Foto: Perú21

Por Antonio Peña Jumpa

25 de octubre, 2016.- Conociendo las dificultades que el Proyecto Minero Las Bambas (localizado en las provincias de Cotabambas y Grau, en la región de Apurimac) ha tenido tras la muerte del comunero Quintino Cereceda Huisa, ocurrido el pasado viernes 14 de octubre de 2016, planteamos 7 condiciones que permitirían alcanzar una resolución sostenible al conflicto.

PRIMERO: Comprender que el conflicto involucra a tres partes principales que no pueden separarse o excluirse del mismo: las autoridades del Estado, los funcionarios de la empresa titular del proyecto minero, y los miembros de las comunidades campesinas o andinas donde se encuentra el yacimiento minero y su explotación. Si alguna de las tres partes no interviene en el proceso de resolución, el conflicto no se resolverá.

SEGUNDO: Entender que el conflicto es social y cultural más que ambiental. El estudio de impacto ambiental, u otro semejante, es importante, pero si no cuenta con el sentido social y cultural de las comunidades campesinas o andinas involucradas, pierde su importancia.

TERCERO: Otorgar a las comunidades campesinas o andinas que son parte del conflicto recursos para que intervengan en igualdad de condiciones como las otras partes del conflicto. La oportunidad de expresarse y conocer el contenido del proyecto minero y sus derechos solo lo pueden hacer a través de personas o profesionales de su confianza. Para ello deben contar con recursos para movilizarse y contratar a sus propios asesores.

CUARTO: Hacer público datos principales del proyecto minero Las Bambas. Esto significa hacer transparente el presupuesto del proyecto minero, incluyendo el pago realizado a un grupo de comunidades, a las empresas contratistas, a los funcionarios privados y públicos involucrados con el proyecto, entre otros. La transparencia es el vehículo de confianza. Si no se comparte información transparentemente, se pierde la confianza entre las partes del conflicto.

QUINTO: Redefinir objetivamente el área de influencia del proyecto minero.  Esto significa que las tres partes del conflicto identifiquen con la información del proyecto y los hechos ya conocidos el área de influencia directa e indirecta. No basta la intervención de una compañía consultora contratada por la empresa minera. Son los actores principales del conflicto los que tienen que fijar esa área de influencia.

SEXTO: Iniciar un diálogo horizontal (social e intercultural) remediando errores del pasado y construyendo acuerdos consensuales focalizados en el interés de la población local. El proyecto minero es de la sociedad peruana, pero más directamente es de la población local y las comunidades afectadas. La empresa minera y las autoridades estatales complementan ese interés. Si el diálogo no tiene en cuenta esa prioridad, los acuerdos serán relativos. Por ejemplo, no basta acordar la obra de asfaltado de la carretera donde circulan grupos de 200 camiones cargados de minerales, si es que antes no se prevé el ruido, las ondas sísmicas, el daño a la actividad agrícola y ganadera, los accidentes, entre otros.

SÉTIMO: Constituir un órgano mixto imparcial que haga seguimiento de los acuerdos. El órgano estaría integrado por las tres partes, y buscaría el seguimiento y cumplimiento de los acuerdos. Si aparece un nuevo conflicto, este órgano sería el competente para convocar a las partes del conflicto para buscar nuevas soluciones.

Estas 7 condiciones constituyen, en nuestra opinión, la base para una resolución sostenible del conflicto. El comprender, pensar y compartir los hechos del contexto y la información del proyecto minero aparecen como aspectos generales indispensables. Pero si no se cuenta con recursos semejantes a favor de las tres partes, es difícil que se quiebre la asimetría que repercute constantemente en la provocación del conflicto. Solo bajo una aproximada simetría de las partes se puede iniciar un serio diálogo, para luego asegurar acuerdos sólidos y darles el seguimiento y cumplimiento apropiado.

Las condiciones señaladas son, en realidad, parte del proyecto minero. Si las tres partes del conflicto están convencidas de su efectiva participación bajo las indicadas condiciones, es posible que se alcance la resolución sostenible del conflicto y el proyecto minero sea un éxito para todos.


*Antonio Peña Jumpa es profesor principal de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Abogado, Magister en Ciencias Sociales y PhD. in Laws.

Tomado de Servindi.org

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