Comunicado a la opinión publica n° 001 – Con el Fin de Reafirmar la Posición Política de Autonomía y el Derecho Consuetudinario y Fundamental Como es la Jurisdicción Especial Indígena (JEI)

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    COMUNICADO A LA OPINIÓN PUBLICA N° 001

    Los Nejwesx – Autoridades Tradicionales del Territorito Ancestral de Jambaló Cauca, en uso de sus facultades legales, en el Ejercicio del Control del Territorial de acuerdo a Usos y Costumbres que le confiere la ley de origen, las normas contempladas en la ley 89 de 1890, ley 21 de 1991, los artículos 246 y 330 de la constitución Política de Colombia y la declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas:

    COMUNICAMOS QUE:

    La comunidad del territorio ancestral de Jambaló Cauca, congregada en asamblea extraordinaria del Plan de Vida “Proyecto Global”, realizada en la vereda Barondillo los días 20 y 21 de febrero de 2018, CON EL FIN DE REAFIRMAR LA POSICIÓN POLÍTICA DE AUTONOMÍA Y EL DERECHO CONSUETUDINARIO Y FUNDAMENTAL COMO ES LA JURISDICCIÓN ESPECIAL INDÍGENA (JEI) frente a la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP); como actores, protectores, forjadores de la justicia en el ámbito ancestral y étnico del país, con participación y acompañamiento de: La ONU, El Secretariado ejecutivo de la jurisdicción especial para la Paz (JEP), organizaciones Propias como La ACIN – Cxab Wala Kiwe, El CRIC y ONIC; para tomar una decisión frente al fallo emitido por el Consejo de Estado el cual ordena “…dejar en libertad condicional e inmediata “ a los comuneros: Jhon Jairo Mayorga Suarez, Sibilino Ul Secue, desconociendo y vulnerando el derecho ancestral al ejercicio del gobierno propio, interpretando de manera errónea el alcance de las normas en el marco de la implementación de los acuerdo de paz firmados entre el Estado colombiano y la FARC EP, con lo cual abrió la posibilidad que los comuneros Marco Tulio Ulcue Yonda, Faiber Quitumbo Peña, Gonzalo Medina, Fernando Quitumbo, José Marden Dagua Campo quienes se encuentran juzgados por la Jurisdicción Especial Indígena (JEI) y cumplen la sanción en patio prestado por desarmonías causadas a las comunidades (homicidios a comuneros del territorio de Jambaló) entre ellos: Benancio Taquinas (Sabedor Ancestral y kiwe thegnas), Rafael Mauricio Girón (Exconcejal del municipio de Jambaló).

    Una vez analizado el fallo en mención y escuchado a los comuneros que causaron actos de desarmonía y a las familias de las víctimas y teniendo en cuenta el fallo del Nasa Üus Yutx Pehnxi – Tribunal Indígena emitida el pasado 4 de diciembre del 2017…

    la asamblea decide:

    1. No concederles el beneficio de “…libertad condicional e inmediata, ni traslado a los centros de armonización indígena” por el momento, como lo ordena el fallo del Consejo de Estado radicado 19001-23-33-0002017-00216-01 fechado 19 de octubre de 2017, toda vez que tanto la ley 1820 de 2016 y sus decretos reglamentarios no surtieron el trámite constitucional de CONSULTA PREVIA PARA OBTENER EL CONSENTIMIENTO PREVIO LIBRE E INFORMADO.
    2. Por mandatado de la asamblea comunitaria y en apoyo al proceso de paz, previo avance en el esclarecimiento de la verdad por otros hechos cometidos en nuestro territorio y otros que han afectado individual y colectivamente a nuestras comunidades y haya cumplido con el derecho a la reparación individual y colectiva a los comuneros mencionados se le otorgara los beneficios a que tiene derecho, en el marco del SIVJRNR.(Sistema Integral de Verdad Justicia, Reparación y no Repetición).
    3. Reafirmar de manera integral el Fallo del “Nasa Üus Yutx Pehnxi – Tribunal Indígena del 4 de diciembre del 2017”, emitido por las 21 autoridades ancestrales (cabildos) del pueblo Nasa del norte del cauca y debidamente publicado en el diario oficial (edición No 50.444 del 11 de diciembre de 2017).
    4. Dar a conocer el presente comunicado al Consejo de Estado, entidades Judiciales y organismos garantes para la salvaguarda de la Jurisdicción Especial Indígena como derecho ancestral de los pueblos originarios.
    5. Ante los últimos acontecimientos que desarmonizan el territorio y a la región, tales como: Presencia de personas extrañas, grafitis alusivos a la presencia de nuevos grupos armados, distribución y consumo de sustancias alucinógenas, amenazas, señalamientos, estigmatización a través de mensajes de texto por vía celular llegada a nuestra emisora comunitaria voces de nuestra tierra por el ejercicio legítimo del juez natural, hechos causados por los “nuevos actores de violencia”; la asamblea, rechaza y reafirman el control territorial en las tres (3) zonas y el casco urbano de Jambaló Cauca; acciones articuladas y coordinadas con los demás controles territoriales de La Cxab Wala Kiwe y a nivel regional, basado en el plan “Minga en resistencia y emergencia territorial del año 2001”, liderado por los Kiwe Thegnas (Guardia Indígena) bajo la orientación de la autoridad tradicional.
    6. Frente al proceso de reincorporación de los excombatientes a la comunidad “Regreso a Casa”, se deben acoger a los mandatos existentes y la legislación indígena.

    Finalmente reiteramos nuestro compromiso indeclinable para continuar aportando a la reconciliación y a la PAZ con justicia social de la Nación Colombiana, para alcanzar la armonía y el equilibrio como fundamento del Wet Wet Fxizenxi (el buen Vivir comunitario). 

    Asamblea Extraordinaria “Proyecto Global – Vereda Barondillo – Resguardo y Municipio Jambaló Cauca – Colombia, febrero 21 de 2018.

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