El 16 de diciembre del 2008, según se constató por diferentes fuentes y personas, a la altura del kilómetro 39, en el sitio conocido como Gabriel López, EDWIN LEGARDA VASQUEZ fue asesinado, al ser víctima de un ataque indiscriminado efectuado por miembros de una unidad militar adscrita al batallón José Hilario López, la cual le disparó mas de 500 tiros de fusil cuando se movilizaba en dirección Inzá-Popayán, en una camioneta 4X4, marca Mazda, de color rojo, en la que de forma cotidiana se transportaba la Consejería Mayor del CRIC.

Muchas circunstancias tuvo que afrontar la parte demandante para lograr que el caso fuera asumido por la justicia ordinaria y no por la justicia penal militar como pretendía el gobierno de la época, dado que el asesinato de EDWIN LEGARDA no se podía calificar como un acto relacionado con el servicio, demostrándose por el contrario que había sido una grave violación a los derechos humanos de los pueblos indígenas.

Desde el comienzo del proceso penal, los abogados de la defensa, junto con el representante del Ministerio Público del Cauca, buscaron distraer la atención de la opinión pública y poner en duda la credibilidad de los testigos de la Fiscalía, con una estrategia que, por un lado, se dirigía a que la prensa construyera mensajes de desprestigio y duda sobre Aida Quilcué, esposa de la víctima, y por otro, dentro del juicio, a plantear preguntas claramente dirigidas a favorecer la reputación de los Militares. De igual forma, los representantes de las Víctimas se vieron forzados, durante el proceso, a manifestarse contra la Juez y contra la Procuraduría, a través del registro de constancias, por limitar la participación de los representantes de las Víctimas en los contra-interrogatorios.

Sin embargo, en medio de las circunstancias descritas, 21 meses después del asesinato, el Juez Segundo Penal de Circuito Especializado de Popayán emitió fallo condenatorio contra los integrantes del pelotón Galeón No. 7 adscrito al Batallón José Hilario López del Ejercito Nacional por el asesinato de José Edwin Legarda Vásquez, Comunero del resguardo indígena Pickwe Tha Fxiw. El veredicto final, si bien fue considerado un paso delante de la justicia colombiana, al encontrar culpables de este asesinato a soldados y suboficiales del ejército colombiano y condenarlos de forma individual a pagar una condena de 480 meses de prisión, 240 meses de inhabilitación para ocupar cargos públicos y una multa de 2666 salarios mínimos legales vigentes, dejó un vacío al no avanzar en la identificación de los autores intelectuales, como se había requerido al Estado Nacional desde mismo el momento de los hechos, asunto que se espera sea resuelto en el ámbito internacional.

Ahora, al cumplirse el segundo aniversario del asesinato de quién recibió el título póstumo de Minguero Mayor, como Consejería Mayor del Consejo Regional Indígena del Cauca, CRIC, queremos manifestar nuestra voz de solidaridad y acompañamiento a su familiares, en especial a quien fue su Esposa y a su Hija, igual que a toda la familia del resguardo Pickwe Tha Fxiw de Itabe, Tierradentro, municipio de Páez, de donde era comunero Edwin Legarda.

De igual forma manifestamos nuestro reconocimiento y voz de gratitud a las Autoridades Tradicionales indígenas, a las organizaciones sociales, a los organismos de DH, en especial, a los abogados de las víctimas, a los observadores internacionales pertenecientes a organizaciones Defensoras de los Derechos Humanos y a la prensa independiente por haber acompañado la Audiencia de Juzgamiento, por estar atentos a los pormenores del proceso y por su exigencia permanente para que operara la justicia, quienes, además, han manifestado que se mantendrán activos para que se identifique a los agentes intelectuales de este crimen y se garantice el respeto a los derechos de las víctimas de forma que se les brinden todas las garantías que por derecho constitucional y mandatos internacionales les pertenecen.

Consejo Regional Indígena del Cauca –CRIC-

Popayán, 15 de diciembre de 2010

 

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