COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

“Cae decreto que bajó porcentaje de emisión de obras nacionales en TV durante la pandemia”

La Central Unitaria de Trabajadores de Colombia CUT, se permite informar a todas las organizaciones sindicales y en hora buena felicita al compañero periodista Juan Carlos Garzón Barreto, fundador del SINTRACNTV-CUT, filial de la base sindical de nuestra Central sindical, ya que su concepto sirvió de fundamento para sustentar los efectos negativos del Decreto Legislativo 516 del 4 de abril de 2020, permitiendo también a la CUT coadyuvar con la intervención ciudadana ante la Corte Constitucional, para la defensa de la soberanía audiovisual y cultural de la nación y para la protección de los derechos de los trabajadores del sector audiovisual.

De esta manera, se logró que, con 8 votos a favor y una aclaración de voto, la H. Corte Constitucional, declarara la inconstitucionalidad del artículo 1°. del Decreto Legislativo 516 del 4 de abril de 2020, “por el cual se adoptan medidas para la prestación del servicio de televisión abierta radiodifundida, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, relacionado con la disminución arbitraria del porcentaje mínimo de programación audiovisual de producción nacional que debe emitirse en la televisión colombiana.

El Decreto Legislativo disponía que, mientras durara la pandemia, los canales de televisión podían emitir programas diferentes a los de producción nacional, ante la imposibilidad de producir contenidos nuevos.

En tal sentido, la norma que fue declarada inconstitucional ignoraba que, en el país existe valiosa producción audiovisual de origen colombiano e instrumentos reglamentarios para su normal emisión en la televisión, los cuales hacían innecesario abrir desmedidamente las puertas a la producción extranjera, en perjuicio de los derechos de los libretistas, guionistas, actores, directores, periodistas y demás trabajadores del sector audiovisual y cultural que se desempeñan en la industria de los contenidos, la comunicación y los medios.

El decreto bajó los porcentajes de programación nacional que deberían estar al aire en ciertos horarios así:

De las 19:00 a las 22:30 horas, horario triple A, la producción nacional bajó del 70 por ciento al 20%. De las 22:30 a las 24:00 horas, pasó de ser el 50 % al 20 %.

De las 10:00 a las 19:00 horas el porcentaje de programación nacional era del 50% y el decreto lo dejó en 20 %. Los fines de semana y festivos la cuota pasó de mínimo 50 % en horario triple A al 20%

También se redujo al 20% la programación nacional que deben emitir los canales regionales y las estaciones locales, porcentaje que antes estaba en 50%.

Finalmente es de resaltar que el magistrado Carlos Bernal Pulido, salvó parcialmente su voto frente a la declaratoria de inexequibilidad del artículo 1° del Decreto 516 de 2020. Por su lado, los Magistrados Gloria Stella Ortiz Delgado, Cristina Pardo Schlesinger, José Fernando Reyes Cuartas y Alberto Rojas Ríos aclararon su voto por considerar que la reducción de la cuota de pantalla nacional además de afectar los derechos a la cultura y a la identidad nacional vulnera los derechos laborales y sociales de los artistas e intérpretes de obras y grabaciones audiovisuales, así como de los autores de obras.

En la misma decisión el alto tribunal declaró ajustado a la Constitución la autorización para que los canales regionales de televisión puedan “destinar para funcionamiento hasta el 20% de los recursos de fortalecimiento girado a los operadores públicos del servicio de televisión” durante la pandemia, establecido en el Decreto Legislativo 516 de 2020.

Exhortamos a la opinión pública y a las organizaciones hermanas a estar alerta para participar y coadyuvar demostrando la inconveniencia de los decretos que fueron expedidos por el gobierno nacional en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, debido a que tales normas vulneran de manera sistemática los derechos fundamentales de los trabajadores y la emergencia sanitaria está siendo utilizada por el gobierno como una excusa para implementar de manera inconsulta reformas que van en desmedro de las condiciones laborales de los trabajadores colombianos.

Bogotá 23 de junio de 202023-06-20 CAE DECRETO 516 SOBRE TV

Compartir