Este artículo hace parte de la serie documental «Memoria y Patrimonio».
La Justicia Propia de los Pueblos Indígenas del Cauca no es una alternativa menor ni un complemento al sistema judicial colombiano. Es un sistema vivo, Ancestral y vigente, con capacidad para resolver conflictos, restaurar el daño y sostener el tejido social. Su ejercicio es una expresión concreta de autonomía, Gobierno Propio y pervivencia cultural.
En tiempos de crisis civilizatoria, la Justicia que nace de la Madre Tierra y es interpretada por el sentir de los Pueblos Originarios, puede ofrecer caminos de dignidad, equilibrio y sanación.
Reconocer y respetar esa justicia no es un acto de tolerancia, sino una obligación constitucional y ética
Primer momento: Cuando la Justicia nace de la Madre Tierra

Sentado en uno de las clásicas sillas del Congreso de la República, el representante a la Cámara, Ermes Pete, afirma que antes de la llegada de los “invasores”, los pueblos originarios ya ejercían la Justicia Propia, ya tenían sistemas normativos propios para resolver conflictos, sancionar daños y restaurar la armonía colectiva.
Desde el fogón de su comunidad, Jorge Sánchez, líder indígena del Territorio de Ambaló, dice que, como Indígenas, el sentir de la ancestralidad les ha permitido continuar el camino que los mayores recreaban en el pasado. Interpretando los mensajes dados por la madre tierra, las desarmonías ocurridas en los territorios trascendían de lo onírico a la realidad, logrando entender los sueños y a partir de esos mensajes resolver situaciones que desestabilizaban a las comunidades.

En ese entonces, hablar no era suficiente, reflexiona Nelson Cucuñame, sabedor Nasa del derecho propio en el Norte del Cauca. Indica, desde su sentir como Indígena Originario, que antes de la llegada de los españoles la palabra apenas caminaba y, solo las señas que daba la naturaleza misma de las cosas, lograban esclarecer las desarmonías ocurridas en las comunidades. Por eso es necesario, dice, evidenciar que “la Justicia Propia se basa en el derecho mayor como una concepción normativa que integra la cosmovisión, la historia y la experiencia del Pueblo”.

Segundo momento: Cuando, gracias a la lucha, la Justicia Propia se legitima
En su relato, Nelson Cucuñame agrega que el reconocimiento constitucional de la Justicia Propia en Colombia no fue una concesión gratuita del Estado. Fue el resultado de décadas de lucha del movimiento indígena, incluyendo la desmovilización del Movimiento Armado Quintín Lame, que se transformó en fuerza política y jurídica durante la Asamblea Nacional Constituyente.
En las actas reposa que Alfonso y Gildardo Peña Chepe, como comandantes del grupo armado defensor de los derechos Indígenas, acompañados por el asesor de paz Henry Caballero, iniciaron un proceso de negociación y diálogo con el gobierno nacional el 26 de junio de 1990 el cual se protocolizó el 27 de mayo de 1991.
Gracias a esa acción política, la Constitución de 1991 reconoció, en su artículo 246, que las autoridades de los pueblos indígenas puedan ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito Territorial, de acuerdo con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y las leyes.
Este reconocimiento formal abrió el camino para ejercer la Justicia Propia con mayor fuerza, aunque en la práctica el Estado ha mantenido limitaciones, interferencias y desconocimiento estructural. Sin embargo, desde los Territorios, las comunidades han continuado fortaleciendo sus sistemas de gobierno y justicia.
Tercer Momento: Cuando la Justicia Propia camina en defesa de la Vida y el Territorio
“El primer hecho de justicia en el marco de la Justicia Especial Indígena sucedió en Jambaló, con la muerte de mi hermano” Afirmó Andrés Betancurt mientras recordaba que Marden Betancurt Conda, fue cruelmente asesinado el 19 de agosto de 1.996 cuando cumplía 18 meses de Alcalde de su Territorio, durante el desarrollo de las fiestas patronales en la cabecera municipal.

Ese día no se juzgaba un delito común. No era un robo. No era una pelea entre vecinos. Ese día, la comunidad se reunía para ejercer el derecho mayor: hacer justicia, no desde el odio, sino desde el equilibrio. El crimen que pesaba sobre el Territorio era profundo: el asesinato de Marden, exalcalde nasa del municipio de Jambaló, líder respetado, caminante incansable.
La versión oficial, sobre su muerte, apuntaba a las FARC, pero en la comunidad ya se sabía lo que la guerra no siempre deja ver: los autores del daño no fueron solo los que apretaron el gatillo, sino quienes entregaron la palabra torcida que llevó a su muerte. Comuneros, hijos del mismo territorio, habían llevado un falso testimonio a los grupos armados. Las FARC lo ratificó. El ELN ejecutaron. Marden cayó.
Fue así que después del asesinato, la asamblea en pleno decidió hablar. La Justicia Propia no necesitaba toga ni estrados. Bastaba la palabra colectiva. Bastaba la memoria. Bastaba el dolor no sanado.
Los responsables fueron llamados uno a uno. Escucharon sin interrumpir. Luego hablaron los mayores, los testigos, las mujeres que tejían mientras lloraban. Se levantaron voces antiguas, llenas de sabiduría, que decían: “cuando se rompe el tejido, hay que hilar con calma; cuando se riega sangre, hay que lavar con verdad”.
Al final, la sanción fue clara: fuete, para corregir el cuerpo y liberar el alma; cepo, para inmovilizar al que daña y hacerlo reflexionar; destierro, para permitir que la comunidad sane sin su presencia. Ninguna de estas penas buscaba venganza. Todas nacían del derecho mayor, del deseo profundo de restaurar el camino torcido.
Frente al recordado primer episodio donde se ejerció la Justicia Indígena, en un periódico de carácter nacional se publica en enero de 1997 lo siguiente: Las Autoridades Indígenas iniciaron una investigación para ejercer su propia justicia, amparados en la Constitución.
Relata el histórico abogado del CRIC, Álvaro José Mejía, “Esa sanción no fue por autoría material del homicidio, sino por instigar un homicidio o contribuir a que otro cometiera el homicidio”, describiendo el proceso y las razones que se dan para juzgar desde el derecho mayor, el derecho propio, a los responsables.

Por eso, a pesar que en el momento se realizaron acciones jurídicas y políticas para impedir que la institucionalidad reconociera el proceder de la Justicia Propia y su sentencia, finalmente, desde la justicia ordinaria, fallos de tutela y de carácter constitucional, le dieron la razón al sentir propio para ejercer justicia que implementan los Pueblos Originarios.
Se demostró que cada paso que se dio en este proceso, fue en el respaldo de la decisión del Cabildo, de sus usos y costumbres, del derecho mayor, del derecho ancestral y del derecho al Territorio. Igualmente, se demostró que la decisión se surtió con efectos de investigación y las pruebas sumaron para tomar decisiones en derecho.
Andrés Betancourt, asevera que aplicar Justicia Propia en su Territorio se da gracias a la capacidad que tuvieron las Autoridades que acompañadas por sus comunidades asumieron con responsabilidad política este lamentable hecho y lo condenaron colectivamente.
En ese proceder se destaca que la organización se unió y que en vista del entorpecimiento de la ejecución de los castigos desde la cosmovisión propia, elaboraron La Resolución de Jambaló, en la que declararon mantener las sentencias y fortalecer el derecho propio en los Territorios Indígenas del CRIC.
Según recuerda Álvaro Mejía, uno de los primeros en liderar el ejercicio Constitucional de Justicia Propia dinamizado en Jambaló por la muerte de Marden Betancurt , fue Cristóbal Secue, Autoridad Tradicional, mayor, orientador y comunero del Pueblo Nasa.
Recuerda también Mejía que desde la época en que el CRIC comenzaba a consolidar su propuesta de Gobierno Propio, Cristóbal impulsó el debate sobre la Autonomía Jurídica como una dimensión clave de la lucha Territorial.
“No nos están regalando nada,” decía. “Lo que hacemos hoy con los cabildos, con los comuneros, con las asambleas, es recuperar lo que siempre fue nuestro. Nosotros tenemos ley. Tenemos camino. Tenemos pensamiento.” Parafraseaba Cucuñame recordando al mayor Secue.

Hoy, desde la organización se replican los saberes dejados por la comunidad de Jambaló después de la muerte de su líder Marden, pero también se dinamizan las orientaciones dejadas por Cristóbal Secue, quien fue práctico, profundo y espiritual en torno al modo de ejercer Justicia en los Territorios Ancestrales. Ayudó a posicionar la Justicia Propia dentro de la estructura del CRIC como uno de los pilares del Gobierno Propio. Impulsó la formación de orientadores jurídicos y sobre todo, enseñó que no se puede juzgar sin sanar, ni sanar sin verdad.
Por: Memoria y Patrimonio del Programa de Comunicaciones CRIC.






