La Minga Humanitaria por la Vida y la Dignidad del Pueblo Awá.......

[COMUNICACIONES ONIC] Martes 24 de Marzo de 2009 Comentarios: [ 0 ]
La Minga Humanitaria camina con toda la fuerza humana

La Minga Humanitaria por la Vida y la Dignidad del Pueblo Awá, en su caminar le demuestran a Colombia y al mundo que la solidaridad, la fraternidad y la unidad son posibles y más que ser posibles estas son una forma de vida y un principio de convivencia.

Autoridad Nacional de Gobierno Indígena, ONIC, Unidad Indígena del Pueblo Awá, UNIPA

“Esta es una verdadera Minga con toda la fuerza humana”, expresó Gabriel Bisbicus, presidente de la Unidad Indígena del Pueblo Awá, UNIPA, conmovido por la emotiva acogida que tuvo la Minga Humanitaria por la Vida y la Dignidad del Pueblo Awá, en el corregimiento de Buenavista. Por las selvas del departamento de Nariño los pueblos indígenas en apoyo de sectores populares, organizaciones de derechos humanos, medios alternativos de comunicación y hasta fotógrafos independientes le demuestran a Colombia y al mundo que la solidaridad, la fraternidad y la unidad son posibles y más que ser posibles estas son una forma de vida y un principio de convivencia.

A la Gran fuerza humana que mueve la minga, se suman fuerzas espirituales y cósmicas que invocadas por las sabios, taitas, médicos tradicionales y abuelos indígenas, quienes desde distintas regiones invocan a los espíritus ancestrales y a las energías y espíritus de la Madre Naturaleza y el cosmos para que guíen el rumbo de este magnifico acto Humanitario manifestado en esta Minga.

En su paso por Buenavista, donde la gente se solidarizó con la Minga Humanitaria, fue un verdadero momento de fervor; el ánimo y la fortaleza fueron compañeros de los caminantes. Muchas personas querían ir, pero por algunas circunstancias no pudieron acompañar, ellos y ellas se suman a la minga desde sus hogares, acompañando, deseando desde el fondo de su ser que todo salga bien, “porque el riesgo es grande, pero lo asumimos”, manifestó Luis Evelis Andrade Casama, Consejero Mayor de la Autoridad Nacional Indígena de Colombia, ONIC y quien camina la Minga junto con más de 600 mingueros del país, e incluso de otros países.

La Minga está conformada por los pueblos indígenas de Colombia, su organización nacional ONIC, la organización del Pueblo Awá, UNIPA, organizaciones indígenas regionales de distintas partes del país como el CRIC, la OIA, el CRIDEC, ASIPAP, entre otras. Recibió también el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo, y organizaciones de derechos humanos como Pastoral Social, el Programa Somos Defensores, entre otras. Medios de comunicación como la revista Semana, Radio Francia Internacional y otros medios de Francia; la Minga cuenta, también con el acompañamiento de varios medios alternativos como el Periódico el Macarenazo de la Universidad Distrital, Actualidad Étnica, organizaciones como OXFAM entre otras, y hasta fotógrafos independientes de Francia y el mundo.

Lo que no obtuvo la Minga fue respuesta por parte del gobierno a la solicitud presentada por la ONIC y la UNIPA de que permitiera el desminado humanitario civil del camino por donde transitaría la Minga. En reunión sostenida la última semana de febrero la Consejería de la ONIC y UNIPA solicitaron al comisionado de paz Luis Carlos Restrepo, que atendiera esta petición dada las continuas afectaciones de que ha sido víctima el Pueblo Awá en esta Zona del País y previendo que por donde camina la minga puede haber minas antipersonas sembradas, según las autoridades nacionales por las guerrillas que operan en esta zona. Restrepo manifestó, en su momento, que consultaría con el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, esta posibilidad.

No Obstante llegado el 23 de marzo, día en que la Minga emprendió el viaje, el gobierno colombiano no atedió la petición; no dio ninguna respuesta.

Minga Humanitaria busca la verdad sobre masacre Awá en Telembi .

Minga Humanitaria busca la verdad sobre masacre Awá en Telembi

La Minga humanitaria que adelantan los pueblos indígenas de Colombia en las selvas de Nariño, responde a la grave crisis humanitaria que vive el Pueblo Awá, y que no se ve reflejada sólo en los recientes hechos, sino en los sucesos de los últimos 20 años, especialmente en que el conflicto ha cobrado una cuota muy elevada en vidas humanas, desplazamiento, confinamiento, abandono y desprotección del Estado.

Barbacoas, Nariño
Sistema de Información e Investigación Indígena de Colombia, SICO

Durante el desarrollo de la Asamblea Extraordinaria de Autoridades Indígenas, ONIC, el pasado fin de semana en Nariño se analizaron las principales motivaciones que llevaron al Pueblo Awá y pueblos indígenas de Colombia a realizar la Minga Humanitaria por la Vida y la Dignidad del Pueblo Awá, que hoy se aproxima al lugar donde se prevé en encontrar los cadáveres de los 17 indígenas Awá miembros del resguardo Tortugaña Telembi donde ocurrieron los hechos el pasado mes de febrero. En este sentido se ratificó defender la posición de autonomía frente al conflicto y los actores armados que ha caracterizado a los pueblos indígenas.

En la Asamblea se evidencio cómo el Pueblo Indígena Awá se encuentra agobiado por los efectos del conflicto y por las acciones de los actores armados que allí operan. Se evidenció, también, la tragedia humanitaria en que vive, una tragedia que fue anunciada por medio de denuncias publicas de autoridades indígenas regionales y nacionales, alertas tempranas, la Resolución Defensorial No. 53 emitida por la Defensoría del Pueblo, y el Auto 004 de la Corte Constitucional entre otras.

Las anteriores medidas preveían lo sucedido al Pueblo Awá, pero también eran una advertencia para evitar esta emergencia humanitaria. Lo que agravó la situación de los Indígenas Awá fue la reciente masacre de 17 de ellos, cometida por las FARC, aunque esta guerrilla sólo haya reconocido el asesinato de ocho indígenas Awá y sin que el Secretariado se haya pronunciado al respecto.

Tampoco el gobierno nacional asumió con responsabilidad la adopción de medidas de protección efectivas a pesar de lo anunciado.

Durante la Asamblea se demostró cómo el conflicto interno que vive Colombia ha dejado como principales victimas a niños y mujeres como consecuencia del conflicto. Esta situación no es ajena al Pueblo Awá; luego de recientes hechos, muchas familias indígenas Awá se encuentran confinadas, sin que hayan sido atendidas por parte del gobierno, también hay una situación de desplazamiento interno y externo en los resguardos vecinos y cabeceras municipales e incluso hasta el departamento del Putumayo padeciendo hambre y enfermedades. De las personas asesinadas dos eran mujeres embarazadas, con seis y siete meses de gestación respectivamente

En el Centro Administrativo de la Unidad Indígena del Pueblo Awá, UNIPA, donde se desarrolló la Asamblea se concentra el mayor número de desplazados; unas 160 personas se concentran allí, según las autoridades indígenas Awá y CODHES entidad que visitó a los desplazados. Lo preocupante es que inicialmente llegaron 400 personas, quienes poco a poco se han ido a otras regiones del país como Valle del Cauca, Putumayo y algunas han salido refugiados al Ecuador.

La mayoría de autoridades indígenas y personas consultadas consideran que los Awá se han ido por falta de atención y por las condiciones precarias de los albergues; a pesar del enorme esfuerzo que ha hecho la UNIPA, el gobierno no ha asumido su compromiso sobre todo en la construcción de albergues, ya que la UNIPA dispuso, incluso de sus estalaciones para atender la emergencia.

El involucramiento en la guerra

La Asamblea planteó cómo el gobierno nacional, grupos guerrilleros y los paramilitares involucran en su guerra a la población civil y particularmente a miembros de comunidades indígenas. “La estrategia de los actores armados ha sido dividirnos y enfrentarnos entre nosotros mismos, para ocultar la guerra que nos aniquila”.

Las Autoridades indígenas del país ratificaron que los pueblos indígenas, sus autoridades y organizaciones representativas no son de izquierda, ni de derecha, ni sapos ni gobiernistas. “Somos el origen y fundamento de la nacionalidad y el Estado colombiano. Somos pueblos originarios con derechos y patrimonios colectivos reconocidos por la comunidad internacional y el Estado Colombiano”.

Los señalamientos y estigmatizaciones a los pueblos indígenas son también temas de preocupación para las autoridades indígenas: “cuando el estado y los paramilitares nos quieren violentar y masacrar nos acusa de guerrilleros y cuando los guerrilleros nos atacan y asesinan nos señalan como gobiernistas, anti-populares y sapos de las fuerzas armadas. Ninguno está interesado en respetar nuestra autonomía política y organizativa”.

En esta región del país donde habitan cerca de 15.000 indígenas Awá la disputa por el control territorial por parte de los actores armados legales e ilegales y algunas estructuras del narcotráfico en medio de las comunidades indígenas ha puesto en riesgo la integridad física, cultural y territorial de los indígena. Para la Asamblea esta disputa: “ha vulnerado nuestros derechos y nuestra autonomía, desconociéndonos como sujetos políticos y de derechos y nos consideran como estorbos tanto para el régimen de derecha como de izquierda por el hecho de defender nuestra madre tierra, nuestra autonomía y cosmovisión propia, por nuestra posición integral, amplia, clara, transparente en la insistencia por defender la vida”.

La profunda convicción por recatar los cadáveres de sus hermanos Awá, más los recientes hechos de violencia, las constantes violaciones de derechos humanos contra los pueblos indígenas, más de 1.300 muertos en los últimos seis años, más de 65. Desplazados y las constantes agresiones y amenazas contra autoridades y dirigentes indígenas, las detenciones arbitrarias y los constantes incumplimientos de acuerdos por parte del gobierno llevaron a pueblos autoridades y organizaciones indígenas a caminar por la selva nariñense en el desarrollo de la Minga Humanitaria.

La Minga Humanitaria

La Minga humanitaria que adelantan los pueblos indígenas de Colombia en las selvas de Nariño, responde a la grave crisis humanitaria que vive el Pueblo Awá, y que no se ve reflejada sólo en los recientes hechos, sino en los sucesos de los últimos diez años, especialmente -según Gabriel Bisbicus, presidente de la UNIPA-, en que el conflicto ha cobrado una cuota muy elevada en víctimas de campos minados -muertos y mutilados-, desplazamiento, confinamiento. Situaciones que han generado dolor, pánico, pobreza y enfermedades, tan alarmante que el Senador Indígena Jesús Piñacué sostuvo que el 90% de los niños Awá sufren desnutrición.

La Minga viene camina con el propósito fundamental de rescatar los cadáveres de los 17 indígenas Awá asesinados, pero también con el fin de visibilizar la situación de desplazamiento, confinamiento, abandono y desprotección del Estado en que viven las comunidades Awá de Nariño.

El Pueblo Awá de Nariño se ha preparado para este momento; hace un mes se conformó la guardia indígena, que pese a su corta edad cuenta con el fervor, la disciplina y la voluntad de servir a su pueblo. Esta medida la cogió la Asamblea de Autoridades indígenas con beneplácito y, a su vez, dio el visto para fortalecer a la guardia indígena, para que ésta sea un instrumento público de seguridad de los pueblos indígenas a nivel nacional. Desde la perspectiva civil para constituirse en un actor de paz a nivel nacional e internacional.

Búsqueda de la verdad

La ONIC y sus pueblos y organizaciones regionales también han venido preparando la Minga Humanitaria por la Vida la Dignidad del Pueblo Awá. Propuesta que se vino a operativisar, luego de terminada la Asamblea Extraordinaria. En esta Instancia de la los Pueblos Indígenas se acordó crear una comisión de investigación que camine con la Minga para que asuma la investigación de los hechos acaecidos en el Resguardo indígena Tortugaña Telembí, el pasado mes de febrero.

Pero además una comisión de médicos tradicionales, sabedores y guías espirituales limpiaran y armonizaran el camino de la Minga para concentrar todas las energías de la Madre Tierra y la Madre Naturaleza en la búsqueda del objetivo de rescate.

La autonomía Awá debe ser respetada.

La autonomía Awá debe ser respetada


Los Awá-Pit no sólo están en peligro de desaparecer por la encarnizada guerra que se libra en su territorio, aún más por esa indiferencia del Estado. Las comunidades Awá de los municipios de Mallama, Ricaurte, Barbacoas y Tumaco viven en las peores condiciones al margen de programas de salud, saneamiento y educación…

Editorial, Diario El Sur de Pasto, martes 24 de Marzo

Al pueblo indígena Awá, más que por su importancia cultural, el país lo ha conocido lastimosamente por las masacres que perpetraron las FARC, por las víctimas de las minas antipersonal y en general por convivir en medio de un polvorín ante el conflicto armado que hace temblar al piedemonte costero de Nariño.

Sin embargo, frente a estos mismos hechos los Awá también han sido conocidos por su fortaleza y lucha por desterrar la violencia y hacer respetar a sus comunidades.
Más de 800 indígenas salieron ayer en busca de las víctimas de la masacre, al parecer de 25 personas que fueron vilmente asesinadas por hombres de la Columna Mariscal Sucre del 29 frente de las FARC al mando del comandante alias 'Willavo', quien se afirma que ordenó asesinarlos a punta de cuchillo porque no le informaron sobre la presencia del Ejército en la zona. Este acto de mucha crueldad se produjo en la zona de Tortugaña, en inmediaciones al río Telembí.

Estos indígenas el único 'pecado' que han cometido es vivir en su territorio, estratégico para los grupos armados por su cercanía a la frontera con Ecuador y porque además es utilizado para la siembra de hoja de coca y tráfico de cocaína que la movilizan por los ríos y luego la sacan hacia otros países por el Pacífico. El hecho de estar en esa zona geopolíticamente estratégica con una inmensa riqueza natural, convirtió a los Awá en carne de cañón, hasta el punto que su etnia está amenazada con la extinción.

En la reunión que sostuvo la comunidad el domingo anterior en El Diviso con el ministro del Interior, Fabio Valencia Cossio, los líderes Awá rechazaron el acompañamiento del Gobierno y sus Fuerzas Armadas porque se trata de una marcha humanitaria para decirle al Estado y a los grupos armados que lo único que los indígenas quieren es el respeto por su autonomía y dejarlos al margen de ese conflicto que ha socavado su vida y su cultura.

Afirman en un documento que le entregaron a Valencia Cossio que el propósito de la 'Minga Humanitaria' es hacer un acto de soberanía territorial y de solidaridad de los pueblos indígenas de Colombia con la comunidad Awá. "Les reiteramos a las FARC y a todos los actores armados que no estamos de acuerdo con la violencia en contra de nuestros hermanos indígenas. No vamos a permitir que nos sigan masacrando de esa manera. Por lo tanto rechazamos todo acto en contra de la vida de nuestros pueblos, venga de donde venga". El señalamiento lo formula directamente la Organización Nacional del Gobierno Indígena, ONIC.

Los Awa-Pit no sólo están en peligro de desaparecer por la encarnizada guerra que se libra en su territorio, aún más por esa indiferencia del Estado. Las comunidades Awá de los municipios de Mallama, Ricaurte, Barbacoas y Tumaco viven en las peores condiciones al margen de programas de salud, saneamiento y educación. Los agobian las enfermedades y la pobreza.

Es inconcebible que comunidades enteras permanezcan confinadas por las minas antipersonal y que no puedan moverse entre casa y casa porque se mueren. En los últimos dos años más de 10 personas han fallecido por estos artefactos y un número similar ha quedado con amputaciones.

Con la marcha que partió desde Buenavista, quieren lograr que los estamentos gubernamentales volteen la mirada hacia esta cultura y entiendan que también son parte del país y que antes de enviarles la Fuerza Pública necesitan de ayuda social para que puedan mantener su identidad.

En este momento el pueblo Awá necesita de la solidaridad internacional para que los grupos armados se comprometan a salir de su territorio, no los involucren en el conflicto y definitivamente les permitan sacar de raíz la violencia.

Tomado de Diario el Sur de Pasto:
http://www.diariodelsur.com.co/marzo/24/editorial.php

En consecuencia, la Corte procedió a declarar inexequible la Ley 1152 de 2007 en su integridad.

       EXPEDIENTE D-7308        -          SENTENCIA C-175/09

            Magistrado ponente: Dr. Luis Ernesto Vargas Silva

 

4.1.         Norma acusada

LEY 1152 de 2007, Por la cual se dicta el Estatuto de Desarrollo Rural, se reforma el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder y se dictan otras disposiciones”.

4.2.         Problema jurídico planteado

Le correspondió a la Corte determinar si la Ley 1152 de 2007 resulta contraria a la Constitución Política, por haber omitido el deber de efectuar la consulta previa a las comunidades Indígenas y Afrodescendientes, trámite que en consideración de la materia regulada en la ley acusada, debía haberse llevado a cabo.

4.3.         Decisión

Declarar INEXEQUIBLE la Ley 1152 de 2007 “Por la cual se dicta el Estatuto de Desarrollo Rural, se reforma el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, INCODER, y se dictan otras disposiciones”.

4.4.         Razones de la decisión

Examinados los antecedentes y el curso del proyecto que culminó en la Ley 1152 de 2007, la Corte concluyó que en el presente caso no se cumplió con el deber de consulta previa a las comunidades Indígenas y Afrodescendientes, toda vez que (i) al margen de la validez material de los procesos de participación efectuados, estos fueron llevados a cabo en forma inoportuna y por ende, contraria al principio de buena fe previsto en el artículo 6º del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT ratificado por Colombia; y (ii) no existe evidencia alguna del cumplimiento de procedimientos preconsultivos, a través de los cuales las autoridades gubernamentales y las comunidades tradicionales acordaran las reglas del trámite de consulta previa.

Estudiado el contenido del Estatuto de Desarrollo Rural, la corporación encontró que se trata de una preceptiva integral, sistema normativo que debió surtir el procedimiento de consulta previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes, consagrado como un derecho constitucional fundamental en concordancia con el reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural de estos grupos sociales. Para la Corte, es evidente que las normas de dicho Estatuto tienen una relación intrínseca y directa con los intereses de estas comunidades, el cual no se agota en las disposiciones que hacen referencia a estos pueblos, sino que se extiende a la totalidad del texto de la Ley 1152 de 2007, normatividad que desde su inicio ha sido concebida como un régimen integral y sistemático sobre el uso y aprovechamiento de los territorios rurales –habitados en un 70% por dichas comunidades- razón por la cual dicha materia tiene un efecto transversal en todo el ordenamiento legal objeto de análisis.  Esta materia está vinculada al núcleo de la definición de la identidad diferenciada de las citadas comunidades. Precisamente, a partir de esa comprobación, el Gobierno Nacional ejerció algunas acciones destinadas a suplir el requisito de consulta previa a los pueblos indígenas  tribales, las cuales, al carecer de oportunidad resultaron incompatibles con la vigencia del principio de buena fe establecido en el artículo 6º del Convenio 169 de la OIT. En consecuencia, la Corte procedió a declarar inexequible la Ley 1152 de 2007 en su integridad.

4.5.    Los magistrados GABRIEL EDUARDO MENDOZA, CRISTINA PARDO SCHLESINGER, NILSON PINILLA PINILLA y HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO, manifestaron su salvamento de voto, toda vez que estiman que en el curso del proceso seguido en la discusión y aprobación de la Ley 1152 de 2007, es apreciable el propósito del Gobierno Nacional de contar con la opinión y consideraciones de las comunidades indígenas y afrodescendientes, como se demuestra con las actuaciones y participaciones  llevadas a cabo durante el trámite de la ley, que en su concepto, cumplían con el requisito de consultar a dichas comunidades, que además no era evidente que fuese en este caso imperativo, frente a una preceptiva de tan general cobertura; por lo mismo, la Ley 1152 de 2007 ha debido ser declarada ajustada a la Constitución Política.  

Se cayó el estatuto de Desarrollo Rural.

Se cayó el estatuto de Desarrollo Rural

Tomado: Colprensa-Bogota marzo 19 del 2009. 

Por no haber consultado a las comunidades indígenas de manera previa a su aprobación, la Corte Constitucional tumbó el llamado Estatuto de Desarrollo Rural (ley 1152 de 2007). Esta decisión, a primera vista, deja en el limbo a los desplazados y campesinos que esperaban los auxilios y la entrega de tierras.

"No se cumplió la obligación que tiene el promueve el proyecto de Ley (Gobierno), como por parte del Congreso de la República, de consultar previamente a las comunidades indígenas", dijo el presidente del alto tribunal, magistrado Nilson Pinilla al explicar la decisión.

"En la Organización Internacional del Trabajo -OIT- se expidió el convenio 169 de 1989, sobre pueblos indígenas y tribales que establece una serie de obligaciones para todos los países que hayan suscrito el convenio, y Colombia lo suscribió y lo adoptó con la ley 21 de 1991", dijo Pinilla al recordar los compromisos suscritos por Colombia.

Este convenio obliga a los estados parte a consultar a las poblaciones indígenas todos los temas que de, una u otra manera, los podrían afectar y que se quieran convertir en ley.

A pesar de ello, Pinilla resaltó el interés de los legisladores y de los representantes del Gobierno de consultar a los indígenas durante el trámite del proceso, pero lamentó que no se hubiera dado ese hecho de manera previa, lo cual no subsana los yerros cometidos y la omisión en que se incurrió.

Durante el estudio que la Corte le dio a la constitucionalidad de la norma no se analizaron aspectos distintos, pues la demanda sólo hacia referencia a la manera como se tramitó el proyecto.

A pesar de las implicaciones que este pronunciamiento tiene para cientos de campesinos y desplazados, la Corte no hizo ningún llamado de atención al Congreso o al Ejecutivo para que proponga de manera pronta una nueva norma que tenga en cuenta la consulta a los indígenas.

"Es obvio que una ley de esa importancia motivará al Gobierno y al Congreso a tramitar una nueva norma", señaló Pinilla, y agregó que eso obedece a "las razones que subsisten en el agro, para que se organice el tema de la protección y el desarrollo rural".

Otra de las consecuencias es que los decretos que fueron expedidos con base en esta norma dejan de tener efectos a partir del fallo, pero -aclaró Pinilla- los efectos ya causados, es decir, los subsidios o las tierras que ya hayan sido entregadas, deberán mantenerse: "Esos casos no se verán afectados"

Contenidos de la ley.

Según lo dicho por el Gobierno al sancionar el Estatuto de Desarrollo Rural, con esa norma se armonizaban 14 leyes, 5 decretos-leyes y 27 decretos reglamentarios. Entre las leyes derogadas estuvieron la Ley 160 de 1994 (Ley de Reforma Agraria), 41 de 1993 (Ley de Tierras) y la 4 de 1973, que adoptó normas sobre renta presuntiva y creó la Sala Agraria en el Consejo de Estado.
 
Estos son algunos de los decretos expedidos por el Gobierno Nacional para reglamentar la ley 1152 DE 2007, o Estatuto de Desarrollo Rural:
 
Subsidios para tierras de desplazados (decreto reglamentario)  
El Gobierno fijó las reglas para el otorgamiento de subsidios de adquisición de tierras a favor de la población desplazada. Según el Decreto 2984 del 2007, la entrega de esas ayudas se efectuará previa apertura de convocatorias dirigidas exclusivamente a esta población. Esa norma también facultaba a Acción Social para entregar subsidios de adquisición de tierras de manera excepcional. (Minagricultura, Decreto 2984, 08/09/2007)
 
Subsidios para tierras de campesinos (decreto reglamentario)  
El Gobierno estableció las condiciones para la entrega de subsidios de tierras a los campesinos y trabajadores agrarios que estén en condiciones de pobreza o marginalidad. Podían aspirar a esta ayuda las personas mayores de 18 años que estén en los niveles 1 ó 2 del Sisbén, que derivEn la mayor parte de sus ingresos de actividades agropecuarias, pesqueras y/o forestales y que no tengan penas privativas de la libertad pendientes de cumplimiento. (Minagricultura, Decreto 4984, 12/28/2007)
 
Venta o transferencia de títulos de tierras a desplazados (decreto reglamentario)  
La Superintendencia de Notariado y Registro reglamentó el artículo 127 que les ordena a los notarios y registradores de instrumentos públicos impedir cualquier acción de enajenación o transferencia de títulos de propiedad de predios y territorios abandonados por causa de la violencia. (Supernotariado, Resolución 227, 01/17/2008)
 
Terrenos baldíos (decreto reglamentario) 
El Gobierno reglamentó lo relativo a la administración, tenencia y disposición de terrenos baldíos nacionales. El Decreto 230 establece los procedimientos para la adjudicación, reserva, reversión y recuperación de estas tierras. (Minagricultura, Decreto 230, 01/30/2008)
 
Adquisición directa de inmuebles rurales improductivos (decreto reglamentario)   
El Gobierno estableció el procedimiento para la adquisición directa de bienes inmuebles rurales de propiedad privada calificados como improductivos, medida que busca estimular el mejoramiento de la productividad y la estabilidad de la producción agropecuaria. (Minagricultura, Decreto 640, 03/04/2008)
 
Extinción de dominio a bienes rurales no explotados económicamente (decreto reglamentario)  
El Gobierno facultó a la Unidad Nacional de Tierras Rurales para adelantar, de oficio o a petición de cualquier persona, el procedimiento de extinción del derecho de dominio de cualquier predio rural con aptitud para el aprovechamiento agrícola, pecuario, forestal o pesquero que se deje de explotar económicamente durante tres años continuos. (Minagricultura, Decreto 639, 03/04/2008)
 
Dominio de tierras de desplazados (decreto reglamentario)  
El Gobierno les ordena a los notarios y registradores de instrumentos públicos impedir cualquier acción de enajenación o transferencia de títulos de propiedad de predios y territorios abandonados por causa de la violencia. (Mininterior y Justicia, Decreto 768, 03/12/2008)