COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

EL CONSEJO TERRITORIAL DE AUTORIDADES INDIGENAS DEL ORIENTE CAUCANO COTAINDOC, EN EL MARCO DE LA AUTONOMÍA, EL DESARROLLO DEL DERECHO PROPIO, LA DEFENSA TERRITORIAL, LA DEFENSA DE LA VIDA, Y ASUMIENDO EL EJERCICIO DE CONTROL TERRITORIAL, COMO ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y ADMINISTRATIVA,

DENUNCIAMOS:

Ante las Organizaciones de Derechos Humanos, la Personería Municipal, la Defensoría del Pueblo, Gobierno Nacional y Departamental, las Organizaciones Sociales, y nuestra Organización Consejo Regional Indígena del Cauca-CRIC, los hechos ocurridos el día 13 de diciembre del 2019, en el cual fueron capturados ilegalmente los comuneros pertenecientes al Resguardo Indígena Guambiano La María Piendamó Rodrigo Morales Sánchez, identificado con cedula de ciudadania N°. 1.061.533.740 expedida en Piendamó y Carmen Lilia Pillimue Morales, identificada con cedula de ciudadania N°. 1.064.428.659 expedida en Piendamó, quienes fueron aprehendidos por parte de miembros de la POLICIA NACIONAL y dejados en la Estación de Policía de Kokonuko.  

 Advertimos también que siendo las 9 pm del día 13 de diciembre de 2019, la POLICIA NACIONAL DE LA ESTACION DE KOKONUCO desconoció la ilegalidad de las condenas y entrego de manera irresponsable a los comuneros anteriormente enunciados, lo cual se constituye en un secuestro por parte del señor Luis Enrique Yalanda Hurtado quien posterior a la entrega de los compañeros no suministro ningún tipo de información a los familiares quien se encontraban en la estación de policía a la espera de su libertad , situación que nos preocupa gravemente.

Estos hechos solo permiten evidenciar la carencia de orientación política, muestra de que el Gobernador del Resguardo Indígena de La María LUIS ENRIQUE YALANDA ha perdido la sensatez, cegado en el Autoritarismo y sumido en la terquedad, pues no encontramos justificación alguna para AVALAR un procedimiento que desata la consecución de hechos delincuenciales y vulneratorios de la dignidad colectiva de los pueblos indígenas refrendados como JUECES NATURALES CONSTITUCIONALES.

Rechazamos de manera decidida  la consecución permanente de actos violatorios e indiscriminados que atentan contra la armonía y el equilibrio de nuestra comunidad, Autoridad Tradicional legitima y Territorio Ancestral Guambiano La Maria, filiales al Consejo Territorial de Autoridades Indígenas del Oriente Caucano COTAINDOC y CONSEJO REGIONAL INDIGENA DEL CAUCA CRIC que compromete la responsabilidad de la nación/ ministerio de defensa/policia nacional, entidades que vienen ejecutando ordenes de capturas en los diferentes puestos de policias o los llamados cai localizados en los DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA Y CAUCA, en los cuales han sido capturados ilegalmente nuestros compañeros como consecuencia de señalamientos indiscriminados en contra de los comuneros del Resguardo indígena Guambiano La María, que a la fecha no han sido esclarecidos, pues no se ha evidenciado en ningún tiempo la activación de las garantías para la protección del derecho fundamental al debido proceso y el derecho a la defensa de los comuneros señalados de la comisión de actos de desarmonizas y desequilibrios en el Resguardo indígena Guambiano La María, lo cual convierte las acciones efectuadas en cabeza del señor LUIS ENRIQUE YALANDA en acciones de ABUSO DE AUTORIDAD  QUE CADA VEZ AVANZA EN COMPLICIDAD CON MIEMBROS DE LAS FUERZAS PUBLICA DEL GOBIERNO NACIONAL.

La Ley Natural que orienta nuestros ejercicios político-organizativos como pueblos milenarios que preexistimos en el tiempo y en el espacio han sido desdibujados con una actuación desproporcional, ilegitima, ilegal, de extralimitación de las funciones frente a la investidura de la Autoridad Tradicional conferida por la Ley de Origen, Derecho Mayor y Derecho Propio; pues jamás en los Territorios Ancestrales hemos tenido que valernos del uso de la fuerza mucho menos de DESAPARICIONES NI SECUESTROS para hacer el llamado al orden de nuestros comuneros.

COMO Consejo Territorial de Autoridades Indígenas del Oriente Caucano COTAINDOC, hacemos un llamado inmediato a los organismos nacionales e internacionales DDHH a atender inmediatamente esta situación de Emergencia Humanitaria frente a este tipo de acciones que representan una flagrante vulneración en contra de la humanidad, la vida, la integridad física, la dignidad humana, DDHH, DIH, Debido Proceso, Derecho a la Defensa de los comuneros Rodrigo Morales Sánchez y Carmen Lilia Pillimue Morales, cuyas garantías reposan en la Constitución Política de 1991 (Arts. 1,2,13,29 etc.) Ley 89 de 1890, Convenio 169 de la OIT ratificado por la Ley 21 de 1991.

SE EXPIDE SIENDO LOS CATORCE (14) DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL 2019, EN EL TERRITORIO ANCESTRAL DEL ORIENTE, MUNICIPIO DE SILVIA CAUCA.

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