La Asociación de Autoridades Tradicionales del Consejo Regional Indígena del Huila -CRIHU, en ejercicio del derecho mayor, el derecho propio, Ley de Origen para la pervivencia de los pueblos ancestrales, por medio del presente COMUNICADO manifestamos y hacemos el siguiente posicionamiento político organizativo, frente al programa de alimentación indígena propio –PAIPel cual fue contratado el CRIHU para la atención de la alimentación los estudiantes matriculados en Instituciones Educativas Indígenas en el departamento del Huila.

La Asociación de Autoridades Tradicionales del Consejo Regional Indígena del Huila-CRIHU, reúne a treinta tres (33) formas organizativas de ocho (8) pueblos indígenas, distribuidos en diecisiete (17) municipios del Departamento del Huila; cerca de tres mil cuatrocientas (3400) familias, que, suman una población de 15.400 personas; lo que representa un 1,5% de la población departamental. En ese sentido, como Asociación de Autoridades, enmarcada legalmente en el Decreto 1088 de 1993, buscamos el ejercicio de la gobernabilidad autónoma en los territorios, lo que implica el desarrollo de los sistemas propios, acorde al Decreto 1953 de 2014. Como Consejo Regional: somos un órgano de consulta y orientación de las Autoridades Tradicionales que busca alcanzar ideales que han sido traducidos en el Buen Vivir, bajo los principios de Unidad, Cultura, Autonomía y Territorio que constituyen la base de nuestra plataforma de lucha.

SEÑALAMOS, que El Ministerio de Educación Nacional, expidió mediante la resolución 018858 del 11 de diciembre de 2018, los Lineamientos Técnicos – Administrativos, Estándares y Condiciones Mínimas para la prestación del servicio y la ejecución del Programa de Alimentación Escolar – PAE en los establecimientos educativos que atienden población mayoritariamente indígena y aquellos que se encuentren ubicados en territorio indígena. La resolución es producto de la exigibilidad y posicionamiento de los pueblos indígenas, adelantado en la CONTCEPI con la apuesta de dar cumplimiento a los decretos 2500 del 2010 y el decreto 1953 del 2014, y establece que las autoridades y organizaciones asumen la administración directa del Programa de Alimentación Escolar PAE, proceso que comienza el CRIHU desde el 2019 en concertación de la ruta técnico, jurídico y administrativo con la Secretaría de Educación del Huila.

Con lo anterior, DENUNCIAMOS las series de inconsistencias, falta de garantías, desconocimiento del pluralismo jurídico que protege a los pueblos indígenas y trabas para poder llegar a la contratación final del programa de alimentación indígena propio (PAIP), proceso que llevó casi dos años, siendo necesario exigir la intervención de la Unidad de Alimentos para Aprender -UAPA junto con el Ministerio de Educación Nacional.

DENUNCIAMOS, que contrato del Programa De Alimentación Escolar (PAE) celebrado por la SED el año pasado estableció dos (2) entregas de las Raciones para Preparar en Casa (RPC) en cumplimento de la atención en el marco de la pandemia, a lo cual solo hizo la entrega de 1 sola ración en las diferentes instituciones educativas indígenas. Analizando la situación, los rectores de las instituciones educativas Indígenas, solicitaron por medio de derecho de petición a la Secretaría de Educación (SED) del departamento del Huila informar la razón por la cual no se habían entregado las respectivas raciones contratadas. La Secretaría de Educación (SED) del Huila respondió con evasivas, solicitando un tiempo determinado para reunir la información requerida. EXIGIMOS, por tanto, que la SED del Huila remita la documentación solicitada mediante derecho de petición, relacionada con el proceso de concertación y cumplimento contractual del operador del PAE en la vigencia 2020 – 2021.

RECHAZAMOS la persecución administrativa por parte del gobierno departamental ya que, sin haber trascurrido 2 semanas de la contratación del programa de alimentación indígena propio -PAIP, se han venido presentando una serie de persecuciones, en el entendió que la Secretaría de Educación (SED) del departamento del Huila, ha realizado una serie de visitas (vivistas que no se realizaron con el operador anterior) a las instituciones educativas indígenas beneficiarias del PAIPEs preciso indicar que dichas visitas no se han coordinado con el CRIHU, de acuerdo con el debido proceso y reconocimiento de la jurisdicción como gobiernos indígenas.

EXIGIMOS, en ejercicio se nuestra autonomía, se aclare, por parte de la Secretaría de Educación Departamental, la razón por la cual se hacen diferentes requerimientos y visitas a las instituciones educativas indígenas cuando apenas se lleva dos 2 semanas de haber contratado el PAIP mientras que los anteriores operadores no se les aplicaba dicho control

PROPONEMOS, la concertación de un mecanismo de seguimiento de los procesos de los pueblos indígenas frente PAIP en las IE, según la resolución 018858 del 11 de diciembre de 2018 y bajo el respeto de nuestros usos y costumbres de los pueblos ancestrales en ejercicio de autonomía del gobierno propio.

LLAMAMOS, Al ministerio Público -Fiscalía general de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación- y demás entes competentes, para que se hagan las respectivas investigaciones y se pueda dar claridad del por qué a La Asociación de Autoridades Tradicionales del Consejo Regional Indígena del Huila – CRIHU, se están presentando una serie de trabas para realizar la respectiva ejecución del programa de alimentación indígena PROPIO (PAIP)  mientras que a los operadores anteriores no se les realizó el respectivo seguimiento tanto que no se entregaron las respectivas raciones a la población de las instituciones educativas contratadas.

 La Asociación de Autoridades Tradicionales del Consejo Regional Indígena del Huila – CRIHU

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