{"id":42989,"date":"2025-08-26T11:02:58","date_gmt":"2025-08-26T16:02:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cric-colombia.org\/portal\/?p=42989"},"modified":"2025-08-27T11:04:37","modified_gmt":"2025-08-27T16:04:37","slug":"vicepresidencia-de-integracion-productiva","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cric-colombia.org\/portal\/vicepresidencia-de-integracion-productiva\/","title":{"rendered":"Vicepresidencia de integracion productiva"},"content":{"rendered":"<a href=\"https:\/\/www.cric-colombia.org\/portal\/wp-content\/uploads\/2025\/08\/21-08-2025-ACTA-CTGL-No-49-PIDAR-477-VB4-SEP2025v.pdf\" class=\"pdfemb-viewer\" style=\"\" data-width=\"max\" data-height=\"max\" data-toolbar=\"both\" data-toolbar-fixed=\"off\">21 -08-2025 ACTA CTGL No 49 PIDAR 477 VB4 SEP2025v<\/a>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"185\"><strong>DEPENDENCIA A NIVEL CENTRAL:<\/strong><\/td>\n<td colspan=\"5\" width=\"480\">VICEPRESIDENCIA DE INTEGRACI\u00d3N PRODUCTIVA &#8211; VIP<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"185\"><strong>TERRITORIAL:<\/strong><\/td>\n<td colspan=\"5\" width=\"480\">UNIDAD TECNICA TERRITORIAL No. 9<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"185\">&nbsp;<\/p>\n<p><strong>COMIT\u00c9:<\/strong><\/td>\n<td colspan=\"5\" width=\"480\">MESA TECNICA No. 49 REVISI\u00d3N Y APROBACI\u00d3N DE LA MATRIZ<\/p>\n<p>DE EVALUACI\u00d3N PARA LOS TDR No. 01E DE OBRA CIVIL Y N \u00b0 02E DE INTERVENTORIA. PIDAR 477 DE 2021 \u2013 CRIC.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"185\"><strong>FECHA DE REUNI\u00d3N:<\/strong><\/td>\n<td width=\"83\">21<\/td>\n<td width=\"73\">AGOSTO<\/td>\n<td width=\"73\">2025<\/td>\n<td width=\"59\"><strong>HORA:<\/strong><\/td>\n<td width=\"192\">5:00 P.M.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>ACTA No.64<\/strong><\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"152\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>OBJETIVO:<\/strong><\/td>\n<td width=\"512\">Realizar la revisi\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la matriz de evaluaci\u00f3n para los t\u00e9rminos de referencia No. 01E construcci\u00f3n de obra civil y No. 02E interventor\u00eda de la construcci\u00f3n PIDAR, Resoluci\u00f3n 477 de 2021 CRIC.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"152\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>PARTICIPANTES:<\/strong><\/td>\n<td width=\"512\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Carolina Andrea L\u00f3pez Rosas \u2013 Directora UTT. No. 9 Popay\u00e1n. Yaid Bola\u00f1os \u2013 Representante legal de la organizaci\u00f3n, CRIC.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"152\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>ASISTENTES:<\/strong><\/td>\n<td width=\"512\">Carolina Andrea L\u00f3pez Rosas \u2013 Directora UTT. No. 9 Popay\u00e1n. Yaid Bola\u00f1os \u2013 Representante legal de la organizaci\u00f3n, CRIC. Lizeth Carolina Paz Vel\u00e1squez &#8211; Apoyo jur\u00eddico PEA \u2013 CRIC. Maidi Tatiana T\u00e1laga Castro &#8211; Dinamizadora del PEA \u2013 CRIC. Sorys Berto Pacho Yandi &#8211; Consejero CRIC.<\/p>\n<p>Diana Judith Camargo Carrascal \u2013 Asistente Vicepresidencia Gesti\u00f3n Contractual. Daniel Felipe Sanabria Villate \u2013 Delegado Vicepresidencia Integraci\u00f3n Productiva. Amparo Hern\u00e1ndez Quevedo &#8211; Delegada Direcci\u00f3n de Seguimiento y Control.<\/p>\n<p>Guillermo Alfonso Bola\u00f1os Astaiza &#8211; Apoyo jur\u00eddico UTT. No. 9<\/p>\n<p>Daniel Campo Rivera &#8211; Apoyo a la supervisi\u00f3n del PIDAR 477 de 2021<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\" width=\"664\"><strong>ORDEN DEL D\u00cdA:<\/strong><\/p>\n<p><strong>1).\u00a0\u00a0 <\/strong>Saludo y presentaci\u00f3n de los asistentes.<\/p>\n<p>2).\u00a0 Proyecci\u00f3n del cronograma de publicaci\u00f3n para los TDR. No. 01E de obra civil y No. 02E de interventor\u00eda.<\/p>\n<p>3).\u00a0 Presentaci\u00f3n de la matriz de cierre para los t\u00e9rminos de referencia No. 01E de obra civil y No. 2E de interventor\u00eda de la obra.<\/p>\n<p>4).\u00a0 Presentaci\u00f3n de la matriz de evaluaci\u00f3n para los t\u00e9rminos de referencia No. 01E de obra civil y No. 02E de interventor\u00eda.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\" width=\"664\"><strong>DESARROLLO ORDEN DEL D\u00cdA<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\" width=\"664\"><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2>1).\u00a0\u00a0 SALUDO Y PRESENTACION DE LOS ASISTENTES Y VERIFICACION DEL QUORUM DELIBERATORIO.<\/h2>\n<p>Se procede a verificar el qu\u00f3rum deliberatorio integrado por los miembros con voz y voto, as\u00ed: Carolina Andrea L\u00f3pez Rosas \u2013 Directora UTT. No. 9 Popay\u00e1n.<\/p>\n<p>Yaid Bola\u00f1os \u2013 Representante legal de la organizaci\u00f3n, CRIC.<\/p>\n<p>Y con la asistencia de la Vicepresidencia de Integraci\u00f3n Productiva y la asistencia de la Vicepresidencia de Gesti\u00f3n Contractual, as\u00ed:<\/p>\n<p>Daniel Felipe Sanabria Villate \u2013 Delegado Vicepresidencia Integraci\u00f3n Productiva.<\/p>\n<p>Diana Judith Camargo Carrascal \u2013 Delegada Asistente Vicepresidencia Gesti\u00f3n Contractual<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos saluda a los asistentes los cuales se relacionan al inicio de la reuni\u00f3n, solicita realizar la presentaci\u00f3n de cada uno y una vez comprobado el qu\u00f3rum manifiesta que el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Gesti\u00f3n Local No. 49, tiene la finalidad de realizar el cierre y aprobaci\u00f3n de la matriz de evaluaci\u00f3n la cual fue trabajada previamente en conjunto con el equipo t\u00e9cnico de la organizaci\u00f3n y el equipo t\u00e9cnico de la Agencia de Desarrollo Rural, correspondiente a los t\u00e9rminos de referencia No. 01E para la construcci\u00f3n de la bodega del centro de acopio en Tun\u00eda y No. 02E, contrataci\u00f3n de Interventor\u00eda y contin\u00faa con el desarrollo del orden del d\u00eda.<\/p>\n<h2>2).\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 PROYECCION DEL CRONOGRAMA DE PUBLICACION ESTABLECIDO PARA LOS TERMINOS DE REFERENCIA DE OBRA CIVIL E INTERVENTORIA, PIDAR CON RESOLUCION 477, DE 2021 CRIC.<\/h2>\n<p>El Ing. Daniel Campos manifiesta que para los t\u00e9rminos de referencia No. 01E, construcci\u00f3n de bodega y N\u00b0. 02E interventor\u00eda de obra se estableci\u00f3 el mismo cronograma.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n comparte pantalla del TDR No. 01E, Numeral 7 y da lectura al siguiente cronograma del proceso:<\/p>\n<p>Apertura de la convocatoria: 31 de julio de 2025<\/p>\n<p>Plazo m\u00e1ximo para recibir observaciones: 01 de agosto de 2025 hasta las 4:00 p.m. Respuesta a observaciones: 04 de agosto de 2025.<\/p>\n<p>Plazo m\u00e1ximo para expedir adendas (m\u00e1ximo un d\u00eda antes del cierre): 05 de agosto de 2025. Recepci\u00f3n de propuestas y cierre de la convocatoria: 06 de agosto de 2025, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y 4: p.m.<\/p>\n<p>Seguidamente explica que debido a diferentes circunstancias de la organizaci\u00f3n se expidi\u00f3 la adenda No. 1, para ampliar el plazo hasta el d\u00eda de hoy para presentar las evaluaciones.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, manifiesta que para la recepci\u00f3n de propuestas se asign\u00f3 como delegado por parte de la organizaci\u00f3n a la abogada Carolina Paz y por parte de la Unidad T\u00e9cnica Territorial No. 9, a la profesional Jessica Mu\u00f1oz.<\/p>\n<p>La abogada Carolina Paz confirma que un una parte del tiempo estuvo ella y en la otra parte el se\u00f1or Wilfer zagal en representaci\u00f3n de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos informa que en los t\u00e9rminos de referencia se establec\u00eda que las propuestas deb\u00edan entregarse en medio f\u00edsico en las instalaciones del CRIC, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p. m. y cumplida la hora de cierre seg\u00fan acta, los delegados para recepcionar las propuestas trasladaron en custodia los sobres a la Agencia de Desarrollo Rural. Posteriormente los d\u00edas martes y mi\u00e9rcoles 12 y 13 se adelantaron mesas t\u00e9cnicas para el diligenciamiento de la matriz de cierre y la respectiva evaluaci\u00f3n de propuestas.<\/p>\n<h3>3).\u00a0 PRESENTACION DE LA MATRIZ DE CIERRE PARA LOS TERMINOS DE REFERENCIA No. O1E DE OBRA CIVIL Y 2E DE INTERVENTORIA<\/h3>\n<p>El Ing. Daniel Campos afirma que de acuerdo al acta y radicado de los sobres para los dos (2) t\u00e9rminos de referencia recibieron las siguientes propuestas:<\/p>\n<h1>TDR. No. 01E. OBRA CIVIL<\/h1>\n<ul>\n<li><strong>Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o. <\/strong>Remitente: Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o. Contacto: 312 7327290<\/li>\n<\/ul>\n<p>Correo electr\u00f3nico: <a href=\"mailto:roalcarga@gmail.com\">roalcarga@gmail.com<\/a> Fecha de recepci\u00f3n: 6 de agosto de 2025 Hora de recepci\u00f3n: 3:12 p.m.<\/p>\n<p>Observaci\u00f3n: entrega dos sobres cerrados, Sobre No. 1: propuesta t\u00e9cnica y Sobre No. 2, propuesta econ\u00f3mica debidamente rotulados como lo establecen los t\u00e9rminos de referencia.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Nelson Pantoja Trujillo. <\/strong>Remitente: Consorcio Agroconstructor Nit, o c\u00e9dula: 10291408.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Contacto: 320 9340719<\/p>\n<p>Correo electr\u00f3nico: <a href=\"mailto:licitacionesdng@gmail.com\">licitacionesdng@gmail.com<\/a> Fecha de recepci\u00f3n: 6 de agosto de 2025 Hora de recepci\u00f3n: 3:52 p.m.<\/p>\n<p>Observaci\u00f3n: entrega dos sobres cerrados, Sobre No. 1 con la propuesta t\u00e9cnica y Sobre No. 2, con la propuesta econ\u00f3mica. Los sobres rotulados debidamente conforme a lo establecido en los t\u00e9rminos de referencia.<\/p>\n<h1>3).\u00a0 Ricardo Mu\u00f1oz.<\/h1>\n<p>Remitente: Consorcio Yanakuna 1 C\u00e9dula No. 16.918.491<\/p>\n<p>Contacto: 310 4645688<\/p>\n<p>Correo electr\u00f3nico: <a href=\"mailto:adrianceron1@gmail.com\">adrianceron1@gmail.com<\/a> . Fecha de recepci\u00f3n: 6 de agosto de 2025 Hora de recepci\u00f3n: 3:54 p.m.<\/p>\n<p>Observaci\u00f3n: entrega dos sobres cerrados, Sobre No. 1, propuesta t\u00e9cnica y Sobre No. 2, propuesta econ\u00f3mica, debidamente rotulados conforme a lo establecido en los t\u00e9rminos de referencia.<\/p>\n<h1>TDR. N\u00b0 02E. INTERVENTORIA<\/h1>\n<h3>1).\u00a0 Rodrigo Carvajal<\/h3>\n<p>Remitente: Yamil Fabi\u00e1n Hamdann Gonz\u00e1lez. C\u00e9dula No. 76.308.097<\/p>\n<p>Contacto: 310 8421928<\/p>\n<p>Correo electr\u00f3nico: <a href=\"mailto:fhinterventor\u00eda@gmail.com\">fhinterventor\u00eda@gmail.com<\/a> Fecha de recepci\u00f3n: 6 de agosto de 2025 Hora de recepci\u00f3n: 3:35 p.m.<\/p>\n<p>Observaci\u00f3n: entrega dos sobres cerrados, Sobre No. 1 con la propuesta t\u00e9cnica y Sobre No. 2 con la propuesta econ\u00f3mica, rotulados conforme a lo establecido en los TDR.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Carlos Eduardo Vidal <\/strong>Remitente: Consorcio Intercaf\u00e9 C\u00e9dula: 1.061.685.938<\/li>\n<\/ul>\n<p>Contacto: 317 8860177.<\/p>\n<p>Correo electr\u00f3nico: <a href=\"mailto:ccsingenier\u00edayarquitectura@gmail.com\">ccsingenier\u00edayarquitectura@gmail.com<\/a> Fecha de recepci\u00f3n: 6 de agosto de 2025<\/p>\n<p>Hora de recepci\u00f3n: 2:39 p.m.<\/p>\n<p>Observaci\u00f3n: entrega dos sobre cerrados, Sobre No. 1, propuesta t\u00e9cnica y Sobre No. 2, propuesta econ\u00f3mica, debidamente rotulados.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Ferney Rojas Charry <\/strong>Remitente: Procivil Company A.S. Nit: 901.769.635-6<\/li>\n<\/ul>\n<p>Contacto: 314 84859867<\/p>\n<p>Correo electr\u00f3nico: <a href=\"mailto:procivil.contabilidad@gmail.com\">procivil.contabilidad@gmail.com<\/a> Fecha de recepci\u00f3n: 6 de agosto de 2025<\/p>\n<p>Hora de recepci\u00f3n: 3:20 p.m.<\/p>\n<p>Observaci\u00f3n: entrega dos sobre cerrados, Sobre No. 1, propuesta t\u00e9cnica y Sobre No. 2, propuesta econ\u00f3mica, debidamente rotulados.<\/p>\n<h3>4).\u00a0 Farid Ruano C\u00f3rdoba.<\/h3>\n<p>Remitente: Carlos Mario Urrutia Bastidas C\u00e9dula No. 1.061.690.418<\/p>\n<p>Contacto: 312 7507668<\/p>\n<p>Correo electr\u00f3nico: <a href=\"mailto:carlosmario4554@gmail.com\">carlosmario4554@gmail.com<\/a> Fecha de recepci\u00f3n: 6 de agosto de 2025<\/p>\n<p>Hora de recepci\u00f3n: 3:46 p.m.<\/p>\n<p>Observaci\u00f3n: entrega dos sobre cerrados, Sobre No. 1, propuesta t\u00e9cnica y Sobre No. 2, propuesta econ\u00f3mica, debidamente rotulados.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campo expresa que de acuerdo a la informaci\u00f3n consignada en las actas de recibo y en los radicados, las propuestas fueron presentadas dentro del lapso de tiempo establecido en los t\u00e9rminos de referencia, por lo tanto quedan habilitadas para continuar en el proceso de evaluaci\u00f3n. En seguida pregunta a los miembros del Comit\u00e9 T\u00e9cnico si hay alguna consideraci\u00f3n y en vista de que no hay ninguna intervenci\u00f3n somete a aprobaci\u00f3n la matriz de cierre para los t\u00e9rminos de referencia No. 01E y 02E, por parte del Representante legal, se\u00f1or Yaid Bola\u00f1os y de la Directora de la UTT. No. 9, Carolina Andrea L\u00f3pez Rosas.<\/p>\n<p>El se\u00f1or Yaid Bola\u00f1os dinamizador administrativo con funciones de representante legal de la Organizaci\u00f3n beneficiaria, aprueba la matriz de cierre de los dos (2) t\u00e9rminos de referencia.<\/p>\n<p>La Ing. Carolina Andrea, Directora de la UTT 10; manifiesta que tambi\u00e9n se aprueba la matriz de cierre proyectada.<\/p>\n<h3>4).\u00a0 PRESENTACION DE LA MATRIZ DE EVALUACION PARA LOS TERMINOS DE REFERENCIA No. 01E DE OBRA CIVIL Y NO. 02E DE INTERVENTORIA.<\/h3>\n<p>Proponentes:<\/p>\n<ul>\n<li>Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o<\/li>\n<li>Consorcio Agroconstructor<\/li>\n<li>Consorcio Yanacuna<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Ing. Daniel comparte pantalla de la matriz de evaluaci\u00f3n y afirma que durante las Mesas t\u00e9cnicas en conjunto con la organizaci\u00f3n CRIC, el equipo de la ADR, UTT No. 9 y nivel central, realizaron el proceso de verificaci\u00f3n de los requisitos habilitantes y el resultado obtenido fue el siguiente:<\/p>\n<h1>1).\u00a0 Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o.<\/h1>\n<p>Explica que el se\u00f1or Rodrigo Alfredo entreg\u00f3 la propuesta en medio f\u00edsico y una copia en medio digital y durante la evaluaci\u00f3n se evidenci\u00f3 que la informaci\u00f3n es id\u00e9ntica, por lo tanto, cumple con la primera condici\u00f3n establecida en los TDR.<\/p>\n<p>Requisitos habilitantes:<\/p>\n<ul>\n<li>Carta de presentaci\u00f3n de la propuesta firmada en original por el proponente (Anexo No. 1, documento no subsanable). Cumple<\/li>\n<li>Formulario de precios acompa\u00f1ado de cada uno de los an\u00e1lisis de precios unitarios de todos los items. (Anexo 2, no subsanable). Cumple. (Se hace la verificaci\u00f3n de la propuesta econ\u00f3mica, al final de la validaci\u00f3n de los requisitos habitantes).<\/li>\n<li>Formulario de multas e incumplimientos firmado en original por el proponente. (Anexo No. 3, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia espec\u00edfica. (Anexo 4, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia general (Anexo 5, documento no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia del equipo de trabajo (Anexo 6, no subsanable).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Afirma que revisada la informaci\u00f3n, el proponente adjunta los siguientes documentos que corresponden al equipo m\u00ednimo requerido:<\/p>\n<p>1).Director de obra: Rodrigo Carre\u00f1o, profesi\u00f3n ingeniero civil, tarjeta profesional del 21 de septiembre de 1985, vigente, especializaci\u00f3n en administraci\u00f3n de obras civiles del 15 de octubre de 1993, aporta las certificaciones de experiencia seg\u00fan lo establecido en los t\u00e9rminos de referencia, se deja la constancia en la matriz y adicionalmente adjunta la carta de intenci\u00f3n con una dedicaci\u00f3n del 50%, por lo tanto, cumple con lo solicitado en los TDR.<\/p>\n<ul>\n<li>Residente de obra: Yudy Catalina Carre\u00f1o Vallejo, profesi\u00f3n arquitecta, tarjeta profesional del 30 de octubre de 2015, especializaci\u00f3n en dise\u00f1o de ambientes y en cuanto a la experiencia adjunta tres<\/li>\n<\/ul>\n<p>(3) contratos. As\u00ed mismo se verifica que con la carta de intenci\u00f3n tambi\u00e9n cumple.<\/p>\n<ul>\n<li>Profesional en seguridad y salud en el trabajo: Nelly Patricia Piedrahita Narv\u00e1ez, profesi\u00f3n, ingeniera agroindustrial, con matr\u00edcula profesional del 22 de septiembre de 2017, vigente, especializaci\u00f3n en sistema de gesti\u00f3n de seguridad y salud en el trabajo, adjunta certificaciones de experiencia seg\u00fan lo solicitado, al igual que la carta de intenci\u00f3n debidamente firmada.<\/li>\n<li>Maestro de obra: Rafael Bola\u00f1os Gallardo, maestro de obra, con matr\u00edcula profesional del 20 de noviembre de 2001, en este caso, se solicita las certificaciones como contratista o maestro de obra, aporta las dos certificaciones seg\u00fan lo solicitado y tambi\u00e9n presenta la carta de intenci\u00f3n, conforme a lo establecido en los t\u00e9rminos de Finalmente se deja la observaci\u00f3n que la informaci\u00f3n est\u00e1 contenida en el folio No.78<\/li>\n<li>Carta de certificaci\u00f3n de apoyo a la industria nacional (Anexo 7, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Formulario plan de calidad (Anexo 8, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de compromiso anticorrupci\u00f3n (Anexo 9, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Conformaci\u00f3n de proponente plural (Anexo 10, no subsanable). No aplica, porque es persona natural.<\/li>\n<li>Fotocopia de la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda persona natural o representante No subsanable. Cumple.<\/li>\n<li>Certificado vigente de antecedentes Subsanable. Cumple.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Ing. Daniel aclara que con el delegado de la Vicepresidencia de Gesti\u00f3n Contractual, realizaron la validaci\u00f3n en l\u00ednea de los antecedentes disciplinarios, fiscales, medidas correctivas, deudores alimentarios REDAM y el proponente cumple.<\/p>\n<ul>\n<li>Soportes de la afiliaci\u00f3n al sistema de seguridad social Subsanable. Cumple.<\/li>\n<li>Certificaci\u00f3n juramentada de paz y salvo de aportes parafiscales y de seguridad (Anexo 11, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Para la persona natural y jur\u00eddica, certificado de Registro \u00danico de Proponentes vigente o renovada, certificado que debe ser expedido por la C\u00e1mara de Comercio dentro de los 30 d\u00edas calendario anteriores a la fecha de presentaci\u00f3n de la propuesta. No subsanable. Aporta RUP, con fecha de 31 de julio y renovaci\u00f3n del 25 de abril. Cumple.<\/li>\n<li>Para persona jur\u00eddica, certificado de existencia y representaci\u00f3n legal vigente. No aplica porque es persona natural.<\/li>\n<li>Copia de los estatutos vigentes de la sociedad (si aplica). No No aplica.<\/li>\n<li>Copia de contratos con sus respectivas actas de liquidaci\u00f3n para la verificaci\u00f3n de la experiencia general y especifica relacionada. No subsanable. Se verificaron en el Anexo No. 4. Cumple.<\/li>\n<li>Para persona jur\u00eddica, autorizaci\u00f3n del \u00f3rgano m\u00e1ximo para presentar ofertas y celebrar contrato cuando se requiera. No subsanable. No aplica.<\/li>\n<li>Certificaci\u00f3n bancaria de cuenta corriente o de Subsanable. Cumple.<\/li>\n<li>Carta de intenci\u00f3n del personal propuesto (Anexo 12, no subsanable). Cumple. a, a). Garant\u00eda de seriedad de la oferta. No subsanable. Cumple.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Ing. Daniel informa que en adelante corresponde a la conformaci\u00f3n si el proponente presenta su propuesta a t\u00edtulo de consorcio o uni\u00f3n temporal, pero en este caso, no aplica porque es persona natural.<\/p>\n<p>Por lo anterior, afirma que el se\u00f1or Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o, cumple con la condici\u00f3n inicial y los requisitos jur\u00eddicos habilitantes.<\/p>\n<h1>2).\u00a0 Consorcio Agroconstructor.<\/h1>\n<p>El Ing. Daniel manifiesta que el proponente se presenta en calidad de consorcio, se hace la validaci\u00f3n de la informaci\u00f3n que debe estar contenida tanto en medio f\u00edsico como en medio digital y el proponente cumple con esta primera condici\u00f3n y prosiguen con la verificaci\u00f3n de requisitos habilitantes.<\/p>\n<ul>\n<li>Carta de presentaci\u00f3n de la propuesta (Anexo 1, no subsanable).<\/li>\n<li>Formulario de precios acompa\u00f1ado de cada uno de los an\u00e1lisis de precios unitarios de todos los \u00edtems. (Anexo 2, no subsanable). Afirma que aunque esta validaci\u00f3n se hace al final del proceso, el proponente, cumple.<\/li>\n<li>Formulario de multas e incumplimientos firmado en original por el proponente (Anexo No. 3, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia espec\u00edfica (Anexo 4, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia general (Anexo 5, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia del equipo de trabajo (Anexo 6, no subsanable).<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Ing. Daniel manifiesta que de acuerdo a la validaci\u00f3n el proponente adjunta los siguientes documentos del personal requerido:<\/p>\n<ul>\n<li>Residente de obra: Nelson Hernando Pantoja, cumple con todos los requerimientos establecidos en los t\u00e9rminos de referencia.<\/li>\n<li>Director de obra: H\u00e9ctor Eduardo Rivas, profesi\u00f3n ingeniero civil, aporta y cumple con lo requerido en los t\u00e9rminos de referencia.<\/li>\n<li>Profesional en Sistema de Gesti\u00f3n de Seguridad y Salud en el Trabajo: Lina Mercedes Escobar L\u00f3pez, profesi\u00f3n fisioterapeuta, con maestr\u00eda en seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo a la validaci\u00f3n de la informaci\u00f3n aportada, cumple.<\/li>\n<li>Maestro de obra: Albeiro Mutima Gonz\u00e1lez, se presenta como maestro de obra con su respectiva tarjeta profesional y cumple con todas las condiciones establecidas.\n<ul>\n<li>Carta de certificaciones, de apoyo a la industria nacional (Anexo 7, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Formulario de plan de calidad (Anexo 8, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de compromiso anticorrupci\u00f3n (Anexo 9, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Conformaci\u00f3n de proponente (Anexo No. 10, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Ing. Daniel manifiesta que el consorcio est\u00e1 conformado por el se\u00f1or Nelson Hernando Pantoja Trujillo, representante legal del consorcio, con una participaci\u00f3n del 60% y el se\u00f1or Ricardo Javier Pantoja Trujillo, con una participaci\u00f3n del 40%.<\/p>\n<ul>\n<li>Fotocopia de la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda. No Cumple.<\/li>\n<li>Certificado vigente de antecedentes Cumple.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Explica que conforme a la validaci\u00f3n en l\u00ednea de los antecedentes expedidos por la contralor\u00eda, polic\u00eda, procuradur\u00eda, certificados RNMC y REDAM, para cada uno de los consorciados, cumplen con esta condici\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li>Soporte de la afiliaci\u00f3n al sistema de seguridad social integral de la personal Subsanable. Cumple.<\/li>\n<li>Certificaci\u00f3n juramentada de paz y salvo de aportes parafiscales y de seguridad Cumple.<\/li>\n<li>Para la persona natural y jur\u00eddica certificado de Registro \u00danico de Proponentes, vigente o renovada. No subsanable. Cumple.<\/li>\n<li>Registro \u00fanico tributario, No subsanable. Cumple.<\/li>\n<li>Para la persona jur\u00eddica certificados de existencia y representaci\u00f3n legal vigente, renovado. No<\/li>\n<\/ul>\n<p>La abogada Diana Judith explica que como son profesionales independientes no les aplica el registro mercantil, porque son personas naturales.<\/p>\n<ul>\n<li>copia de los estatutos vigentes de la sociedad (si aplica). No No aplica.<\/li>\n<li>Copia de contratos con sus respectivas actas de liquidaci\u00f3n para la acreditaci\u00f3n de experiencia general y especifica. No Cumple, se hace la validaci\u00f3n con los documentos del Anexo No. 4<\/li>\n<li>Certificaci\u00f3n bancaria de cuenta corriente o de ahorros, con una expedici\u00f3n no mayor a 30 d\u00edas. Subsanable. Cumple, adjuntan la certificaci\u00f3n bancaria del se\u00f1or Nelson y del se\u00f1or Ricardo.<\/li>\n<li>Carta de intenci\u00f3n del personas propuesto (Anexo 12, no subsanable). Cumple. a, a). Garant\u00eda de seriedad de la oferta. No subsanable. Cumple.<\/li>\n<\/ul>\n<p>b, b). Para consorcio o uni\u00f3n temporal se establece lo siguiente:<\/p>\n<p>Expresar si la participaci\u00f3n es a t\u00edtulo de consorcio o de Uni\u00f3n temporal, si se trata de uni\u00f3n temporal, sus miembros deber\u00e1n se\u00f1alar los t\u00e9rminos y extensi\u00f3n, (actividades y porcentaje de su participaci\u00f3n en la propuesta y en su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel manifiesta que el proponente cumple con cada uno de los criterios y de acuerdo a la evaluaci\u00f3n en cuanto a la capacidad jur\u00eddica, el Consorcio Agroconstructor, cumple.<\/p>\n<h1>3).\u00a0 Consorcio Yanacuna 1.<\/h1>\n<p>El Ing. Daniel Campo afirma que inicialmente validaron que la informaci\u00f3n contenida en los sobres se presentara tanto en medio f\u00edsico como en medio digital y el proponente cumple con esta condici\u00f3n,<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"5\" width=\"664\">posteriormente procedieron a la verificaci\u00f3n de cumplimiento de requisitos habilitantes establecidos en los TDR.<\/p>\n<p>a).\u00a0 Carta de presentaci\u00f3n de la propuesta (Anexo 1, no subsanable). Cumple.<\/p>\n<p>b).\u00a0 Formulario de precios acompa\u00f1ado de cada uno de los an\u00e1lisis de precios unitarios de todos los \u00edtems. (Anexo No. 2, no subsanable). Cumple.<\/p>\n<p>c).\u00a0 Formulario de multas e incumplimientos firmado en original por el proponente (Anexo No. 3,no subsanable). Cumple.<\/p>\n<p>Afirma que el consorcio est\u00e1 conformado por los se\u00f1ores: Adri\u00e1n Orlando Cer\u00f3n y H\u00e9ctor Eduardo R\u00edos Fuentes.<\/p>\n<p>d).\u00a0 Carta de certificaciones y experiencia espec\u00edfica (Anexo No. 4, no subsanable). Cumple<\/p>\n<p>e).\u00a0 Carta de certificaciones y experiencia general (Anexo No. 5, no subsanable). N<strong>o cumple.<\/strong><\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campo manifiesta que seg\u00fan la validaci\u00f3n de la informaci\u00f3n contenida en la propuesta presentada y requerida en los TDR, el Contrato No. 1, no aporta el certificado de porcentaje de participaci\u00f3n del consorcio RM en medio digital y s\u00ed se encuentra en medio f\u00edsico, por lo tanto, teniendo en cuenta que el criterio N\u00b0 1, de los TDR, menciona que la oferta debe estar contenida en medio f\u00edsico y una copia en medio digital (CD o USB), las cuales deben ser iguales, so pena de ser rechazada la propuesta, el proponente no cumple con esta condici\u00f3n.<\/p>\n<p>Adicionalmente afirma que el Contrato No. 3, no aporta las actas de liquidaci\u00f3n, ni las certificaciones, seg\u00fan lo requer\u00edan los TDR, por consiguiente al no cumplir con estas condiciones, no contin\u00faa en el proceso de evaluaci\u00f3n, el proponente <strong>no cumple<\/strong>.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel manifiesta que a continuaci\u00f3n validaron la capacidad financiera de los dos proponentes habilitados, teniendo en cuenta los siguientes indicadores establecidos en los t\u00e9rminos de referencia:<\/p>\n<p><strong>Indicadores.<\/strong><\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00cdndice de liquidez: \u2265 a 20<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Nivel de endeudamiento: \u2264 a 0.3<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Capital de trabajo: \u2265 a 30% que corresponde a un valor de $979.435.285,5 centavos<\/p>\n<p><strong>Capacidad organizacional<\/strong>.<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Rentabilidad sobre patrimonio: \u2265 a 0.2<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Rentabilidad del activo: \u2265 a 0.15<\/p>\n<p>Conforme a lo anterior, manifiesta que el resultado obtenido para los dos proponentes fue el siguiente:<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"5\"><\/td>\n<td width=\"148\"><strong>Indicadores<\/strong><\/td>\n<td width=\"227\"><strong>Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o<\/strong><\/td>\n<td width=\"187\"><strong>Consorcio Agroconsultor<\/strong><\/td>\n<td rowspan=\"5\" width=\"97\"><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"5\"><\/td>\n<td width=\"148\">&nbsp;<\/p>\n<p>Liquidez<\/td>\n<td width=\"227\">46.03<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<td width=\"187\">147.81<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"5\"><\/td>\n<td width=\"148\">&nbsp;<\/p>\n<p>Endeudamiento<\/td>\n<td width=\"227\">0.25<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<td width=\"187\">0.12<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"5\"><\/td>\n<td width=\"148\">&nbsp;<\/p>\n<p>Capital de trabajo<\/td>\n<td width=\"227\">$1.355.889.924<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<td width=\"187\">$3.480.577.886.11<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"5\"><\/td>\n<td colspan=\"3\" width=\"562\"><strong>Capacidad organizacional<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td width=\"5\"><\/td>\n<td width=\"148\">Rentabilidad\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 sobre patrimonio<\/td>\n<td width=\"227\">0.28<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<td width=\"186\">0.81<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<td rowspan=\"2\" width=\"98\"><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td width=\"5\"><\/td>\n<td width=\"148\">Rentabilidad\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 del activo<\/td>\n<td width=\"227\">0.20<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<td width=\"186\">0.56<\/p>\n<p>Cumple<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"5\" width=\"664\">Igualmente manifiesta que se deja el soporte de los c\u00e1lculos por los cuales obtuvieron el resultado de cada uno de los indicadores.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En seguida informa que continuaron con la evaluaci\u00f3n de la capacidad t\u00e9cnica.<\/p>\n<p><strong>1). Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o.<\/strong><\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos explica que seg\u00fan los t\u00e9rminos de referencia en cuanto a la experiencia, el proponente debe aportar m\u00e1ximo tres (3) contratos de obra suscritos con entidad p\u00fablica ejecutados y liquidados, cuyo objeto est\u00e9 relacionado con la construcci\u00f3n y\/o mejoramiento, y\/o mantenimiento, y\/o adecuaci\u00f3n de edificaciones no residenciales.<\/p>\n<p>Afirma que el proponente aporta tres (3) contratos suscritos con el municipio de Purac\u00e9, se hizo la verificaci\u00f3n y se deja la constancia de los objetos, por lo tanto cumple.<\/p>\n<p>Igualmente manifiesta que los contratos fueron ejecutados el primero en el a\u00f1o 2017, el segundo en el a\u00f1o 2016, el tercero en el a\u00f1o 2019 y se dej\u00f3 la anotaci\u00f3n con el fin de identificar los salarios m\u00ednimos establecidos en esas fechas.<\/p>\n<p>Los TDR indican que en caso de que la experiencia acreditada en el presente proceso haya sido ejecutada en calidad de consorcio o uni\u00f3n temporal, se tomar\u00e1 como experiencia de cada integrante el porcentaje de su participaci\u00f3n en el consorcio y\/o uni\u00f3n temporal, seg\u00fan se haya ejecutado cada uno de los contratos.<\/p>\n<p>Afirma que de acuerdo a lo solicitado se verific\u00f3 que el contrato No. 1 tiene una participaci\u00f3n del 100%, el contrato No. 2, se ejecut\u00f3 en calidad de consorcio con una participaci\u00f3n del 50% y el contrato No. 3, una participaci\u00f3n del 100%.<\/p>\n<p>La sumatoria de salarios m\u00ednimos debe ser mayor o igual al 100% del presupuesto oficial expresada en salarios m\u00ednimos.<\/p>\n<p>Explica que en este caso seg\u00fan el presupuesto oficial, corresponde a 2294 salarios m\u00ednimos y en el primer contrato tiene 539.80 salarios, en el segundo contrato teniendo en cuenta que se afecta por el 50% del porcentaje de participaci\u00f3n, 1.470.9 salarios y para el tercer contrato 642.8, para una sumatoria total de 2653.49 salarios m\u00ednimos, la cual es superior a lo requerido en los TDR, por lo tanto, cumple con esta condici\u00f3n.<\/p>\n<p>Los contratos deben estar inscritos en el Registro \u00danico de Proponentes.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Afirma que, realizada la verificaci\u00f3n, los contratos est\u00e1n inscritos debidamente en el Registro \u00danico de Proponentes, el contrato No.1 tiene el consecutivo No. 34, el contrato No. 2, el consecutivo No. 35 y el contrato No. 3, el consecutivo No. 41<\/p>\n<p>Al menos dos (2) de los contratos de obra aportados hayan sido ejecutados en territorios ind\u00edgenas y deber\u00e1n contar con su respectivo certificado emitido por la autoridad tradicional.<\/p>\n<p>Manifiesta que de acuerdo a la validaci\u00f3n y la verificaci\u00f3n de los documentos el contrato No. 1, aporta el certificado, el contrato No. 2, aporta el certificado del Cabildo donde se ejecut\u00f3 el contrato, de igual manera se deja la constancia de la p\u00e1gina donde se encuentra el documento. Por lo anterior, el proponente cumple con estas condiciones.<\/p>\n<p>Cada uno de los contratos deber\u00e1 contener los siguientes c\u00f3digos: C\u00f3digo 751015, cumple. C\u00f3digo 721214, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721519, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721523, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721526, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721527, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721536, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721540, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 811015, cumple.<\/p>\n<p>Explica que como se indic\u00f3 anteriormente de acuerdo a la validaci\u00f3n de cada uno de los contratos, el proponente cumple con los c\u00f3digos establecidos.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel concluye que el proponente cumple con la capacidad t\u00e9cnica y se procedi\u00f3 a realizar la validaci\u00f3n de la capacidad t\u00e9cnica con relaci\u00f3n a la experiencia espec\u00edfica y con el apoyo del Ing. Daniel Felipe, se verific\u00f3 con las actas de liquidaci\u00f3n de ejecuci\u00f3n de obra de cada uno de los contratos aportados el cumplimiento de las siguientes actividades:<\/p>\n<h3>Actividad<\/h3>\n<p>Cubierta. Cantidad 1.293.67 m2, tiene un total de 2.763,49. Cumple Zapatas en concreto de 21 Mpa, cantidad 21. Total: 157.49. Cumple<\/p>\n<p>Muros de contenci\u00f3n en concreto de 21 Mpa, cantidad 60 m3. Total 64,3. Cumple. Vigas de cimentaci\u00f3n en concreto de 21 Mpa, cantidad 15 m3. Total: 21,562. Cumple Losa de contrapiso en concreto de 21 Mpa, cantidad 1000 m2. Total: 1725,22. Cumple. Acero de refuerzo, 420 Mpa, cantidad 1260 kg. Total: 40211,05. Cumple<\/p>\n<p>Acero estructural para estructura met\u00e1lica, cantidad 32932 kg. Total: 36836,655. Cumple<\/p>\n<p>Finalmente manifiesta que el proponente cumple con la capacidad espec\u00edfica y contin\u00faa en el proceso de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<h1>2). Consorcio Agroconstructor<\/h1>\n<p>El Ing. Daniel explica que en los t\u00e9rminos de referencia se establece que para acreditar experiencia el proponente debe presentar m\u00e1ximo tres (3) contratos, cuyo objeto est\u00e9 relacionado con la construcci\u00f3n y\/o mejoramiento, y\/o mantenimiento, y\/o adecuaci\u00f3n de edificaciones no residenciales. Afirma que realizada la verificaci\u00f3n de cada uno de los objetos este proponente cumple, y se establecen las fechas de terminaci\u00f3n, para el contrato No. 1, el 10 de octubre de 2021, el contrato No. 2 en el a\u00f1o 2021 y el contrato No. 3 en el a\u00f1o 2018<\/p>\n<p>En caso de que la experiencia acreditada en el proceso, haya sido ejecutada en calidad de consorcio o uni\u00f3n temporal, se tomar\u00e1 como experiencia de cada integrante el porcentaje de su participaci\u00f3n en el consorcio y\/o uni\u00f3n temporal.<\/p>\n<p>Manifiesta que de acuerdo a la revisi\u00f3n el contrato No. 1 tiene una participaci\u00f3n del 60%, el contrato No. 2, una participaci\u00f3n del 100% y se deja la anotaci\u00f3n que los dos consorciados ejecutaron este contrato, cada uno con una participaci\u00f3n del 50%, y el contrato No. 3, una participaci\u00f3n del 55% que corresponde al contrato aportado por el se\u00f1or Ricardo.<\/p>\n<p>La sumatoria de salarios m\u00ednimos sea mayor o igual al 100% del presupuesto oficial en salarios m\u00ednimos 2.294<\/p>\n<p>Afirma que el primer contrato tiene 1586.1 salarios, el segundo contrato 1098,1 y el tercer contrato 669,6, por ende el proponente cumple con esta condici\u00f3n porque la sumatoria es de 3.353,783 salarios m\u00ednimos, la cual supera el valor solicitado.<\/p>\n<p>Igualmente manifiesta que verificaron la inscripci\u00f3n de los contratos en el Registro \u00danico de Proponentes, RUP, los cuales corresponden al consecutivo 34, 35 y 007<\/p>\n<p>As\u00ed mismo informa que en cada uno de los contratos se validaron los siguientes c\u00f3digos:<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721015, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721214, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721519, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721523, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721526, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721527, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721536, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 721540, cumple.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 811015, cumple.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, manifiesta que de acuerdo a la experiencia espec\u00edfica verificaron que los contratos reportados cumplan con las siguientes actividades y cantidades solicitadas:<\/p>\n<p>Cubierta, cantidad 1293,67 m2. Total, de 3517.24. Cumple<\/p>\n<p>Zapatas en concreto de 21 Mpa, cantidad 21m3. Total 125,081. Cumple.<\/p>\n<p>Muros de contenci\u00f3n en concreto de 21 Mpa, cantidad 60 m3. Total: 69,105. Cumple. Vigas de cimentaci\u00f3n en concreto de 21 Mpa, cantidad 15 m3. Total: 126.52. Cumple. Losa de contrapiso en concreto de 21 Mpa, cantidad 1000 m2. Total: 1271,281 Cumple. Acero de refuerzo, 420 Mpa, cantidad 1260 kg. Total: 56970,8195 kg. Cumple.<\/p>\n<p>Acero estructural para la estructura met\u00e1lica, cantidad: 32972 kg.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Seg\u00fan la verificaci\u00f3n tiene 38863,2295, por lo tanto este proponente cumple con esta condici\u00f3n.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel manifiesta que habiendo cumplido los dos (2) proponentes con la capacidad t\u00e9cnica, la capacidad financiera y la capacidad jur\u00eddica se hace la validaci\u00f3n de las ofertas econ\u00f3micas, las cuales no pueden superar los valores unitarios ni el presupuesto oficial estipulado en los t\u00e9rminos de referencia.<\/p>\n<h1>1).\u00a0 Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o.<\/h1>\n<p>El Ing. Daniel proyecta el presupuesto de obra y manifiesta que hicieron la validaci\u00f3n de cada uno de los componentes que conforman el presupuesto de obra establecido en los TDR, verificaron cada uno de los valores, especificaciones, unidades y cantidades, las cuales no son modificadas, no superan los valores unitarios y el presupuesto oficial, por lo tanto el proponente cumple con este requerimiento.<\/p>\n<h1>2).\u00a0 Consorcio Agroconstructor.<\/h1>\n<p>El Ing. Daniel informa que de acuerdo a la verificaci\u00f3n de la descripci\u00f3n de cada uno de los \u00edtems, unidades, cantidades y valores unitarios, el proponente cumple, sin embargo, se deja la anotaci\u00f3n que algunos valores unitarios por redondeo superan el valor total, pero la sumatoria del valor total no supera el presupuesto de valores unitarios, ni el presupuesto oficial, por tal motivo el proponente contin\u00faa en el proceso de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En seguida pregunta al Ing. Daniel Felipe si desea hacer alguna aclaraci\u00f3n al respecto. El Ing. Daniel Felipe Sanabria manifiesta que es muy completa la explicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos informa que para la validaci\u00f3n apoy\u00f3 el ingeniero civil de la ADR nivel central y el ingeniero civil de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n expresa que con relaci\u00f3n a la ponderaci\u00f3n de acuerdo a los criterios establecidos en los t\u00e9rminos de referencia se obtuvo los siguientes resultados.<\/p>\n<h1>1).\u00a0 Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o<\/h1>\n<p>Apoyo a la industria nacional: 10 puntos Diagrama de Gantt: 10 puntos<\/p>\n<p>Factor calidad: 10 puntos<\/p>\n<p>Vinculaci\u00f3n de personal ind\u00edgena y especificaci\u00f3n espec\u00edfica en comunidades ind\u00edgenas adscritas al CRIC. 30 puntos.<\/p>\n<p>Factor econ\u00f3mico: 99,95639<\/p>\n<p>Total: 159,956389<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Consorcio Agroconstructor <\/strong>Apoyo a la industria nacional: 10 puntos Diagrama de Gantt: 0 puntos<\/li>\n<\/ul>\n<p>Aclara que se deja la anotaci\u00f3n que los TDR, establecen en el numeral 9.3. Programaci\u00f3n diagrama de barras o de Gantt (m\u00e1ximo 10 puntos), se verificar\u00e1 que exista una ruta cr\u00edtica, como consecuencia de la no inclusi\u00f3n, o no se evidencie claramente, o est\u00e9 parcialmente, se le asignar\u00e1 cero (0) puntos. Explica que en este sentido, para el proponente Agroconstructor, la ruta cr\u00edtica no se enmarca en actividades de obra, sino que se presenta solamente para la actividad de \u201cexcavaci\u00f3n manual de cimientos\u201d y contin\u00faa con los costos indirectos AIU, estos \u00faltimos, no correspondientes, por ende ya que no se evidencia, no se le otorga puntaje.<\/p>\n<p>Factor de calidad: 10 puntos.<\/p>\n<p>Vinculaci\u00f3n de personal ind\u00edgena y especificaci\u00f3n espec\u00edfica en comunidades ind\u00edgenas adscritas al CRIC. 30 puntos.<\/p>\n<p>Factor econ\u00f3mico:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 99.95637 seg\u00fan la aplicaci\u00f3n de la f\u00f3rmula establecida en los t\u00e9rminos de referencia.<\/p>\n<p>Total: 149,9563749<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos concluye que el puntaje m\u00e1ximo establecido en los TDR, corresponde a una ponderaci\u00f3n de 160 puntos, en este caso, se adjudicar\u00eda el proceso al se\u00f1or Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o, teniendo en cuenta que obtuvo el mayor puntaje.<\/p>\n<p>Seguidamente pregunta a los miembros del Comit\u00e9 T\u00e9cnico si desean hacer alguna aclaraci\u00f3n o alguna consideraci\u00f3n adicional.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Felipe Sanabria manifiesta en el diagrama de Gantt, la propuesta de Agroconstructor la ruta critica inicia en la actividad \u201cexcavaci\u00f3n manual de cimientos\u201d y contin\u00faan la ruta cr\u00edtica con los AIU, y para tenerlo presente el AIU no es un tema f\u00edsico que se pueda contabilizar dentro de la ruta cr\u00edtica, entonces tambi\u00e9n es una de las razones por las cuales no se considera el cumplimiento o la claridad de la ruta cr\u00edtica.<\/p>\n<p>Por lo tanto se tiene la siguiente consideraci\u00f3n SEG\u00daN EL TDR establece en el numera 9.3. PROGRAMACI\u00d3N DIAGRAMA DE BARRAS O GANTT (M\u00e1ximo. 10 PUNTOS), se \u00abVerificar\u00e1 que<\/p>\n<p>exista una ruta cr\u00edtica. como consecuencia de la no inclusi\u00f3n o no se evidencie claramente o este parcialmente se le asignara CERO (0) PUNTOS en el Diagrama de Barras.\u00bb En este sentido al<\/p>\n<p>AGROCONSTRUCTOR: La ruta cr\u00edtica no se enmarca en las actividades de obra (inicio-fin), por ende, no se evidencia claramente. no se le otorga puntaje.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos agradece la aclaraci\u00f3n por la cual no se le asigna puntaje al Consorcio Agroconstructor con relaci\u00f3n al diagrama de Gantt y teniendo en cuenta que no hay m\u00e1s intervenciones somete a consideraci\u00f3n por parte del se\u00f1or Yaid Bola\u00f1os, representante legal de la Organizaci\u00f3n Beneficiaria y de la Ing. Carolina Andrea L\u00f3pez, Directora de la UTT. No. 9, la aprobaci\u00f3n para que se adjudique el proceso para construcci\u00f3n de obra civil al se\u00f1or Rodrigo Alfredo Carre\u00f1o, quien obtuvo el mayor puntaje.<\/p>\n<p>El se\u00f1or Yaid Bola\u00f1os, Dinamizador Administrativo con funciones de representante legal de la Organizaci\u00f3n beneficiaria,\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 manifiesta que teniendo en cuenta todas las anotaciones y procedimientos que hicieron, se aprueba.<\/p>\n<p>La Ing. Carolina L\u00f3pez expresa que de acuerdo a la evaluaci\u00f3n efectuada por el equipo de la Territorial, por la organizaci\u00f3n y por el apoyo de nivel central, se aprueba la adjudicaci\u00f3n al se\u00f1or Rodrigo Carre\u00f1o, conforme a los puntajes presentados y el proceso expuesto en este Comit\u00e9.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n el Ing. Daniel Campos manifiesta que para el t\u00e9rmino de referencia No. 02E, interventor\u00eda t\u00e9cnica para la construcci\u00f3n del centro de acopio, se evaluaron las cuatro (4) propuestas presentadas conforme a la matriz de cierre.<\/p>\n<ul>\n<li>Yamil Fabi\u00e1n Hamdann Gonz\u00e1lez<\/li>\n<li>Consorcio Intercaf\u00e9<\/li>\n<li>Procivil Company A.S.<\/li>\n<li>Carlos Mario Urrutia<\/li>\n<\/ul>\n<p>En seguida proyecta la matriz de evaluaci\u00f3n y manifiesta que las condiciones son muy similares a las de obra civil.<\/p>\n<h1>1).\u00a0 Yamil Fabi\u00e1n Hamdann Gonz\u00e1lez<\/h1>\n<p>El Ing. Daniel Campos manifiesta que el primer requisito es la presentaci\u00f3n de propuesta en medio f\u00edsico y una copia en medio digital, en este caso el proponente cumple.<\/p>\n<ul>\n<li>Carta de presentaci\u00f3n de la propuesta (Anexo 1, no subsanable). Cumple<\/li>\n<li>Formulario de precios acompa\u00f1ado de cada uno de los an\u00e1lisis de precios unitarios de todos los \u00edtems. (Anexo No. 2, no subsanable).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Manifiesta que este documento se valida al final de la evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li>Formulario de multas e incumplimientos firmado en original por el proponente (Anexo No. 3, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia espec\u00edfica (Anexo 4, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia general (Anexo 5, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia del equipo de profesionales (Anexo No. 6, no subsanable).<\/li>\n<li>Carta de certificaciones, de apoyo a la industria nacional (Anexo 7, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de compromiso anticorrupci\u00f3n (Anexo 8, no subsanable). Cumple<\/li>\n<li>Conformaci\u00f3n de proponente (Anexo No. 9, no subsanable). No aplica.<\/li>\n<li>Fotocopia de la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda. No Cumple.<\/li>\n<li>Certificado vigente de antecedentes<\/li>\n<\/ul>\n<p>Explica que hicieron las consultas en l\u00ednea de los antecedentes judiciales, disciplinarios, fiscales, medidas correctivas y REDAM y el proponente cumple.<\/p>\n<ul>\n<li>Soporte de la afiliaci\u00f3n al sistema de seguridad social integral de la personal Subsanable. Cumple.<\/li>\n<li>Para la persona natural y jur\u00eddica certificado de Registro \u00danico de Proponentes, vigente o renovada. No subsanable. Cumple<\/li>\n<li>Certificaci\u00f3n juramentada de paz y salvo de aportes parafiscales y de seguridad Cumple<\/li>\n<li>Registro \u00danico Tributario \u2013 RUT. En el cual se pueda verificar la actividad econ\u00f3mica principal relacionada con el objeto contractual. No subsanable. <strong>No cumple<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Ing. Daniel afirma que teniendo en cuenta que los t\u00e9rminos de referencia establecen que la actividad principal registrada en el RUT, deber\u00e1 estar relacionada directamente con el objeto a contratar, en este caso, relaciona el c\u00f3digo 4290, que corresponde a actividades especializadas para la construcci\u00f3n de edificaciones y de ingenier\u00eda civil, el c\u00f3digo no tiene relaci\u00f3n directa con el objeto a contratar, de acuerdo con lo estipulado en el cap\u00edtulo 8 de requisitos habilitantes, por lo tanto el proponente no cumple.<\/p>\n<p>La abogada Diana Camargo de la VGC aclara que hab\u00eda una causal diferente, porque contemplaron la opci\u00f3n que si ten\u00eda relaci\u00f3n por ser construcci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos manifiesta que con relaci\u00f3n al anexo No. 4, para acreditar la experiencia debe aportar hasta dos (2) contratos y el proponente aporta tres (3) contratos, es decir, que no estar\u00eda cumpliendo con esta condici\u00f3n establecida en los TDR.<\/p>\n<p>Una vez verificados los contratos aportados, se evidenci\u00f3 lo siguiente:<\/p>\n<p>El contrato 641 de 2010 suscrito con el se\u00f1or Carlos Alberto Solano Hadman, el 4 de agosto de 2010, por un valor de $22.177.500.<\/p>\n<p>El contrato 640 de 2010 suscrito con el se\u00f1or Carlos Alberto Solano Hadman, el 4 de agosto de 2010, por un valor inicial de $36.000.000, se registra una adici\u00f3n por $12.000.000, sin embargo, el contrato solo relaciona el valor inicial y no se remiti\u00f3 la cesi\u00f3n correspondiente al contrato 640 de 2020.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, no est\u00e1 claro el valor ejecutado por el proponente en calidad de cesionario de este contrato, teniendo en cuenta que el contrato contempla un anticipo del 50% del valor inicial. En el acta de liquidaci\u00f3n no se incluy\u00f3 la adici\u00f3n de $12.000.000 mencionada.<\/p>\n<p>El contrato 639 de 2010, tambi\u00e9n suscrito con el se\u00f1or Carlos Alberto Solano Hadman, el 4 de agosto de\u00a0 2010 contempla igualmente un anticipo del 50%. En diciembre de 2010 se realiz\u00f3 una cesi\u00f3n<\/p>\n<p>de este contrato al proponente. De igual forma no es claro el valor ejecutado por el proponente como cesionario, considerando el pago del anticipo estipulado<\/p>\n<p>Para concluir, se determinar que no est\u00e1 claro el monto que ejecut\u00f3 el proponente, como cesionario de los contratos suscritos en 2010, teniendo en cuenta los anticipos.<\/p>\n<p>Por consiguiente, adicional a lo mencionado respeto al RUT y las observaciones, el proponente no est\u00e1 habilitado.<\/p>\n<p>La abogada Diana Camargo de la VGC manifiesta que presenta tres (3) contratos que fueron firmado inicialmente en agosto de 2010 y cedidos al proponente en diciembre de 2010, adem\u00e1s que son dos<\/p>\n<p>(2) contratos no m\u00e1s que debi\u00f3 presentar.<\/p>\n<p>Se manifiesta que el proponente hace el aporte de 3 contratos suscritos en agosto de 2010 con el contratista inicial, en diciembre de 2010 se vio obligado a cederlos porque seg\u00fan el contrato de cesi\u00f3n tuvo un nombramiento y no pod\u00eda continuar y los cedi\u00f3 al proponente que se presenta, todos los contratos contemplan un anticipo del 50%, y hay un acta inicial de los 3, pero no est\u00e1 discriminado qu\u00e9 valor fue el que ejecut\u00f3 efectivamente el cesionario que es el proponente.<\/p>\n<p>Frente a la condici\u00f3n de los TDR que establece que el c\u00f3digo ciiu de la actividad principal del RUT debe tener relaci\u00f3n directa con los TDR, manifiesta Yaid Bola\u00f1s, Representa legal de la Organizaci\u00f3n Beneficiaria, manifiesta que el c\u00f3digo ciiu de la actividad principal debe estar relacionado con interventoria y no con construcci\u00f3n, lo que avala la Directora de la UTT.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos contin\u00faa con la exposici\u00f3n de la evaluaci\u00f3n del segundo proponente.<\/p>\n<h1>2).\u00a0 Consorcio Intercaf\u00e9 2025<\/h1>\n<p>Explica que de acuerdo a la verificaci\u00f3n el proponente cumple con el criterio inicial de presentaci\u00f3n de la oferta en medio f\u00edsico y digital.<\/p>\n<ul>\n<li>Carta de presentaci\u00f3n de la propuesta (Anexo 1, no subsanable).<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Documento consorcial: La comparecencia del documento consorcial establece que Alexander de Jes\u00fas Garc\u00eda R\u00edos actua en representaci\u00f3n de Gustavo Adolfo Acosta Ortega y Construcci\u00f3n Consultor soluciones Ingenier\u00edas SAS, lo que no es claro ya que Gustavo Adolfo Acosta Ortega act\u00faa es en nombre propio. Adicionalmente, El documento consorcial, en el numeral cuarto, establece que la duraci\u00f3n del consorcio es la duraci\u00f3n de contrato y 2 a\u00f1os m\u00e1s, lo que no est\u00e1 acorde con el TDR que debe ser la duraci\u00f3n del contrato y su liquidaci\u00f3n y 5 a\u00f1os m\u00e1s. No subsanable<\/li>\n<li>El certificado de existencia y representaci\u00f3n Construcci\u00f3n Consultor soluciones Ingenier\u00edas SAS aparece una limitaci\u00f3n en las facultades del representante legal, que dice: <em>\u201c..con excepci\u00f3n de aquellas facultades de acuerdo a los estatutos se huebieran reservado los accionistes en la relaciones frente a terceros\u201d<\/em>, El proponente no aporta los estatutos. No subsanable.<\/li>\n<li>El proponente no aporte el anexo 11 certificaci\u00f3n juramentada de paz y salvo de aportes parafiscales y de seguridad social. No subsanable.<\/li>\n<\/ol>\n<p>c). Formulario de multas e incumplimientos firmado en original por el proponente (Anexo No. 3, no subsanable).<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos manifiesta que dentro de los anexos remitidos, un formulario es firmado por el se\u00f1or Alexander de Jes\u00fas Garc\u00eda en calidad de representante legal del consorcio y no por el representante legal de Construcciones Consultor\u00eda Soluciones de Ingenier\u00eda S.A.S, y el segundo formulario de multas lo firma el se\u00f1or Gustavo Adolfo Acosta Solarte, en calidad de representante legal suplente del consorcio.<\/p>\n<p>El anexo de multas debe de ser suscrito por los miembros que conforman el consorcio Gustavo Adolfo Acosta Ortega, a nombre propio, y Alexander de Jes\u00fas Garc\u00eda, como representante legal de Construcciones, Consultor\u00eda y Soluciones de Ingenier\u00eda SAS.<\/p>\n<p>Por lo anterior, teniendo en cuenta que el las anteriores observaciones, el proponente no cumple no est\u00e1 habilitado.<\/p>\n<h1>3).\u00a0 Procivil Company S.A.S.<\/h1>\n<ul>\n<li>Carta de presentaci\u00f3n de la propuesta (Anexo 1, no subsanable).<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li>Formulario de multas e incumplimientos firmado en original por el proponente (Anexo No. 3, no subsanable). Cumple<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia espec\u00edfica (Anexo 4, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia general (Anexo 5, no subsanable). Cumple<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia del equipo de profesionales (Anexo No. 6, no subsanable).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Cumple<\/p>\n<ul>\n<li>Carta de certificaciones, de apoyo a la industria nacional (Anexo 7, no subsanable). Cumple\n<ul>\n<li>Documento de conformaci\u00f3n del proponente (Anexo No. 9 no subsanable). No aplica<\/li>\n<li>Fotocopia de la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda, representante legal, miembros del consorcio o uni\u00f3n temporal. (No subsanable). Cumple<\/li>\n<li>Certificados vigente de antecedentes<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>Manifiesta que realizaron la verificaci\u00f3n en l\u00ednea de antecedentes disciplinarios, fiscales, judiciales, medidas correctivas y el proponente cumple.<\/p>\n<p>p). Soporte de afiliaci\u00f3n al sistema de seguridad social integral del representante legal y\/o personal natural. Subsanable. Cumple.<\/p>\n<ol start=\"8\">\n<li>q) RUT ACTIVIDAD PRINCIPAL 4112 Construcci\u00f3n de edificios no EL c\u00f3digo no logra establecer una relaci\u00f3n directa con el objeto a contratar, de acuerdo a lo establecido en los TDR capitulo 8. REQUISITOS HABILITANTES, literal S, El proponente no cumple,<\/li>\n<\/ol>\n<p>El Ing. Daniel Campos afirma que con relaci\u00f3n al anexo No. 4, de los requisitos habilitantes de experiencia, se deja la observaci\u00f3n que el proponente no aporta certificaci\u00f3n de participaci\u00f3n accionaria, suscrita por el representante legal y el revisor fiscal o contador de la empresa, consultores, proveedores y Constructores S.A.S.<\/p>\n<p>La abogada Diana Camargo aclara que es una empresa constituida con menos de 3 a\u00f1os y presenta experiencia de los socios, entonces la empresa que se presenta es socia de la empresa que presenta experiencia, pero no aportan la participaci\u00f3n accionaria como est\u00e1 establecido en los t\u00e9rminos de referencia, es decir, presenta dos contratos en calidad de socio de esa empresa, pero no se aporta su participaci\u00f3n accionaria, lo que no permite verificar ese porcentaje.<\/p>\n<p>Adicionalmente, con relaci\u00f3n al Anexo No. 6, al revisar los soportes se evidencia que el proponente no cumple, teniendo en cuenta que la especializaci\u00f3n solicitada es en el campo de la ingenier\u00eda civil del director de interventor\u00eda y la especialiaxaci\u00f3n con la que cuenta el Director de Interventor\u00eda presentado es Gesti\u00f3n ambiental, , por esta raz\u00f3n no contin\u00faa en el proceso de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos manifiesta que el proponente no cumple con esta condici\u00f3n.<\/p>\n<h1>4).\u00a0 Carlos Mario Urrutia Bastidas.<\/h1>\n<p>El Ing. Daniel expresa que de acuerdo a la revisi\u00f3n el resultado de la evaluaci\u00f3n de los requisitos habilitantes fue el siguiente:<\/p>\n<ul>\n<li>Carta de presentaci\u00f3n de la propuesta (Anexo 1, no subsanable).<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Formulario de precios acompa\u00f1ado de cada uno de los an\u00e1lisis de precios unitarios de todos los \u00edtems. (Anexo No. 2, no subsanable), se valida al final.<\/li>\n<li>Formulario de multas e incumplimientos firmado en original por el proponente (Anexo No. 3, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia espec\u00edfica (Anexo 4, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia general (Anexo 5, no subsanable). Cumple.<\/li>\n<li>Carta de certificaciones y experiencia del equipo de profesionales (Anexo No. 6, no subsanable).<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"8\">\n<li>g) RUT Actividad principal 4220 EL c\u00f3digo no logra establecer una relacion directa con el objeto a contratar, de acuerdo a lo establecido en los TDR capitulo REQUISITOS HABILITANTES, literal S, El proponente no cumple<\/li>\n<\/ol>\n<p>Revisada la informaci\u00f3n financiera, el proponente no cumple con el \u00edndice de liquidez, el cual es de 25,10 y lo establecido es igual o mayor a 40.Tampoco cumple con de capital de trabajo, ya es de $ 104.153.870, que no corresponde al 100% del presupuesto oficial.<\/p>\n<p>Concluye que de acuerdo a la revisi\u00f3n los cuatro (4) proponentes no cumplen con la totalidad de los requisitos habilitantes y en ese sentido, el proceso se declara desierto.<\/p>\n<p>En seguida pregunta a los participantes si es necesario hacer alguna aclaraci\u00f3n antes de someter a aprobaci\u00f3n por parte de los miembros del Comit\u00e9 con voz y voto.<\/p>\n<p>La abogada Diana Camargo sugiere dejar claro en el Comit\u00e9 T\u00e9cnico las anotaciones frente al RUT teniendo en cuenta que la actividad principal es de construcci\u00f3n, porque hab\u00eda una posici\u00f3n dentro de la Mesa de que la construcci\u00f3n s\u00ed tiene una relaci\u00f3n directa con la interventor\u00eda, que permiten encuadrarlo en que si cumple, o no cumple, porque los temas de construcci\u00f3n hay una relaci\u00f3n directa, por lo anterior, consulta a los miembros con voz y voto si dejan la nota o no para la publicaci\u00f3n de la matriz.<\/p>\n<p>El se\u00f1or Yaid Bole\u00f1os manifiesta que por su parte considera que es importante dejar la observaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La abogada Diana Camargo menciona que la observaci\u00f3n dice que no cumple por no tener relaci\u00f3n directa, el RUT tiene como actividad principal la 4290, que son otras actividades especializadas para la construcci\u00f3n de edificios y obras de ingenier\u00eda civil, y tambi\u00e9n tiene la actividad 7112, que son otras actividades de consultor\u00eda y est\u00e1 la interventor\u00eda, pero como principal tiene la 4290. Reitera la pregunta si dejan la nota como est\u00e1 en la matriz.<\/p>\n<p>La abogada Carolina Paz afirma que teniendo en cuenta el requisito habilitante que dice: \u201cen el cual se pueda verificar que la actividad econ\u00f3mica principal est\u00e9 directamente relacionada con el objeto\u201d partiendo de ese requisito considera pertinente dejar la observaci\u00f3n y se analizar\u00eda en el caso que se vuelvan a lanzar.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Felipe Sanabria manifiesta que los t\u00e9rminos son claros, y es que guarde relaci\u00f3n directa, por lo tanto cree que vale la pena dejarlo como est\u00e1 y hacer claridad para los pr\u00f3ximos t\u00e9rminos que la actividad econ\u00f3mica est\u00e9 relacionada, no con la actividad principal, sino con alguna de las actividades registradas.<\/p>\n<p>La abogada Diana Camargoi manifiesta que para no entrar en esa controversia se deje la observaci\u00f3n que no cumple y solicita al Ing. Daniel continuar con la declaratoria de desierto.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel afirma que teniendo en cuenta las consideraciones y las anotaciones correspondientes, solicita al representante legal de la organizaci\u00f3n, se\u00f1or Yaid y a la Ing. Carolina Andrea, Directora de la UTT. No. 9, se apruebe declarar desierto el t\u00e9rmino de referencia No. 02E, para la contrataci\u00f3n de la interventor\u00eda.<\/p>\n<p>El se\u00f1or Yaid Bola\u00f1os, representante legal de la Organizaci\u00f3n Beneficiaria, manifiesta que tomando en cuenta todo el examen minucioso que se ha hecho, s\u00ed se declara desierto el proceso de interventor\u00eda.<\/p>\n<p>La Ing. Carolina Andrea L\u00f3pez expresa que por parte de la Direcci\u00f3n de la UTT, se aprueba la declaraci\u00f3n desierto del t\u00e9rmino de referencia No. 2 correspondiente a la interventor\u00eda del PIDAR.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos informa que quedar\u00eda pendiente la construcci\u00f3n y publicaci\u00f3n del acta de evaluaci\u00f3n, igualmente remitir\u00e1 al correo de la organizaci\u00f3n las matrices de evaluaci\u00f3n para que queden como anexos.<\/p>\n<p>En seguida pregunta si hay alg\u00fan comentario adicional o cerrar\u00eda el Comit\u00e9.<\/p>\n<p>El se\u00f1or Yaid Bola\u00f1os solicita copiarle al correo electr\u00f3nico que le comparti\u00f3 adem\u00e1s del correo de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La profesional Amparo manifiesta que por parte de Seguimiento y Control participaron en las Mesas, se vio todo el trabajo desde el \u00e1rea jur\u00eddica, la parte t\u00e9cnica, la intervenci\u00f3n de VIP a trav\u00e9s del Ing. Daniel Felipe y est\u00e1n de acuerdo con los resultados de las evaluaciones.<\/p>\n<p>El Ing. Daniel Campos agrade a todos la participaci\u00f3n y da por finalizado el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Gesti\u00f3n Local, siendo las 6:52 p.m. del d\u00eda 21 de agosto de 2025.<\/p>\n<h2>FIRMAS:<\/h2>\n<p><strong>CAROLINA ANDREA LOPEZ ROSAS\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 YAID FERLEY BOLA\u00d1OS DIAZ<\/strong><\/p>\n<p>Directora UTT. No. 9\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Dinamizador administrativo<\/p>\n<p>Agencia de desarrollo rural\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Con funciones de representante legal<\/p>\n<p>Consejo regional ind\u00edgena del Cauca<\/p>\n<h1>DANIEL CAMPO RIVERA<\/h1>\n<p>Apoyo a la Supervisi\u00f3n PIDAR 477 de 2021 Agencia de desarrollo rural<\/p>\n<p>Elabor\u00f3. Mireya Bola\u00f1os Mu\u00f1oz Esp. Adm\u00f3n. de Empresas T\u00e9cnico Asistencial<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DEPENDENCIA A NIVEL CENTRAL: VICEPRESIDENCIA DE INTEGRACI\u00d3N PRODUCTIVA &#8211; VIP TERRITORIAL: UNIDAD TECNICA TERRITORIAL No. 9 &nbsp; COMIT\u00c9: MESA TECNICA No. 49 REVISI\u00d3N Y APROBACI\u00d3N DE LA MATRIZ DE EVALUACI\u00d3N PARA LOS TDR No. 01E DE OBRA CIVIL Y N \u00b0 02E DE INTERVENTORIA. PIDAR 477 DE 2021 \u2013 CRIC. 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