Tratado de Libre Comercio Colombia-Estados Unidos.

Nueva constitución que negó la participación del Constituyente Primario

El presidente Barack Obama gestionó la aprobación del TLC con Colombia y el Congreso de los Estado Unidos lo aprobó a pesar de la oposición y lucha perseverante de parlamentarios comprometidos con la garantía previa de los derechos humanos.

No resta mucho que decir cuando, coincidencia o acto deliberado, el Tratado de Libre Comercio Colombia-Estados Unidos, se firma un 12 de octubre, fecha simbólica de la primera invasión al territorio hoy conocido como América. Dicho tratado, en palabras, incluso del mismo gobierno y sus amigos, resulta siendo un instrumento que facilita la apertura a los productos norteamericanos y al capital multinacional en detrimento de la mayoría de los habitantes del país, en especial de los pobladores del campo, el empleo nacional, los pequeños y medianos productores, la naturaleza, el agro colombiano y el valor agregado, siendo, a todas luces, un nuevo marco jurídico que limita la Constitución nacional y aísla a Colombia del concierto de naciones con autodeterminación.

Como pueblos indígenas, en unidad con otros sectores pobres del país, en su momento habíamos manifestado nuestro rechazo al TLC elaborado por el Gobierno Uribe y aprobado por el Congreso Colombiano, con el visto bueno de la Corte Constitucional, razón por la cual, en noviembre del 2008, al saludar la elección del Señor Barak Obama, el Consejo Regional Indígena del Cauca, CRIC, a nombre de la Minga de Resistencia social y comunitaria, le escribió al nuevo presidente de los Estado Unidos, que uno de los meritos de su triunfo había sido “…poner en duda la política exterior de guerra del gobierno republicano”, debido a que había “ dejado saldos lamentables en países como el nuestro”, pues las instituciones contaban con recursos y asesores militares que habían “afectado la convivencia ciudadana y limitado la garantía de los derechos humanos”. En dicha comunicación se le recordaba que a lo narrado ya él le había prestado principal atención, permitiendo, en su momento “cuestionar la política del presidente Uribe frente al asesinato de sindicalistas”. Explicándole que el mundo sabía que igual suerte sufrían “indígenas y afrocolombianos, todo ello apoyado con recursos del Plan Colombia y con la promoción de leyes que limitan los derechos humanos y el derecho internacional humanitario”, sugiriendo en consecuencia que dicha comunicación sirviera “…para iniciar un proceso de acercamiento” que permitieran mostrar de primera voz la realidad de nuestras gentes y territorios con “versiones diferentes a las expresadas por los voceros del gobierno nacional, en especial de comunidades y organizaciones como las nuestras” que nos oponíamos al proyecto de TLC, igual que a otros proyectos que en ese momento estaban “poniendo en riesgo no solo los derechos humanos sino la estabilidad de la madre tierra y de toda la naturaleza”.

Fue claro que el Gobierno colombiano a nombre del Estado y falsificando la representación de sectores sociales, especialmente indígenas, alterando informes de derechos humanos y hablando de procesos de desmovilización que nunca se concretaron, continúo la gestión para que el proyecto fuera aprobado por el Congreso de los Estado Unidos, lo cual sucedió y hoy espera la firma del presidente Barack Obama, noticia lamentable para los sectores democráticos del país y del mundo.

Lo cierto es que Colombia hoy tiene un tratado que sustituye la legalidad colombiana, un tratado, que a pesar de los procesos de consulta realizados por indígenas, campesinos, sindicalistas y productores agrarios, siguió su curso sin atender los reclamos sociales, en donde el gobierno mostró nula intención por garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, los derechos colectivos de los pueblos indígenas y los derechos de los trabajadores, especialmente los de asociación y negociación colectiva, tal como se lo requerían, entre muchos, el relator para pueblos indígenas de la ONU, la OIT, La Confederación Norteamericana de trabajadores AFL-CIO, y organismos como WOLA y HUMAN RIGHTS WATCH, e incluso la misma Corte Constitucional colombiana.

Fue público, en cuanto a reivindicaciones de los pueblos indígenas, que el gobierno no solo desconoció nuestros requerimiento y sugerencias sino que usó un lenguaje demagógico, recurrió a indígenas desobedientes que no hacían parte de los procesos orgánicos locales ni del país, igual que hizo con personas de otros sectores sociales, para que defendieran el TLC en el llamado Cuarto de al Lado y apeló a la creación de organismos paralelos de dudosa representación étnica como la opic, para que hablaran a su favor, con los cuales fomentó el racismo y desestimo nuestras iniciativas, bajo la promesa que el TLC no afectaría los territorios indígenas. Situación que continuaremos defendiendo desde nuestros procesos de autonomía y resistencia.

Por ahora, lamentando la nueva realidad de dependencia jurídica del orden internacional en la que permanecerá Colombia por décadas, donde la Constitución Política será un adorno más de lo que ha sido en materia de derechos humanos y garantías fundamentales, la Consejería Mayor CRIC, nos comprometemos a promover la creación de un OBSERVATORIO del TLC, que permita hacer un seguimiento pormenorizado de los efectos que producirá este nuevo escenario, instancia a la cual invitamos a todos los sectores sociales organizados, empresariales y académicos que no solo advirtieron sobre las consecuencias nefastas de este Tratado sino que apoyaron, promovieron y participaron del proceso de consulta que convocamos en el año 2004 y que definió un NO rotundo a la iniciativa Presidencial. Igualmente llamamos a los congresistas y líderes políticos colombianos que criticaron el proceso de aprobación legislativa del TLC, demostraron las amenazas que conllevaba su firma para el país y propusieron cambios en el texto original, igual que a los congresistas de Estado Unidos que de forma aferrada defendieron hasta el último momento la vigencia de los derechos humanos y reclamaron de forma permanente que su país exigiera como requisito, al gobierno colombiano, plena garantía de los derechos laborales de los trabajadores de este país.

Nuestra intención en la actualidad, es permanecer vigilantes para que los derechos de los pueblos indígenas a la participación y a la consulta, en términos de consentimiento previo libre e informado no vayan a ser desconocidos como ya sucedió cuando se formuló y aprobó el Tratado de Libre Comercio entre Colombia y los Estado Unidos.

CONSEJERÍA MAYOR

CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA –CRIC-

Popayán, octubre 14 de 2011

CONVOCATORIA No. 026 DE 2022

Por medio del cual se convoca a los interesados en participar en la siguiente convocatoria teniendo en cuenta el objeto y los requisitos habilitantes que se relacionan a continuación:

OBJETO: Contratar la compraventa de elementos de ferretería para el cumplimiento de las actividades del proyecto de salud indígena en el departamento del Putumayo para el Municipio de Orito.

JUSTIFICACIÓN: La IPS-I MINGA debe contratar el suministro de víveres para el cumplimiento de las actividades del proyecto de salud indígena en el departamento del Putumayo, Municipio de Orito. Actividades a realizar: Solicitud de necesidad para la adquisición de materiales de ferretería; para el desarrollo parcial de las actividades del Proyecto de Salud Indígena el cual beneficiara a 48 personas en el Implementación de acciones en la categoría de vivienda armónica de la estrategia Territorios saludables para crianza de la vida en la comunidad, ETSCV Vivienda armónica, y 11 beneficiarios al Apoyo al sabedor ancestral ( Incluye cuido, dotación y otros), y 04 beneficiario Implementación y/o fortalecimiento de huertas comunitarias; periodo 2022 afectando el CDP No.20220499 del 25 de abril de 2022 rubros presupuestales 24502090702 –  24502090701 en el Municipio  de Orito Putumayo.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CARACTERÍSTICAS DEL BIEN: 

ITEM BIEN CANT UNIDAD DE MEDIDA ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CARACTERÍSTICAS DEL BIEN O SERVICIO VALOR/U VALOR/T
1 ALAMBRE 2 BULTO   PUA CALIBRE  12.5X400MTS
2 ALAMBRE 2 BULTO   PUA CALIBRE 16.5X200M.
3 ALAMBRE 10 KILO AMARRE NEGRO
4 AZADON 1 UNIDAD  X 2 lbs
5 CEMENTO 108 BULTO GRIS  X 50 KL
6 CODO 9 UNIDAD P.V.C  X 1/2
7 CODO 1 UNIDAD   SANITARIO CXC 2″
8 CODO SANITARIO 2 UNIDAD SANITARIO CXC 3″
9 FUMIGADORA 1 UNIDAD  20 LTS
10 GRAPA CERCA 6 KILO CALIBRE 1″X 800 GR
11 LAMINA 69 UNIDAD ZINC 34 3X10 3.05
12 LAMINA 417 UNIDAD ZINC 34 3X12 3.66
13 LAVAPLATO 1 UNIDAD  ACERO A/DERE 100X50COMPLETO
14 LIMA 13 UNIDAD LIMA TRIANG. REGUL. CABO # 06
15 MACHETE 9 UNIDAD  RULA CALIBRE # 24
16 MALLA 35 METRO ESLABONADA CAL.12.5XM2
17 MALLA 1 ROLLO METAL. X 1mt 1.8X1 1/4X36
18 MALLA 2 ROLLO PLASTICA DE 1.80 POR 50M
19 POLISOMBRA 26 METRO  AL 80%  4 MT ALTO X 26 LARGO
20  MINERAL 2 LIBRA  ROJO CAJA X 1lb
21 PALA 2 UNIDAD ANILLADA T. SIN CABO
22 PALA 1 UNIDAD  HOYADORA  C.16 SIN CABO
23 PALA 3 UNIDAD REDONDA # 4  SIN CABO
24 PUNTILLA 115 PAQUETE  PARA ZINC X BOLSA
25 RASTRILLO 1 UNIDAD  PRADO
26 SANITARIO 2 UNIDAD BLANCO
27 SANITARIO 2 UNIDAD COMBO- BLANCO (tohallera, jabonera,sanitario, griferia, lavamanos ).
28 SOLDADURA 3 UNIDAD  LIQUIDA P.V.C. 1/128.
29 TANQUE 1 UNIDAD PLAST. TAPA X 1000lt D.C. SOLO
30 TANQUE 2 UNIDAD TANQUE PLAST. TAPA X 500lt D.C. SOLO ALTO
31 TEE 5 UNIDAD PRESION X 1/2
32 TUBO 4 UNIDAD P.V.C. PRES. 1/2″ RDE 13.5
33 TUBO 9 UNIDAD SANITARIO METRO 3″ LIVI
34 TUBO 1 UNIDAD SANITARIO X 6M DE 2″
35 UNION 7 UNIDAD UNION SANITARIA X 03″
36 VARILLA 60 UNIDAD CORRUGADA 1/2X60X6
37 VARILLA 17 UNIDAD  CORRUGADA 11X60X6
38 VARILLA 63 UNIDAD  CORRUGADA 3/8X60X6mt

 

Nota 1: Los proponentes deberán especificar dentro de sus ofertas las marcas que se comprometen a entregar en caso de ser seleccionado como proveedor.

Nota 2: Los insumos de ferretería deben ser entregados en el Barrio Vergel Diagonal al Hospital de Orito.

 REQUISITOS HABILITANTES Y DE EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL:

  1. Carta de presentación de la propuesta.
  2. Propuesta debidamente foliada.
  3. Con la carta de presentación de la propuesta se entiende presentada la declaración juramentada por parte del proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del contrato, así como el origen licito de los recursos destinados para la ejecución del contrato.
  4. Copia de la cedula de ciudadanía del proponente ampliada al 150%.
  5. Certificado de existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la cámara de comercio con fecha no mayor a treinta (30) días del cierre de la presente convocatoria
  6. Registro único Tributario
  7. Certificado de antecedentes disciplinarios, fiscales y judiciales tanto del representante legal como de la empresa.
  8. Certificación bancaria
  9. Estados financieros con corte a 31 de diciembre 2021 y notas de los estados financieros
  10. Copia de la tarjeta profesional del contador quien firma los estados financieros y el certificado de la junta central de contadores vigente.
  11. Acreditar experiencia adjuntado contratos de suministro de ferretería de igual o mayor valor.

FECHA, HORA Y LUGAR PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas deben ser radicadas en el área de gestión documental de la IPSI MINGA, carrera 11 # 12n -75 barrio Santa Clara o en Calle 13 #12-67 B/ Obrero Etapa 2 Mocoa-Putumayo.

APERTURA DE LA CONVOCATORIA: 16 de septiembre de 2022.

CIERRE DE LA CONVOCATORIA: 23 de septiembre de 2022 a las 4:00 pm.

La propuesta y los requisitos habilitantes deben ser presentados en SOBRE SELLADO, en el lugar establecido en la presente convocatoria.

Las propuestas fuera del horario, fecha y lugar establecido no se tendrán en cuenta para el proceso de selección.

Nota: El proceso de selección del proveedor está exclusivamente a cargo de la Junta Administradora y del comité de compras según el cumplimiento de los requisitos exigidos, ninguna persona de manera individual tiene la autorización de negociación.

Se debe tener en cuenta que el RUT y la cámara y comercio deben de contar con la actividad económica que permita el proceso contractual; de lo contrario favor abstenerse de enviar la propuesta económica.

Observación a la convocatoria: Las observaciones que se tengan sobre la presente convocatoria deben enviar a los siguientes correos [email protected]

CONTINUIDAD CONVOCATORIA No. 026 DE 2022 IPSI MINGA – PSI PUTUMAYO

 JUNTA ADMINISTRADORA AIC-EPS-I

 LESVY BEVERLY YONDA NACHE

Representante Legal

AIC EPSI

CONVOCATORIA 026 PUTUMAYO