista garantizado, derivadas de la contratación de personal utilizado para la ejecución del contrato amparado, por el equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más.
ESTABILIDAD  Y CALIDAD  DE  LAS  OBRAS:  Este  amparo  cubre  al CONSEJO REGIONAL
INDÍGENA DEL CAUCA (CRIC), de los perjuicios ocasionados por cualquier tipo de daño o deterioro, imputable al contratista, sufrido por la obra entregada a satisfacción. Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato con un término de cinco (5) años contados a partir de la fecha en la cual EL CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA (CRIC) recibe a satisfacción la obra.
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor de quinientos (500) SMLMV, que debe estar vigente por el plazo de ejecución del contrato. Si EL CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA (CRIC), ha autorizado previamente la subcontratación, en la PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL se deben cubrir igualmente los perjuicios derivados de los daños que aquellos puedan causar a terceros con ocasión de la ejecución de los contratos, o en su defecto, deberán acreditar que el subcontratista cuenta con un seguro de responsabilidad civil extracontractual propio para el mismo objeto.
En esta póliza solamente se podrán pactar deducibles con un tope máximo del quince por ciento (15%) del valor de cada pérdida sin que en ningún caso puedan ser superiores a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Este seguro deberá constituirse y presentarse para aprobación del CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA (CRIC), dentro del mismo término establecido para la garantía única.
Las franquicias, coaseguros obligatorios y demás formas de estipulación que conlleven asunción de parte de la pérdida por la entidad asegurada no serán admisibles.
El seguro de responsabilidad civil extracontractual debe contener como mínimo los amparos descritos en la
ley.
En caso de que el contrato se adicione, prorrogue, suspenda o en cualquier otro evento en que fuere necesario, EL CONTRATISTA a su costa, se obliga a modificar las garantías de acuerdo a las normas legales vigentes.
En la póliza deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas y que la entidad aseguradora renuncia al beneficio de excusión. En todo caso EL CONTRATISTA deberá reponer la garantía, cuando el valor de la misma se vea afectado por razón de los siniestros presentados, dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes a la notificación del acto que deje en firme la sanción correspondiente.
El contratista o proveedor constituirá a favor del CRIC, las garantías para amparar los riesgos señalados a continuación, las cuales serán otorgadas por un banco o compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, con domicilio en la ciudad de Popayán, aceptables en su procedencia, contenido y forma por LA CRIC.
En la elaboración de las pólizas, el oferente deberá vigilar que el nombre del CRIC debe figurar como CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA – CRIC acompañado de su NIT número 817.002.466-1
Igualmente, el número del NIT y el nombre del tomador indicados en la garantía deben corresponder exactamente con los que figuran en el certificado de existencia y representación legal de la sociedad oferente, cuando este es persona jurídica, o en la cédula de ciudadanía cuando se trate de una persona natural.
El valor de la prima respectiva, así como el de sus ampliaciones, será cubierto por el contratista. Las garantías deberán estar firmadas por el contratista y por la compañía aseguradora y acompañarse de sus respectivos recibos de pago de prima.
La garantía se constituirá en la misma moneda del contrato.
Cuando haya modificaciones de plazo, objeto o precio del contrato, el contratista deberá ampliar las garantías para conservar el monto porcentual y la vigencia aquí pactada, de no hacerlo, el contratista autoriza a la CRIC a iniciar ante la respectiva asegurada los trámites necesarios para la modificación de las pólizas sin que se genere relación económica alguna entre la CRIC y la aseguradora.
Las garantías deberán estar vigentes durante la vigencia del contrato y su liquidación, salvo la vigencia que para un amparo determinado se señale expresamente.
De conformidad con la normatividad vigente en Colombia, el CRIC solicitante del contrato para Realizar la Interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera para la CONSTRUCCIÓN CENTRO DE ACOPIO PARA CAFE en la vereda Vivas Balcázar corregimiento de Tunía Municipio de Piendamó Cauca, para la implementación y ejecución del PIDAR 477-2021, quien es el que elabora los términos de referencia, una vez analizadas las calidades y requisitos del proponente a contratar, el objeto a contratar, el valor y la forma de pago, el plazo de ejecución entre otros factores, determinó exigir las garantías que cubra los riesgos descritos en este ítem.
12. ASPECTOS GENERALES DEL CONTRATO DE INTERVENTORIA OBLIGACIONES DEL CRIC:
1. Realizar el pago oportuno al contratista conforme a lo establecido en el plan operativo de inversión aprobado y previo la aprobación de la cuenta presentada con los documentos que se exigen para ello.
2. Realizar la revisión y aprobación de las pólizas constituidas por el contratista y las actualizaciones y/o modificaciones que se efectúen con relación de la misma.
3. Cumplir con los términos y condiciones de constitución de la Fiducia.
4. Verificar que el contratista y todo el personal a su cargo se encuentre afiliado al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensiones y riesgos profesionales), así como el cumplimiento del pago de obligaciones parafiscales.
5. Exigir al contratista el cumplimiento de todas las normas sobre Seguridad y salud en el trabajo del personal a su cargo.
6. Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado.
7. Actualizar y adoptar las medidas necesarias cuando se produzcan fenómenos que alteren en su contra el equilibrio económico o financiero del contrato, previo informe del supervisor, sobre la ocurrencia de tales hechos.
8. Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufran en desarrollo o con ocasión del contrato.
9. Ejercer las acciones a las que haya lugar, por las situaciones administrativas de la Entidad, como consecuencia del presente contrato.
Y las demás que tengan relación directa con la naturaleza y objeto del contrato que se suscriba
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:
1. Cumplir con el objeto del contrato en la forma y tiempo pactados, de conformidad con las características técnicas requeridas en los términos de referencia y la propuesta presentada por el contratista, documentos que forman parte integral del contrato, con plena autonomía técnica, administrativa, financiera y bajo su propia responsabilidad, por lo tanto, no existirá ningún tipo de subordinación ni vínculo laboral alguno entre el contratista y la Asociación, ni entre ésta última y las personas que vincule el contratista para el desarrollo del contrato. En el evento en que llegue a presentarse contradicción entre los documentos precontractuales y la oferta prevalecerán los primeros.
2. Acatar la Constitución, la ley, las normas legales y procedimentales establecidas por el gobierno nacional y demás disposiciones pertinentes.
3. Acreditar para la presentación de cada una de las facturas y/o cuentas de cobro, que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al sistema de seguridad social integral (salud y pensión), así como en el pago de los aportes parafiscales (SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar), cuando corresponda y pago a la ARL, mediante certificación expedida por el contador y/o revisor fiscal o representante legal, según sea el caso, de acuerdo con lo ordenado por la normatividad vigente junto con las respectivas planillas de pago, que incluyan la cancelación por este concepto de todo el personal dispuesto para el proyecto, en el lapso que se pretende cobrar.
4. Dotar a todo el personal que intervenga en la ejecución de las actividades enmarcadas en el objeto contractual, de elementos de protección personal, insumos y elementos de protección de bioseguridad (protección ante el COVID 19) implementación de protocolos de bioseguridad y seguridad industrial de acuerdo con la normatividad vigente que regule la materia.
5. Informar oportunamente a la Organización Beneficiaria sobre cualquier irregularidad, novedad o anomalía que se presente en la ejecución del contrato.
6. No acudir a prácticas que signifiquen competencia desleal, en los términos previstos en la Ley 256 de 1996 y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
7. Acatar las instrucciones, sugerencias o recomendaciones que para el desarrollo del contrato le imparta el supervisor.
8. Colaborar con la Organización Beneficiaria para que el objeto contratado se cumpla y que sea de la mejor calidad.
9. Adoptar las medidas ambientales, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que igualmente lo hagan sus subcontratistas y proveedores.
10. Responder ante la autoridad ambiental competente por cualquier infracción ambiental por omisión de permisos, concesiones o licencias ambientales que hubiese sido necesario tramitar antes del inicio de la obra o durante su desarrollo.
11. Mantener fijos los precios ofertados y adjudicados durante la ejecución y hasta la terminación del contrato.
12. Guardar total reserva de la información que obtenga de la Organización Beneficiaria en desarrollo del objeto contractual, ya que es de propiedad de la misma, salvo requerimiento de autoridad competente.
13. Presentar factura electrónica validada previamente por la DIAN, como requisito necesario para el pago de los bienes y/o servicios contratados y de conformidad con las condiciones, plazos y requisitos establecido, si a ello hubiere lugar.
14. Constituir las garantías pactadas en el mismo y mantenerlas vigentes hasta su terminación, por lo cual deberá presentarlas a la Organización Beneficiaria para su aprobación dentro del término que se establezca en el contrato. Así mismo, ampliarlas y ajustarlas según las modificaciones contractuales que se pacten.
15. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales.
16. En general las que se desprendan de la naturaleza del contrato y de su objeto.
El contratista en desarrollo del presente contrato tendrá los siguientes derechos y obligaciones: 1) Recibir oportunamente el pago estipulado en el contrato. 2) Cumplir de buena fe con el objeto del presente contrato, de conformidad con la propuesta adjunta, la cual hace parte integral del contrato.
3) Designar un representante para efectos de facilitar y agilizar el manejo de la información entre las partes. 4) Presentar los informes requeridos sobre la ejecución del contrato. 5) Presentar las observaciones y recomendaciones para el buen desarrollo del contrato. 6) Cumplir con el objeto contractual acordado en la forma, cantidad, lugar, fechas y especificaciones requeridas por el CRIC.
7) Constituir las garantías que le sean exigidas en el presente contrato y mantenerlas vigentes por el tiempo estipulado por la CRIC. (si aplica). 8) Acreditar el pago de aportes parafiscales y seguridad social para cada uno de los pagos. Si a ello hubiere lugar. 9) Acatar los requerimientos y observaciones que con ocasión de la ejecución del contrato le hagan el supervisor y/o la contratante.
10) Las demás que tengan relación directa con la naturaleza y objeto del contrato que se suscriba (ELIMINAR).
OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA:
A. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA
1. Presentar a la Organización Beneficiaria, para la aprobación correspondiente, dentro de los XXX
(XX) días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio, las hojas de vida y los soportes correspondientes que acrediten los perfiles, las calidades y la experiencia general y específica del personal profesional requerido para la ejecución del contrato, con excepción de las hojas de vida del personal que hacen parte del equipo de trabajo habilitante y calificable en el proceso de contratación. . En todo caso deberá aportarse el contrato escrito cualquiera sea su tipología a la Organización Beneficiaria a efecto de que se haga la verificación correspondiente.
2. Vincular mediante contrato de trabajo al personal solicitado por la Organización Beneficiaria que
tenga una dedicación XXX (XX) meses respecto de los cuales deberá cumplir con las normas laborales colombianas que se deriven de tal vínculo laboral. Esta regla no aplicará a los especialistas y director de interventoría,
3. Disponer de los equipos técnicos necesarios para la correcta ejecución del objeto del contrato de Interventoría.
5. Ejecutar el contrato de interventoría con el equipo de trabajo solicitado en los TDR.
6. El Interventor no podrá cambiar las personas que integran el equipo mínimo de trabajo sin la autorización previa escrita de la Organización Beneficiaria. En caso de ser necesario reemplazarlo, el nuevo personal debe contar con un perfil igual o superior al del personal que se sustituye. Esta sustitución deberá hacerse en un tiempo máximo de XXXX.
7. Diligenciar, custodiar y mantener actualizada la bitácora de obra.
8. Convocar y ejercer la secretaría técnica de los comités de XXXX y seguimiento.
9. Mantener sistemas de seguridad de la información del proyecto como Back Up o repositorio de archivos, con frecuencia mínima semanal.
10. Responder por la conservación, el uso adecuado, deterioro o pérdida de los elementos que le sean entregados por la Organización Beneficiaria, los cuales solo podrán usarse exclusivamente para la ejecución del contrato.
11. Asistir a todas las reuniones que se programen en desarrollo del objeto del contrato, con la comparecencia de los profesionales del equipo de trabajo, que a juicio de la Organización Beneficiaria o el Comité técnico de Gestión Locasl considere necesaria.
12. Dar respuesta oportuna y en los términos señalados, a los requerimientos realizados por parte de la Organización Beneficiaria.
13. Contar con una sede administrativa en la zona del proyecto.
14. Hacer el reconocimiento del área donde se ejecutará el proyecto en compañía de los profesionales del equipo de trabajo del Contratista y de la Asociación Beneficiaria.
15. Dar instrucciones pertinentes a sus profesionales y técnicos para la elaboración de los informes a entregar.
16. Proyectar y suscribir todas las actas que le correspondan, durante la ejecución del contrato con sus respectivas firmas y listados de asistencia.
17. Disponer del personal ofertado, tanto en dedicación como en perfil durante la ejecución del contrato, salvo lo dispuesto en el numeral anterior.
18. Enviar mensualmente los archivos originales de todo lo actuado durante la ejecución del contrato a la Organización Beneficiaria.
19. Llevar registro detallado de todas las actividades diarias desarrolladas por el personal de la interventoría.
B. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS PARA EL SEGUIMIENTO AL CONTRATO DE XXXXXXX
1. Revisar, los cronogramas detallados del contrato de obra XXXXXXXXX, en un plazo máximo de XXX (X) días hábiles posterior a la firma del acta de inicio.
2. Revisar, evaluar y aprobar las hojas de vida del personal propuesto por el contratista del contrato de obra XXXX para su ejecución, de acuerdo con los requerimientos del CRIC, dentro de los XXX
(X) días hábiles siguientes a la entrega por parte del contratista.
3. Actuar de tal modo que, por su causa, no resulte más oneroso el cumplimiento de obligaciones del contratista, para lo cual debe corregir los desajustes, acordar los mecanismos y los procedimientos de solución rápida y eficaz de las diferencias.
4. Impedir las dilaciones y los retardos en la ejecución del contrato en la ejecución de las obras.
5. Revisar y controlar que el contratista del contrato de obra XXXXX cumpla con las normas de seguridad industrial de acuerdo con las reglamentaciones vigentes en el país.
6. Inspeccionar y verificar la calidad y correcto funcionamiento de XXXXXX, así como el cumplimiento de las especificaciones técnicas de las mismas.
7. Solicitar al contratista las pruebas de calidad que estime convenientes para establecer y evaluar la calidad y cumplimiento del contrato de obra XXXXX con las especificaciones y exigencias técnicas de las mismas, en forma previa al recibo parcial y/o final de estas.
8. Rechazar los trabajos que se ejecuten de manera indebida o ineficiente, ordenando, cuando sea aplicable y necesario, su remplazo o corrección con cargo al contratista.
9. Solicitar y verificar al contratista los certificados de calidad de materiales o ensayos de laboratorio necesarios para acreditar la calidad, protocolos de instalación, prueba, funcionamiento y garantía de proveedor y/o fabricante (equipos, válvulas, medidores, entre otros), el cumplimiento de especificaciones técnicas de construcción, y permisos y licencias donde aplique.
10. Identificar y proponer soluciones y/o recomendaciones de tipo técnico y ambiental para la prevención, control y mitigación de factores de riesgo derivados del proceso constructivo o por los riesgos derivados de emergencias asociadas a fenómenos naturales y/o contingencias sociales
11. Revisar, aprobar, controlar y hacer seguimiento a la Implementación del sistema de Control de Calidad en la ejecución del contrato.
12. Solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución, impartir instrucciones al contratista de XXXX y hacer las recomendaciones que estimen pertinentes, para la correcta ejecución, debidamente documentado.
13. Revisar y aprobar los informes de actividades que deba rendir el contratista de XXXX
14. Informar y solicitar oportunamente al CRIC, cualquier modificación que se deba realizar al contrato de obra XXXXXX
15. Verificar que el contratista del contrato de obra XXX cumpla con lo ofertado para el Factor de Calidad, si obtuvo puntaje para ello dentro del proceso de selección.
16. El CONTRATISTA será el responsable por los actos u omisiones en que incurra en desarrollo de las actividades del contrato que se derive del proceso de selección, cuando con ello cause perjuicio al CRIC o terceros.
17. Las demás que se desprendan de su objeto contractual.
SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Se podrá suspender temporalmente la ejecución del presente contrato por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o cuando las partes de común acuerdo lo consideren pertinente, lo cual deberá constar por escrito mediante acta suscrita por las partes intervinientes, en la que conste tal evento, previa justificación por parte del Supervisor del contrato por parte del CRIC. Cuando estas circunstancias afecten los compromisos del contratista, estos deberán comunicarlo por escrito al Supervisor del contrato inmediatamente tengan ocurrencia, procediendo el CRIC a realizar su estudio para determinar su aceptación mediante acta. De todo lo anterior, el contratista dará aviso a la respectiva compañía de seguros. PARÁGRAFO PRIMERO: Se entienden por fuerza mayor o caso fortuito las situaciones contempladas y definidas por el artículo 64 del Código Civil Colombiano, subrogado por la Ley 95 de 1890. PARÁGRAFO SEGUNDO: Reiniciado el contrato, el contratista deberá remitir, al Supervisor del contrato por parte del CRIC, el certificado de modificación de la garantía, ajustándola en el plazo si a ello hubiere lugar.
DERECHO DE AUTOR: En virtud de la Ley 23 de 1982, modificada por los artículos 28, 29 y 30 de la Ley 1450 de 2011, los derechos patrimoniales de autor sobre los productos y resultados del presente acuerdo comunitario se entienden transferidos por sus autores originales al Consejo Regional Indígena del Cauca – CRIC, sin restricciones de lugar, tiempo ni forma de explotación. En toda forma de explotación que el CRIC haga de las obras resultantes del presente acuerdo comunitario dejará expresa constancia de su procedencia en el marco del presente acuerdo junto con el reconocimiento del Derecho Moral que corresponda o de sus usos honrados según se trate. El CRIC asegurará dicha transferencia por sus dependientes bajo relación contractual con el dinamizador en el desarrollo de este acuerdo comunitario. La información que resulte de este acuerdo comunitario es pública y se prohíbe su uso con fines de lucro. En caso de requerirse reimpresiones, reediciones o nuevas ediciones y/o reproducciones, el CRIC por medio de la dependencia responsable de la publicación deberá gestionar e incluir en el expedite contractual y al Centro de Documentación, los documentos de cesión correspondientes, de los derecho patrimoniales o conexos, suscritos por los autores en las condiciones de cesión pactadas para cada caso.
CONFIDENCIALIDAD: La información confidencial, y todos los derechos a la misma que han sido o serán divulgados al Dinamizador, permanecerán como propiedad del CRIC; el dinamizador no
obtendrá derecho alguno, de ningún tipo, sobre la información, ni tampoco ningún derecho de utilizarla, excepto para el objeto del presente acuerdo. La información confidencial no podrá ser reproducida por ningún medio ni en ningún formato por el Dinamizador sin expresa autorización previa escrita por el CRIC. Una vez agotado el objeto del presente acuerdo el Dinamizador devolverá al CRIC toda la Información, que se pudo vender y transferir para la ejecución contractual, así como las copias que se encuentren en su poder cualquiera sea su formato y deberá destruir la Información y proporcionar prueba de su destrucción al CRIC.
TRATAMIENTO DE DATOS: con la firma del contrato el firmante autoriza de manera libre, expresa, voluntaria, previa, informada e inequívoca a CRIC, en su condición de responsable del tratamiento de los datos personales, para que, almacene, comparta, utilice, transfiera o transmita, y en general realice el tratamiento de mi información, a) La ejecución de este contrato y verificación de permisos y/o licencias para su ejecución; b) Realizar consultas en las listas restrictivas y vinculantes como acción trasversal del sistema de gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo; c). Realizar reportes ante centrales de riesgo por incumplimientos de obligaciones crediticias, previo requerimiento formal y por escrito al titular; d) Revocar la autorización que por medio de este documento; Según la política de protección de datos personales y la Ley 1581 de 2012 y demás leyes que para el efecto aplican. Como consecuencia de la autorización otorgada, al suscribir el contrato.
JURISDICCIÓN ESPECIAL INDÍGENA: Las discrepancias originadas en el desarrollo de la ejecución del acuerdo comunitario, la interpretación y la liquidación se acudirá a las autoridades indígenas competentes por los factores territorial y personal, para que decida en ejercicio de la jurisdicción especial indígena la ruta a seguir.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes resolverán las controversias contractuales que se llegasen a presentar en la ejecución del contrato mediante los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Contractuales – MASC en concordancia con la Jurisdicción Especial Indígena.
MODIFICACIÓN A LOS TÉRMINOS DE LA CONTRATACIÓN: Toda modificación a las especificaciones técnicas, plazo de ejecución y demás información contenida en los términos de referencia, el contrato y sus documentos solo serán válidas si se acuerdan entre las partes que firman el contrato, previo cumplimiento del procedimiento interno de contratación de LA CRIC.
CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA deberá comprometerse a responder contractualmente por el cumplimiento adecuado del objeto del contrato, si el proveedor del producto es un tercero, el contratista no se podrá excusar por el incumplimiento del contrato. El nivel máximo de subcontratación es uno (1), es decir, el contratista no podrá subcontratar a una empresa y ésta a su vez a otra.
El contrato no podrá cederse sin autorización expresa y escrita de LA CRIC, la cual en los casos en que se justifique plenamente, podrá ser concedida por el responsable competente para aceptar la oferta o firmar el contrato, según el caso.
El contratista será, en todo caso, responsable por actos, errores u omisiones de sus empleados, subcontratistas, proveedores o agentes, quienes carecerán de toda acción contra LA CRIC. No habrá relación contractual, administrativa ni de ninguna índole entre LA CRIC y los subcontratistas y proveedores.
CONTROL Y VIGILANCIA DEL CONTRATO DE INTERVENTORIA La organización designará un supervisor quien será responsable del seguimiento, sobre el cumplimiento del contrato que realice una persona natural o jurídica contratada para tal fin por EL CRIC, quien entre otras obligaciones vigilará que la ejecución del contrato esté sujeto a los plazos, términos y demás condiciones contractuales, garantizando la eficiente y oportuna inversión de los recursos establecidos contractualmente, la correcta ejecución de los trabajos con orden y eficiencia, resolviendo con prontitud los requerimientos técnicos del contratista, previniendo
los posibles inconvenientes técnicos y financieros en desarrollo del contrato, verificando las actividades del contratista de interventoría, encaminadas a cumplir con las especificaciones técnicas, requerimientos legales, ambientales y presupuestales establecidos en el presente TDR y en el respectivo contrato que se suscriba. Al igual deberá en el ejercicio de sus funciones observar lo dispuesto en el artículo 4 y el numeral 1) del artículo 26 de la Ley 80 de 1993 y los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011.
Son funciones específicas de la supervisión:
1. Suscribir el acta de inicio una vez recibida la comunicación de cumplimiento de requisitos para inicio del contrato.
2. Certificar el cumplimiento del objeto contratado, dentro de las condiciones exigidas.
3. Revisar los informes de actividades que deba rendir EL CONTRATISTA.
4. Certificar el cumplimiento del objeto contratado, dentro de las condiciones exigidas.
5. Levantar y firmar las actas respectivas.
6. Informar oportunamente al director de la Unidad Técnica Territorial de la Agencia de desarrollo Rural sobre el desarrollo del presente contrato y sobre cualquier incumplimiento en que pueda incurrir EL CONTRATISTA.
7. Impartir las órdenes y sugerencias por escrito y formular las observaciones que estime conveniente sobre el desarrollo del contrato.
8. Verificar como requisito para cada pago, que EL CONTRATISTA se encuentre al día en el pago de sus aportes al sistema general de seguridad social en pensión, salud y riesgos laborales.
9. Exigir al CONTRATISTA el cambio de cualquier integrante del equipo de trabajo, cuando se evidencien fallas o incompetencia en el desarrollo de las labores del proyecto, sin perjuicio de la oferta presentada. En cuyo caso, el integrante del equipo debe contar con las mismas o superiores competencias a las exigidas en el plan y cargas de trabajo.
10. Solicitar los informes y soportes inherentes al alcance técnico, administrativo y financiero del contrato de interventoría.
RECLAMOS DEL CONTRATISTA: Cualquier reclamo relacionado con el contrato deberá presentarlo el contratista por escrito a LA CRIC o al supervisor, dentro de los tres (3) días calendario, siguientes a la primera ocurrencia del hecho motivo del reclamo y éste se resolverá por acuerdo entre las partes.
CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: De conformidad con el artículo 1592 del Código Civil Colombiano, de manera anticipada y expresa, se estipula como cláusula penal pecuniaria indemnizatoria, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del contratista, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del contratista, sin necesidad que se demuestre que hubo perjuicios. Si los hay y no quedan cubiertos por este valor, LA CRIC podrá hacerlos efectivos por separado. El valor de dichos perjuicios se hará efectivo, a elección de LA CRIC, deduciéndolo de las sumas que existan a favor del contratista, que estuviesen pendientes de pago o de la garantía de cumplimiento o por vía judicial.
DESCUENTOS: En la ejecución del contrato, una vez hecha la adjudicación, se efectuará todas las retenciones e impuestos a que haya lugar, incluidas las contribuciones establecidas en derecho propio.
REAJUSTES: Al momento de constituirse el contrato, éste no tendrá reajuste alguno.
DOMICILIO CONTRACTUAL: El domicilio contractual es la sede principal del Consejo Regional Indígena-CRIC en la calle 1ª No 4-50 Popayán- Cauca.
REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El contrato se
entenderá perfeccionado con la firma del acuerdo de voluntades de las partes, es decir con la presentación de la oferta y la posterior aceptación por parte de la CRIC, y para su ejecución requiere de Póliza, acta de aprobación de la póliza, registro presupuestal y acta de inicio.
EL CONTRATO Y SUS DOCUMENTOS: Forman parte del contrato los siguientes documentos: a). Los términos de referencia, anexos e invitación a posibles proponentes, con base en el cual el oferente presentó su oferta. B). Las observaciones y aclaraciones a los términos de referencia si las hay, C). La oferta, anexos y las comunicaciones del contratista en cuanto hayan sido aceptadas por LA CRIC.
D). El acta de evaluación y calificación de propuestas de la invitación. E) La aceptación de la propuesta. F). Las modificaciones o cambios que se convengan por escrito entre las partes durante la ejecución del contrato. En caso de discrepancia entre los diferentes documentos, se atenderá lo dispuesto en ellos en el siguiente orden: el contrato, las modificaciones que se hagan en la ejecución del contrato, los términos de referencia con sus observaciones y aclaraciones, la oferta y sus aclaraciones aceptadas por LA CRIC; así como los demás documentos que se generen durante la ejecución del contrato.
https://www.adr.gov.co/inicio/terminos-de-referencia/terminos-de-referencia-utt-9/
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