En el año 2009 la Corte constitucional, emitió la sentencia T-025/04 de obligatorio cumplimiento, a través de la cual ordeno al Estado Colombiano la protección de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas para evitar su extinción física y cultural, esta herramienta jurídica en el Cauca cobija  los y las integrantes del pueblo Nasa, Misak, Tontotuna (Totoroez), Yanaconas, Eperara Siapidara y Kokonucos, a nivel nacional la sentencia del Auto 004 acoge a 34 pueblos.

De igual manera  la corte constitucional  ha emitido otras  sentencias de protección, como el auto de la mujer, de los jóvenes, los niños, los afros y campesinos.  Y ha emitido  medidas especiales de protección  a pueblos en inminente riesgo de exterminio como el pueblo  Awa y otros.  Sin embargo, las sentencias y medidas de protección a los pueblos indígenas y población en riesgo, no han sido acatadas de manera efectiva por el Estado Colombiano ni por las entidades correspondientes.

Las autoridades  e integrantes de los  pueblos indígenas manifiestan, que a pesar de la emisión de las sentencias y medidas de protección las comunidades y los territorios vienen siendo afectados significativamente y de diversas maneras, una de ellas el reclutamiento de niños y jóvenes por parte de los grupos armados. Desde el equipo de derechos humanos y defensa de la vida del CRIC, informan que en los últimos dos años la judicialización, amenazas y  asesinatos de autoridades, lideres, guías espirituales, comuneros y comuneras ha aumentado significativamente, los territorios vienen siendo ocupados, al igual que los sitios sagrados como  los páramos, cerros y  lagunas, profanando los espacios de vida y restringiendo el ejercicio espiritual como pueblos.  De igual manera las viviendas, escuelas y sitios comunitarios son ocupados por los grupos armados,  atentando de esta manera contra la integridad y armonía del territorio y los pueblos, poniendo en grave riesgo su existencia.

El territorio se encuentra en grave riesgo, cada vez está más militarizado a través de la instalación de batallones de alta montaña, desde el gobierno nacional avanza la implementación de políticas extractivas mediante las concesiones para exploración y explotación de los bienes colectivos, especialmente del agua y el oro, esto se hace desconociendo o manipulando el derecho a  la consulta previa,   los proyectos de infraestructura, canalización de ríos para la construcción de represas, la delimitación de paramos y humedales, avanzan bajo el pretexto de proteger los recursos naturales, sin embargo el único propósito desde los gobiernos es la facilitación del saqueo de recursos llamándolos ecosistemas estratégicos para el desarrollo económico.

Entre tanto el cumplimiento de las sentencias y medidas de protección a los pueblos en riesgo,  se dilata mediante  la demora en la firma de los convenios interinstitucionales para avanzar en la construcción de los planes de protección integral, se escuda la protección de los derechos fundamentales y el cumplimiento de las sentencias en la falta de recursos y la limitación  de los planes de salvaguarda de los pueblos  a la oferta institucional. Ante las actuales circunstancias, las autoridades tradicionales de los pueblos  indígenas amparados por la sentencia T-025/04, plantean unificar la exigencia en el cumplimiento de las medidas de protección,  mediante la salvaguarda territorial, donde se reafirme el ejercicio autonómico de los pueblos en sus territorios. A través de la sentencia del  Auto 004, como mecanismo jurídico, se plantea  el respeto y cumplimiento de los derechos fundamentales de los pueblos y que no se limite solamente a exigencias reivindicativas.

Finalmente, frente al cumplimiento de las sentencias y medidas de protección a los pueblos en riesgo, se concluye que aunque dichas herramientas significan un apoyo jurídico importante, no garantizan la pervivencia y la vida en los territorios. Solo la conciencia colectiva y la unidad frente a propósitos comunes,  permitirá reencontrar el camino y el sentido de  ser pueblos arraigados a la tierra.

CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA –CRIC-

PROYECTO POLÍTICO – PROGRAMA DE COMUNICACIONES

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